La Nación
 ‘Pipe’ Lozada  salvó su curul 1 29 marzo, 2024
INVESTIGACIÓN

 ‘Pipe’ Lozada  salvó su curul

El Consejo de Estado le aseguró ayer al congresista Jaime Felipe Lozada Polanco, su permanencia en la Cámara de Representantes. La demanda por ausentismo no prosperó.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

El congresista huilense, Jaime Felipe Lozada Polanco, salvó no sólo su curul, sino que conservó su investidura.

El dirigente conservador, investigado por ausentismo, aseguró su permanencia en el Congreso y mantuvo incólume su credencial.

El Consejo de Estado determinó que sus ausencias a las sesiones plenarias, objeto de la demanda, examinadas en su conjunto, no configuraban la causal para que se le decrete la “muerte política”.

La tesis fue soportada el 22 de febrero pasado en la audiencia pública especial de pérdida de investidura, soportada por procuradora segunda Delegada Diana  Marina Vélez Vásquez.

Esta causal constitucional contempla que la inasistencia a seis reuniones plenarias en las que se voten mociones de censura, proyectos de ley o de actos legislativos, de manera ordinaria o nominal, puede llevar la pérdida de investidura del congresista, siempre que se demuestre que fueron injustificadas en un mismo periodo.

Lozada Polanco aseguró que asistió a 41 de las 44 sesiones plenarias y faltó sólo en tres oportunidades, debidamente justificadas.

En el expediente se reportaron ocho inasistencias carentes de justificación, en sesiones diferentes y no sucesivas como lo contempla la norma.

La demandante,  Catherine Juvinao Clavijo, le atribuyó 54 ausencias, el 31% del tiempo, en los cuatro periodos legislativos examinados. No obstante, no probó que fueran en un mismo periodo.

 

El salvavidas

Lozada Polanco argumentó que fue autorizado válidamente para retirarse del recinto o estuvo incapacitado”, lo cual –manifiesta– no tenía la obligación de poner en conocimiento de la Comisión de Acreditación Documental de la Cámara de Representantes”. O, en su defecto, “registró su asistencia, participó en las votaciones e hizo parte activa del debate mediante intervenciones y presentación de proposiciones”, alegó su apoderada Irma Solangel Torres Vega.

“Conforme con la jurisprudencia contenciosa, no pueden acumularse inasistencias de períodos de sesiones ordinarios con extraordinarios como ocurrió en el 2016”, precisó.

“Existe una diferencia entre la ‘inasistencia’ a una sesión plenaria, y el ‘retiro’ justificado de la misma, y que fue esto último lo que se presentó en su caso”, alegó su apoderada.

El 26 de febrero de 2020 ante la Sala Cuarta Especial de Decisión, la procuradora Segunda Delegada, Diana  Marina Vélez Vásquez, le lanzó el salvavidas, que terminó orientando la decisión final.

 

La argumentación

La magistrada Lucy Jeannette Bermúdez, argumentó que en este caso, con la evidencia aportada, “no se configura la aludida causal, comoquiera que no se demostró que el representante hubiese dejado de asistir injustificadamente a seis sesiones plenarias en el mismo periodo legislativo, razón por la cual solicitó negar las pretensiones de la demanda”.

“En síntesis, -explicó- en las nueve sesiones acusadas se votaron proyectos normativos, sin que se evidenciara la participación del demandado en ninguna de las votaciones nominales. Frente al primer período de sesiones contó con justificación frente a 6 de las inasistencias acusadas; frente al segundo, en 4; frente al tercero, en todas; y frente al cuarto en cinco.

 ‘Pipe’ Lozada  salvó su curul 7 29 marzo, 2024
La aclaración de voto

Inconsistencias

Además, acotó,  que la prueba del trámite de los permisos ante la Mesa Directiva debe quedar registrada en el curso de la respetiva sesión, y no suplirse por certificaciones del Secretario General de la Cámara de Representantes, como ocurrió, lo que podría constituir una falta ética, en los eventos de ausencias injustificadas.

También advirtió que no todos los permisos de la Mesa Directiva pueden tenerse como válidos; mucho menos cuando no están contenidos en un acto administrativo que cumpla con todas las formalidades y se preceda de motivos admisibles.

“En todas las sesiones plenarias examinadas se votaron asuntos relevantes para la pérdida de investidura, relacionados con la conformación de la voluntad congresional respecto de distintos tipos de proyectos normativos”, afirmó la magistrada ponente.

