La Nación
Derecho, política y sociedad   La instauración de la cadena perpetua en Colombia 1 24 abril, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

Derecho, política y sociedad   La instauración de la cadena perpetua en Colombia

 

Germán Alfonso López Daza*

 

La propuesta de reforma constitucional que busca reinstaurar en Colombia la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños está muy cerca de llegar a su objetivo. El proyecto ha sido aprobado en seis debates, faltándole solo dos para que pase a sanción presidencial. Sin embargo, el tema sigue generando controversia por la supuesta inocuidad de esta figura que rigió hasta 1936.

La iniciativa es bastante controversial pues toca las fibras más sensibles de la nación que ha vivido casos aberrantes de violadores y asesinos de menores, como el de Garavito (el mayor homicida en serie de niños), o el de Rafael Uribe (violador y asesino de Yuliana Samboní), a quienes las penas de 40 y 58 años de prisión se consideran insuficientes para la gravedad de los hechos cometidos.

En el actual Código Penal el delito de acceso carnal violento con menor de 14 años tiene penas que van desde los 16 hasta los 30 años. En los casos de homicidio la pena impuesta no puede exceder los 60 años. Y el Código de Infancia y Adolescencia prohíbe rebajas para quienes hayan cometido delitos contra menores de 14 años.

A pesar de que estas penas son bastante fuertes, dicha propuesta plantea llevar al máximo la reclusión, buscando que el delincuente prácticamente muera en el encierro. Tal proyecto encajaría en el llamado “populismo punitivo”, que en el fondo implica hacer creer al ciudadano que medidas de “mano dura” solucionarán la problemática.

El derecho penal se vuelve un instrumento para enfrentar de forma simbólica el delito, convirtiendo al depravado sexual en el enemigo que se debe apartar de la sociedad logrando con ello la paz ciudadana.

Sin embargo, estudios criminológicos confirman que el aumento punitivo no incide en la mengua de la criminalidad. Igualmente, la propuesta podría ir en contravía de los tratados internacionales que protegen la dignidad y los derechos humanos.

De convertirse este proyecto en acto legislativo, muy seguramente no pasará el examen de revisión en la Corte Constitucional. (*Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO).