La Nación
Condena por millonario robo continuado en la Corhuila 1 23 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Condena por millonario robo continuado en la Corhuila

El Tribunal Superior de Neiva profirió sentencia condenatoria por el fraude financiero en la Corporación Universitaria del Huila develado hace nueve años. En firme orden de captura internacional. Primicia.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

 

Confirmado. La auxiliar contable Claudia Liliana Espitia Garrido, con una orden de captura internacional, fue condenada en segunda instancia a la pena principal de 128 meses de prisión (diez años y seis meses) por el fraude financiero a la Corporación Universitaria del Huila (Corhuila), descubierto hace nueve años.

La ex empleada universitaria, quien acaba de cumplir los 52 años de edad fuera del país, fue sentenciada a título de coautora de los delitos de hurto agravado continuado en concurso heterogéneo con falsedad en documento privado.

El Tribunal Superior de Neiva la encontró penalmente responsable.  La Sala Penal confirmó la sentencia de primera instancia proferida el 17 de junio de 2022, por  el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Neiva con función de conocimiento.

La juez María del Pilar Ochoa le impuso como pena accesoria la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo.

La funcionaria judicial le negó todos los beneficios judiciales, incluida la sustitución de la pena o la detención domiciliaria y libró en su contra una orden de captura internacional, actualmente vigente.  Según Migración Colombia, la procesada salió del país, y “hasta la fecha no tiene ningún registro de ingreso”.

Condena por millonario robo continuado en la Corhuila 7 23 abril, 2024
El  robo continuado ascendió a 1.890 millones de pesos cometidos en 391 cheques adulterados.

Robo continuado

La escandalosa defraudación ampliamente documentada por LA NACIÓN estalló el 7 de noviembre de 2013.  La revisora fiscal Esperanza Ramos Botello denunció las anomalías contables y contractuales halladas durante una auditoría interna. El informe originó el relevo del rector Virgilio Barrera y la renuncia de varios miembros del consejo directivo.

El rector Roque González Garzón, recién posesionado, develó el fraude financiero a través de giros irregulares realizados por funcionarios del equipo de contabilidad.

Por este hecho fueron identificadas inicialmente otras seis personas del equipo contable. Sin embargo, solo tres resultaron comprometidas en este robo continuado. La Tesorera Sandra Liliana Flórez (ya imputada) quien entregó a la Fiscalía las copias de las transacciones fraudulentas y el asesor contable Karol Jeovanny Becerra, encargado de manipular el software contable, ya condenado.   Espitia Garrido, prófuga en Estados Unidos, es la segunda condenada.

 

El complot

Durante la investigación quedó en evidencia que los funcionarios no actuaban solos. También participaban otros miembros del equipo contable, quienes se encargaron de sincronizar los movimientos financieros fraudulentos; inventaron los beneficiarios, organizaron y diligenciaron  las cuentas de cobro ficticias. Además, expidieron los cheques oficiales, con firmas simuladas, utilizando indebidamente dos cuentas oficiales de Corhuila.

Según la investigación, los sellos que usaron para refrendar los cheques no eran los oficiales y simularon la firma del ordenador del gasto, en este caso del rector de la época Virgilio Barrera Castro.

La señora Espitia Garrido como lo documentó en su momento LA NACIÓN, firmó y plasmó su huella dactilar en 391 cheques adulterados, de los cuales 332 correspondían a una cuenta corriente en la Caja Social y 59 a otra cuenta corriente de Bancolombia.

“El sello húmedo estampado en cada uno de los cheques resultó ser falso”, según los informes técnicos realizados por expertos del Cuerpo Técnico de Investigaciones.

 

La confesión

“En la universidad la única persona autorizada para tener los cheques cuando llegan del banco en blanco, velar por su seguridad y llenarlos con un beneficiario, era la señora tesorera para la época Sandra Liliana Flórez Tique, al estar ella también partícipe en los hechos pues daba la facilidad de que ella misma pudiera en su oficina en la utilización de su máquina de escribir eléctrica o electrónica elaborar esos cheques con datos de unos terceros ajenos a la universidad”, relató, Karol Jovanny Becerra, el auxiliar de contabilidad, condenado en sentencia anticipada.