Asimismo, en todas se realizaron votaciones nominales. Sin embargo, “en ninguna de estas se tiene registrado el voto del demandado, lo cual, de acuerdo con la jurisprudencia de la corporación, se toma como indicio de la no asistencia”, afirmó el fallo proferido ayer en una sesión virtual.

Tampoco se advierte en las Gacetas del Congreso revisadas, ni de ningún otro medio de prueba, que aquel hubiese realizado algún tipo de intervención de la que pueda inferirse su asistencia a las respectivas sesiones a pesar de no haber votado.

 ‘Pipe’ Lozada  salvó su curul 8 29 marzo, 2024
Lucy Jeannette Bermúdez, magistrada ponente.

Sin sustento

En cuanto a los permisos de la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes, esgrimidos por la parte accionada, la Sala considera, y lo afirma con total contundencia, que ninguno de ellos puede ser tenido como justificación de las mentadas inasistencias en el caso concreto.

“Esto por cuanto, más allá del visto bueno impartido a su retiro –según lo certificado por el Secretario General de esa Corporación–, los permisos solicitados carecen de total sustento.

Aunado a que para el 10 de diciembre de 2015 el congresista ni siquiera contó con permiso de retiro, y los vistos buenos del 25 de agosto de 2015 y del 6 de octubre de 2015 fueron suscritos por la Secretaria Privada del entonces presidente, quien no hace parte de la mesa directiva de la Cámara de Representantes.

 

Las excusas

“Algo diferente ocurre con la mayoría de las excusas médicas que contienen incapacidades que coinciden con las fechas en las que se llevaron a cabo las sesiones plenarias, las cuales resultan suficientes para justificar la inasistencia”, explicó la magistrada.

El congresista accionado dejó de asistir sin justificación válida a tres sesiones plenarias (el primer período de la legislatura 2015-2016) pero no se acreditaron las seis inasistencias requeridas para la estructuración de la causal de desinvestidura.

“Comoquiera que el número de inasistencias injustificadas del Representante a la Cámara Jaime Felipe Lozada Polanco a sesiones plenarias en las que se votaron proyectos de acto legislativo, proyectos de ley o mociones de censura en los períodos acusados por la parte demandante no es igual a superior a seis en ninguno de ellos, para la Sala, emerge palmario que la solicitud de pérdida de investidura no está llamada a prosperar, razón por la cual se denegará”.

Tal como lo sugirió el Ministerio Público, compulsó copias a la Superintendencia Nacional de Salud, a fin de que, en el marco de su autonomía, verifique si al interior del Congreso de la República se están cumpliendo los protocolos en materia de documentación de la atención médica, expedición y certificación de incapacidades.

 

Jalón de orejas

El alto tribunal consideró pertinente prevenir a los miembros de la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes para que, en lo sucesivo, hagan registrar en las actas de las respectivas sesiones plenarias las solicitudes de permiso de retiro que presenten los congresistas, teniendo especial cuidado al momento de ponderar, dentro de su autonomía, los motivos por los cuales podrían concederse tales autorizaciones.

Además, considerando que se registraron ocho inasistencias carentes de justificación así fuera en períodos de sesiones diferentes, enviarán copias de la presente providencia a la Comisión de Ética del Congresista de la respectiva Cámara y a la Procuraduría General de la Nación para que adelante, si lo considera, las investigaciones disciplinarias que sean procedentes.

 

Aclaración

La magistrada ponente Lucy Jeannette Bermúdez salvó su voto. Estimó que la pérdida de investidura para los congresistas, es, después de la tutela, una de las más emblemáticas figuras de la Constitución del 91, que deben rescatarse y profundizarse paras moralizar la función pública, dignificar la posición de congresista y depurar el congreso.

 

‘Mi abogado fue Dios’

El congresista celebró ayer la decisión que le despejó de una vez por todas, su permanencia en el Congreso. “Tuve el mejor abogado. Dios. Él permitió que se hiciera justicia”, aseguró.

“Siempre estuve seguro, tenía la certeza que el Consejo de Estado iba a fallar en derecho y que las pruebas que aportamos iban a ser contundentes, y lo fueron”, remarcó.

“Hemos actuado con absoluta responsabilidad, representando a los huilenses de la mejor manera posible. Se ha hecho justicia lo cual, nos compromete aún más en el trabajo que hemos venido realizando en la Cámara de Representantes.

Esta es una victoria, no solo mías, sino de mis electores, de los huilenses que se sienten representados en Jaime Lozada en la Cámara”, subrayó.