La Nación
Confirmada sanción por derrame de petróleo 2 29 marzo, 2024
INVESTIGACIÓN

Confirmada sanción por derrame de petróleo

Después de una larga controversia jurídica, el Consejo de Estado dejó en firme la sanción impuesta a la empresa Red Line, dueña de un carrotanque accidentado que dejó cuantiosos daños ambientales en Los Altares, Huila.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

 

La empresa Red Line Cargo, dedicada al transporte de crudo por carretera, no pudo zafarse de la cuantiosa multa que le impuso la Corporación Autónoma  Regional del Alto Magdalena (Cam) por los daños ambientales que generó el aparatoso volcamiento de un carrotanque.

A pesar  de haber financiado las acciones de mitigación en la zona afectada por el derrame del hidrocarburo, la compañía transportadora fue encontrada responsable de la infracción ambiental y sancionada con una multa de 441,47 millones de pesos por el impacto negativo generado al medio ambiente.

El accidente ocurrió el 10 de noviembre de 2013 en Los Altares en la vía entre los municipios de Hobo y Gigante.

El vehículo con placa TTP-692, perteneciente a la empresa de transportes Red Line, ocasionó una grave contaminación ambiental.

El vehículo, conducido por Jorge López, quien resultó ileso, se volcó por una falla mecánica. El tracto camión había salido desde Costayaco en Villagarzón (Putumayo) y tenía como destino final la ciudad de Barranquilla (Atlántico).

Una avería en la cisterna ocasionó el escape del combustible. El crudo rodó por la cuneta de la carretera y llegó hasta la quebrada La Guandinosita, que desemboca en el río Magdalena, cerca de la represa El Quimbo.

La CAM confirmó que aproximadamente un 20 por ciento del crudo fue recuperado. El resto cayó a la quebrada, pasó las barreras y llegó al río Magdalena en el sector de Puerto Seco, El Mirador y La Herradura. Los daños ambientales se extendieron en un largo trayecto.

La empresa SOS Contingencias, especializada en este tipo de emergencias recuperó una parte el crudo, evitando que la mancha del crudo llegara a los estanques piscícolas ubicados en Hobo, lo que habría acrecentado los daños ambientales.

“Por ser fin de semana y de noche, el crudo alcanzó a pasar las barreras y llegó hasta el río Magdalena”,  reportó Leonel Fernando Obregón, subdirector territorial de la CAM, encargado de atender la emergencia.

La autoridad ambiental inició el proceso sancionatorio (DTC-1 155-2013) que concluyó la imposición de una multa significativa, origen de la controversia jurídica que resolvió en segunda instancia el Consejo de Estado.

Confirmada sanción por derrame de petróleo 8 29 marzo, 2024

La compañía Red Line con sede en Aguazul (Casanare) demandó a la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena el 18 de agosto de 2017 pidiendo la revocatoria de la sanción y reclamando a título de indemnización la devolución de la millonaria multa que tuvo que desembolsar además de las acciones de mitigación.

La compañía fue declarada responsable de la infracción ambiental y fue sancionada el 26 de mayo de 2016 (Resolución 1554 de 2016) por los daños ocasionados. El proceso sancionatorio concluyó  con una multa estimada en 441, 46 millones de pesos. La medida fue confirmada el 24 de octubre de ese mismo año (Resolución 03356).

La autoridad ambiental le abrió formalmente la investigación (Auto 048 del 25 de agosto de 2014) La CAM le formuló cargos por contaminación hídrica, afectación de la fauna por pérdida del hábitat, alteración de ecosistema e incumplimiento ambiental.

Por las mismas razones, la empresa Gunvor Colombia, fue sancionada con una multa estima de 234, 67 millones de pesos. La compañía, dedicada al comercio al por mayor de combustibles y productos conexos, también demandó y el proceso se encuentra en sala para fallo.

Después de un largo proceso, la CAM  le atribuyó la responsabilidad ambiental administrativa por el accidente ocurrido y la sancionó por la infracción ambiental consistente en “contaminación hídrica (quebrada Guandinosita y río Magdalena) y afectación de la fauna (macro y micro fauna, terrestre y acuática) por pérdida del hábitat en una extensión de 6,2 kilómetros.

Otros infractores

La empresa no fue la única sancionada. Por otros daños ambientales, ocasionados por accidentes de carrotanques, 15 empresas transportadoras fueron investigadas y tuvieron que cancelar cerca de 3.000 millones de pesos.

Entre ellas Transdepet, Invertrac, Ceiba S.A, Joalco, Cootranspetrol, Thb Cargo, Coltanques, Prodeca, Teca, Otransa, Hong Kong, Cootranskilili, Red Line, Rh Group y Trans Service.

La mayoría terminaron con multas que superan los 3.000 millones de pesos por afectación ambiental en derrames de crudo, por no tener un plan de contingencia y por incumplimiento a las medidas preventivas.

 La demanda

La compañía especializada en transporte de crudo, reaccionó contra las medidas sancionatorias advirtiendo que se le imputó la comisión de un daño ambiental que en su opinión no se demostró. Pero además, en una cuantía desproporcionada.

La compañía solicitó la anulación de las sanciones y por lo tanto, absolviéndola del pago de las sanciones pecuniarias impuestas argumentando que la empresa tuvo que invertir 1.700  millones para resarcir todo el perjuicio que se ocasionó. Por eso exigía la nulidad de la multa o por lo menos una sanción menos onerosa.

En esas condiciones, pidió la nulidad de los actos administrativos proferidos por la CAM en su criterio, sin la existencia de elementos materiales probatorios, ni responsabilidad ambiental.

La demanda fue admitida mediante auto de 31 de agosto de 2017. Sin embargo, no se tramitó previamente el acuerdo conciliatorio.

“Si bien se presentó la solicitud de conciliación extrajudicial ante la Procuraduría General de la Nación, el requisito no se agotó en debida forma, en tanto no coincidía el escrito conciliación con el de la demanda”, sostuvo el apoderado de la CAM.

La excepción fue resuelta desfavorablemente por el magistrado Gerardo Iván Muñoz del Tribunal Administrativo del Huila. La decisión fue apelada. El Consejo de Estado dirimió la controversia y dejó en firme la sanción.

El debate jurídico

La norma contempla que los actos administrativos sancionatorios en materia ambiental deben agotar el trámite de la conciliación como requisito de procedibilidad para poder ser demandados ante la jurisdicción contencioso administrativa, cuando los mismos tengan efectos de carácter patrimonial.

“La conciliación es obligatoria, por cuanto en dicho evento no se concilia su validez sino los efectos patrimoniales y la forma de pago de los mismos”, estimó el consejero Roberto Augusto Serrato.

No obstante, la compañía no acreditó el agotamiento del trámite de conciliación como requisito de procedibilidad. En cambio reclamó la nulidad de los actos administrativos, lo que se generaría automáticamente un restablecimiento de derechos en su favor, consistente en dejar sin efectos la sanción económica que le impuso.

Por lo tanto, el Consejo de Estado confirmó la decisión adoptada en septiembre de 2019 por el Tribunal Administrativo del Huila, y en consecuencia ordenó su archivo. La corporación acogió la decisión y archivó el expediente.

El caso es uno de los primeros en quedar en firme. Otras demandas similares se tramitan en la corporación, por la racha de accidentes ocurridos en carreteras del Huila que dispararon la accidentalidad.

 

Alta accidentalidad

Según la Policía de Carreteras, en el 2013,  se registraron en vías del Huila 1.092 accidentes de tránsito, con un saldo trágico de 222 muertos y 1.413 heridos.

La accidentalidad en el 2013 subió 630% según la misma estadística, ocasionada en parte por el alto flujo de tractomulas y carrotanques que transportaban crudo, procedente especialmente de Putumayo. Ese año Putumayo pasó de ocupar el quinto lugar en producción petrolera, superando al Huila. La cuenca del Putumayo alcanzó ese año una producción de 44.882 barriles días, con un incremento del 61%.

En ese mismo periodo se registraron 19 accidentes de carrotanques con derrame de crudo y graves afectaciones ambientales.

Los alcaldes del sur,  liderados por el mandatario laboyano Pedro Martín Silva y por el gobernador de la época Carlos Mauricio Iriarte, libraron una dura batalla para regular el tránsito de carrotanques por las carreteras del Huila, y asegurar, por lo menos, la adopción de los planes de contingencia.

Por lo menos, esas reacciones originaron que los carrotanques que transportan el crudo tengan los planes de contingencia, obligatorios para transporte de sustancias peligrosas.

El incremento del parque automotor destinado para el transporte, se originó por los crecientes niveles de crudo proveniente de los promisorios campos de Putumayo.

Las siete empresas investigadas reunían en esa época alrededor de 1.400 tractomulas, despachadas, cada una con 250 barriles de petróleo, es decir que en promedio, mensualmente estos vehículos transportaban casi dos millones barriles de petróleo por las carreteras del país a destinos como la estación Babillas y Campo Dina en Neiva,  Rioloro en Garzón, Gigante, Guaduas, Puerto Boyacá y Barranquilla.