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Empresarios, así podrán beneficiarse de los auxilios de la reforma 9 18 abril, 2024
ECONOMÍA

Empresarios, así podrán beneficiarse de los auxilios de la reforma


La Ley 2155 de Inversión Social contiene una serie de medidas que impactarán positivamente a los micro, pequeños y medianos empresarios por medio de auxilios económicos. También beneficiará especialmente a las mujeres, jóvenes y estudiantes. 

huila@lanacion.com.co

Mejorar el mercado laboral del país es una de las principales apuestas que trae la Ley 2155 de Inversión Social, o reforma tributaria, que amplió varios beneficios para las empresas creados en el marco de la emergencia económica con ocasión de la COVID-19.

Uno de los principales auxilios para el tejido empresarial tiene que ver con el  Programa de Apoyo al Empleo Formal – Paef, el cual se amplió hasta diciembre del presente año y que ahora cobijará a empleadores y personas naturales que cuenten con desde dos y hasta máximo 50 trabajadores. Tras la reforma este abarcará además a Cooperativas de Trabajo Asociado (Artículos 21 y 25).

En la reforma quedó estipulado que existe la posibilidad de que la ayuda pueda continuar -si hay recursos-, hasta máximo el 31 de diciembre de 2022, y únicamente para los potenciales beneficiarios que a marzo de 2021 contaban con hasta 50 trabajadores.

Además, se creó el incentivo para empleadores que contraten a nuevos trabajadores que incluye a jóvenes, mujeres, y personas mayores de 40 años (Artículo 24). Tratándose de trabajadores adicionales de entre 18 y 28 años de edad, el empleador recibirá como incentivo el equivalente al 25% de un salario mínimo por persona. Por trabajadores adicionales que no sean jóvenes y que devenguen hasta tres salarios mínimos el aporte será del 10% de un salario mínimo. Y si son mujeres mayores de 28 años que devenguen hasta tres salarios mínimos el incentivo será de 15% de un salario mínimo. El auxilio va hasta agosto del 2023.

Frente a la ayuda anterior, cabe agregar que, el empleador sólo podrá recibir dentro de la vigencia de este incentivo, un máximo de doce pagos. En todo caso, solo se efectuará un pago mensual. Para presentarse a las postulaciones posteriores a septiembre de 2022, el empleador deberá haberse presentado y recibido como mínimo un aporte antes de este periodo.

También se creó un apoyo económico para las empresas  afectadas por el paro nacional del presente año (Artículo 26), donde se incluyen a empleadores personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos. La cuantía del aporte estatal a otorgar corresponderá al número de empleados multiplicado por hasta el 20% del valor del salario mínimo legal mensual vigente. Para acceder a este aporte los potenciales beneficiarios deberán demostrar la necesidad del mismo, certificando una disminución del 20% o más en sus ingresos frente a los ingresos obtenidos en marzo de 2021. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público determinará el método de cálculo de esa disminución.

Además se determinó que por el año 2022 no serán responsables del impuesto sobre las ventas – IVA, los contribuyentes del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación –Simple, cuando únicamente desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas. (Artículo 56).

El próximo año tampoco serán responsables del Impuesto Nacional al Consumo de restaurantes y bares los contribuyentes del impuesto unificado bajo el Simple aquellos que desarrollen únicamente actividades de expendio de comidas y bebidas. (Artículo 57).

Del orden social

La Ley 2155 de Inversión Social contiene un gran paquete de auxilios para las personas de menores recursos económicos del país.

Quedó aprobado que para el auxilio de ingreso solidario se permitirá la inclusión de más hogares y se priorizará a las mujeres jefes de hogar para que sean quienes administren el dinero (Artículo 20). A partir de julio de 2022, el monto de la transferencia deberá considerar el número de integrantes que componen cada hogar, y el grupo de clasificación del Sisbén IV. La ayuda estará vigente hasta diciembre del 2022, cuando el Gobierno Nacional evaluará el programa y, conforme con los resultados obtenidos, podrá establecer su continuidad -si hay recursos-, e incorporar, de manera justificada, la exigencia de condiciones para el acceso al mismo.

Así mismo, se adoptó como una política de Estado la gratuidad para los estudiantes de pregrado de menores recursos o más vulnerables de estratos 1, 2 y 3, de las instituciones de educación superior públicas; (Artículo 27).

Entidades territoriales

La Ley también crea una serie de beneficios para las entidades territoriales  (artículo 29 al 36, 52 y 54-). Uno de estos es autorizar a Findeter a hacer créditos directos con los entes territoriales. Así mismo, permite la reducción de sanciones e intereses para contribuyentes que se atrasaron en sus obligaciones como consecuencia de la pandemia. Y reduce temporalmente el pago de multas e intereses generados por infracciones de tránsito.

En este apartado de apoyo a los entes territoriales, quedó estipulado que se establecerán esquemas de cofinanciación para los sistemas integrados de transporte masivo, destinados a cofinanciar los déficits operacionales, originados por las medidas de restricción del nivel de ocupación. (Artículo 28).

Régimen Simple

Con la entrada en vigencia de la Ley 2155 de Inversión Social, se amplió el régimen Simple de tributación, beneficiando a las micro y pequeñas empresas con menores tarifas de tributación y simplificación de trámites. Se pasó de 80.000 UVT a 100.000 UVT, en ingresos brutos anuales, ordinarios o extraordinarios. (Artículo 42).

En el caso de las empresas o personas jurídicas nuevas, la inscripción en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – Simple, estará condicionada a que los ingresos del año no superen este límite.

La tarifa del impuesto unificado depende de los ingresos brutos anuales y de la actividad empresarial, así:

Para las tiendas pequeñas, mini-mercados, micro-mercados y peluquería.

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 Para las actividades comerciales al por mayor y detal; servicios técnicos y mecánicos en los que predomina el factor material sobre el intelectual, los electricistas, los albañiles, los servicios de construcción y los talleres mecánicos de vehículos y electrodomésticos; actividades industriales, incluidas las de agro-industria, mini-industria y micro-industria; actividades de telecomunicaciones y las demás actividades no incluidas en los siguientes numerales.

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Lo relacionado con servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales.

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En actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte, la tarifa Simple consolidada será de máximo el 7%.

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Tenga en cuenta que los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen Simple de tributación están obligados a pagar de forma bimestral un anticipo a título de este impuesto, a través de los recibos de pago electrónico el cual debe incluir la información sobre los ingresos que corresponde a cada municipio o distrito.

La base del anticipo depende de los ingresos brutos bimestrales y de la actividad desarrollada, así:i

Tiendas pequeñas, mini-mercados, micro-mercados y peluquería.

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 Actividades comerciales al por mayor y detal; (…).

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Servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales.

Empresarios, así podrán beneficiarse de los auxilios de la reforma 21 18 abril, 2024Actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte.

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