“La señora Claudia Liliana Espitia con mucha práctica desarrolló la capacidad de hacer una firma de similares características visuales sin ser exactamente igual, ella plasmaba esa firma y luego de plasmarla pasaba a un banco donde lo entregaba al cajero y esperaba a que fuera confirmado para su desembolso…”, precisó Becerra.

“Una vez confirmado por la tesorera Sandra Liliana Flórez Tique el cajero le desembolsaba la plata a la señora Claudia Liliana Espitia Garrido y posterior a todo eso entonces ya cuando se habían cobrado esos fondos yo hacía el ingreso a la contabilidad del valor que había salido con un tercero ajustándolo a unos gastos que pues eran frecuentes a que sucedieran, un mantenimiento al edificio, un mantenimiento de canchas deportivas, adecuaciones sanitarias…”, relató Becerra, quien declaró en el juicio como testigo de la Fiscalía.

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Sentencia condenatoria. Facsímil.

La repartición

Los cheques adulterados eran entregados a Claudia Liliana quien los cobraba en la sede de Bancolombia a una cuadra de la sede Quirinal, frente al SAO, a un lado del edificio Colonial.

La repartición se hacía en el interior de su vehículo ubicado en el parque Leesburg, frente a la sede principal.

“Una vez cobraba la totalidad de los cheques en el exterior de la universidad sobre la calle 21 en el interior de su vehículo ella entregaba el dinero,  me lo entregaba a mí para entregarle lo que le correspondía a la señora Sandra Liliana Flórez (tesorera) y pues lo que me correspondía a mí (…), relató el testigo.

“Físicamente no quedaban comprobantes de egresos, solo una copia de la chequera. Contablemente los movimientos se ingresaban y quedaban en los libros auxiliares de contabilidad, todo era fraudulento”, explicó el testigo.

 

Chivo expiatorio

El abogado de la defensa Mateo Mejía Gallego admitió el desfalco millonario de que fue objeto la Universidad Corhuila, pero aseguró, que la defraudación fue ejecutada por una organización criminal que operaba al interior de la institución.

“Esa organización criminal utilizó a Claudia Liliana como un ‘chivo expiatorio’, ya que ella no participó en el accionar criminal debido a que para el año 2013 no trabajaba en la Corhuila”, aseguró.

En su opinión,  la juez de primera instancia, analizó de manera incompleta y equivocada la prueba testimonial y documental allegada al juicio.

También cuestionó el testimonio rendido por Karol Jovanny Becerra Hernández, quien confesó su participación en el robo continuado y describió la forma como se repartían el dinero que lograban sustraer de las cuentas de Corhuila.

“Su declaración fue producto de un compromiso adquirido por la suscripción de un preacuerdo con la Fiscalía que dio paso a que fuera condenado el 12 de agosto de 2020 por los mismos hechos y por los mismos delitos aquí juzgados, lo que demuestra su interés en el asunto”, afirmó.

Ese interés, en su opinión, le restaba credibilidad.

 

Orfandad probatoria

Por su parte, el abogado de víctimas Helber Mauricio Sandoval pidió que se desestimara el recurso y en su defecto se confirmara la sentencia.

“Contrario a lo dicho por el impugnante, no existe orfandad probatoria para desestimar la responsabilidad penal enrostrada a la procesada, sin importar si para la época del ilícito estaba o no vinculada a la universidad Corhuila”, afirmó su apoderado.

Recordó que el testigo confesó la existencia de un grupo criminal al interior de la universidad conformado por Karol Jovanny, Sandra Liliana Flórez y Claudia Liliana, para defraudar a la corporación con giros irregulares cobrados “desde afuera” por la acusada, quien gestó la idea criminal aceptada por los demás con roles específicos, detalladamente narrados por el testigo.

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Sentencia condenatoria. Facsímil.

Pena ajustada

“La condena emitida contra la procesada está ajustada a la realidad procesal y probatoria”, reforzó el fiscal delegado Alirio Cordero.

“Las huellas dactilares estampadas al pie de esas firmas sí correspondían a la acusada”, precisó.

Además,  se opuso al cambio de la calificación jurídica. “El actuar de la procesada no se encuadra en el delito de estafa y no de hurto, como lo pretendía su defensor,  por cuanto ella sí se apoderó de sumas de dinero que ascendieron a 1.889 millones 480.893 pesos”, precisó Cordero.

Contundente

La magistrada Ingrid Karola Palacios Ortega le dio plena credibilidad al testimonio al que calificó de “inequívoco y contundente señalamiento contra la procesada. Asimismo, -dijo- “existió un acuerdo artificioso previo también con la señora Sandra Liliana Flórez Tique, en el que los tres participaron con roles concretos para defraudar las arcas de la Corporación Universitaria del Huila (Corhuila)”.

“Además, -agregó- el testigo fue contundente y explicó sin contradicción alguna el modus operandi mediante el cual obtenían los cheques originales de la universidad, los diligenciaban con información falsa y adulterada para en últimas cobrarlos y repartirse el dinero en partes iguales entre los tres (Karol Jovanny, Sandra Liliana y Claudia Liliana).

 

Categórico

“Pese a las inconsistencias en el estudio de las huellas plasmadas en los cheques que no permiten admitir sin duda que corresponden a la procesada, ello no logra derruir ni desvirtúa los dichos del testigo, quien, se itera, fue categórico en señalar a la enjuiciada como una las personas que participó activamente en la elaboración de los títulos valores para lograr el cobro de millonarias sumas de dinero de manera fraudulenta”, anotó la magistrada Palacios Ortega.

Con todo, -añadió- si en gracia de discusión se aceptara que existe un dislate en los informes periciales, ello por sí solo no logra desvirtuar la responsabilidad penal endilgada a la acusada, confirmada con el resto de pruebas.

“En conclusión, la prueba practicada en juicio acredita la materialidad de las conductas delictivas y la responsabilidad penal de la enjuiciada, que no fue desvirtuada a través de ninguna prueba por parte de la defensa”, precisó.

Condena por millonario robo continuado en la Corhuila 10 23 abril, 2024
Informe contable.

¿Estafa?

Finalmente la magistrada rechazó de plano la solicitud para que se cambiara la conducta de hurto continuado por estafa.  En su criterio la apelación no es el escenario idóneo para discutir la calificación jurídica, debió hacerlo en el curso de la audiencia concentrada, pero no lo hizo”, acotó la magistrada Palacios Ortega.

En su criterio, la calificación jurídica de la conducta reprochada se ajusta a los hechos jurídicamente relevantes por los que se procede, toda vez que la procesada en contubernio con otras personas, a través de múltiples acciones similares desplegadas durante el año 2013, se apoderó de fuertes sumas de dinero de las arcas de Corhuila por medio del cobro de cheques fraudulentos, obteniendo provecho ilícito para sí misma, configurándose por tanto el delito de hurto agravado continuado, cometido en hurto agravado continuado en concurso heterogéneo con falsedad en documento privado.

La Sala Penal confirmó la sentencia condenatoria, dejando en firme la orden de captura librada por la juez de conocimiento.

Orden de captura

Una vez se destapó el escándalo, Espitia Garrido huyó a España y luego se radicó en Estados Unidos, donde supuestamente está radicada. Sin embargo, su paradero es incierto.

Espitia Garrido, procesada en ausencia, se rehusó a concurrir a las diligencias judiciales. “A la fecha no se sabe de su paradero, nunca quiso hacer presencia en su propio juicio oral, no obstante, tener defensor especial”, afirmó la funcionaria judicial.

Como la procesada se encuentra gozando de la libertad, la juez libró la correspondiente orden de captura internacional.

La circular roja fue revalidada el 9 de septiembre de 2021, según lo reveló el fiscal del caso, Alirio Cordero.

El abogado de la procesada, Mateo Mejía Gallego anunció que interpondrá el recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia.