El abogado Carlos Mauricio Murcia Cuéllar, fue condenado como reo ausente a 12 años de prisión, por estafa agravada y usurpación de derechos de propiedad industrial, entre otros delitos. Ahora busca con una tutela que la sentencia condenatoria sea anulada porque los tiempos en el proceso desde la imputación fueron ‘violados’.
Rafael Rodríguez C.
El abogado Carlos Mauricio Murcia Cuéllar, condenado como reo ausente a 12 años de prisión, por estafar a dos personas con la supuesta venta de tubería de la multinacional petrolera Halliburton, ahora busca que la sentencia en su contra sea anulada por presuntamente ‘violar’ los tiempos.
El convicto busca la nulidad de la sentencia proferida por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Neiva con Funciones de Conocimiento, a través de una acción de tutela que instauró, alegando el amparo y protección del derecho fundamental al debido proceso.
Murcia Cuéllar, a quien el proceso penal se le adelantó como reo ausente y asistido por un abogado de la Defensoría Pública, el miércoles 12 de febrero de 2014 fue hallado autor de los delitos de estafa agravada, falsedad en documento privado y usurpación de derechos de propiedad industrial y derechos de obtenedores de variedades vegetales.
El profesional del derecho fue capturado en Argentina el 29 de abril de 2018 y puesto a disposición de la justicia colombiana el 9 de agosto de 2018. “A partir de ese momento tuve conocimiento de las actuaciones judiciales, solicité las respectivas copias del expediente…”, manifestó en el escrito de la tutela.
En la tutela, el hombre señaló que la Fiscalía Octava Delegada ante los Jueces Penales del Circuito de Neiva, adelantó la audiencia de formulación de imputación el 31 de agosto de 2010, tres años después de que el fiscal recibiera la noticia criminal el 11 de junio de 2007 “es decir, se superó los 3 años establecidos en el parágrafo del artículo 175 de la ley 906 de 2004, siendo entonces evidente que no se podía, desde ese momento, continuar con la actuación judicial y mucho menos emitir una sentencia condenatoria en mi contra”.
Agregó que la nulidad también se estaría dando con el término para el inicio del juicio oral y el proferimiento de la sentencia, al señalar que “fue desconocido pues entre la presentación del escrito de acusación (31 de agosto de 2010 ) y la fecha en la que se emitió la sentencia condenatoria, esto es, 14 de febrero de 2014 ya no existía la posibilidad jurídica, acorde con la ley, de proferir un fallo sin que estuviste afectado de nulidad por ser violatorio del debido proceso habida consideración del vencimiento de los términos judiciales establecidos para el efecto”.
Según Murcia Cuéllar el fallo condenatorio fue proferido 3 años y 6 meses después de haberse presentado el escrito de acusación “viciado de nulidad, en evidente desconocimiento de los términos establecidos por la ley”.
Sostuvo que como persona ausente no tuvo la oportunidad de hacer uso de ninguno de los recursos de ley, “por lo que hoy tan solo me es posible acudir a la acción de tutela como mecanismo de amparo de derechos fundamentales”.
El hombre además de la nulidad de la sentencia, solicita en la tutela que se ordene su libertad inmediata “toda vez que me encuentro privado de la libertad por cuenta del cumplimiento de esta sentencia condenatoria”.
La estafa
El fiscal del caso señaló que, entre los meses de febrero y julio de 2007, Custodio Torres Hernández y Luis Alberto Mena Pérez, se asociaron para adquirir tubería de diferentes diámetros, dejada de utilizar por las empresas petroleras para la conducción de hidrocarburos.
Agregó que el material fue ofrecido a los dos hombres por Murcia Cuéllar, quien en desarrollo de la negociación entregó inicialmente 173 kilómetros de tubería por valor de 240 millones de pesos. “Posteriormente se incrementó en virtud de nuevas negociaciones…”, indicó el delegado del ente acusador.
Sostuvo que Murcia Cuéllar anunció a los compradores que la tubería la había obtenido de la empresa petrolera Halliburton Latin America S.A. “haciendo cesión del presunto contrato celebrado con esta empresa…”, explicó el fiscal.
Según el funcionario judicial, el hoy condenado exhibió a Torres Hernández y Mena Pérez, una tubería ubicada en inmediaciones de la inspección de San Francisco en Neiva, “convenciéndolos de su existencia y de esta forma afianzar la negociación, elementos que nunca estuvieron a su disposición material ni jurídica”.
Murcia Cuéllar, acordado el negoció, los dos compradores a través de consignaciones y dinero en efectivo en una cuenta bancaria a nombre de la esposa del vendedor, le entregaron 400 millones de pesos. “Carlos Mauricio Murcia al no cumplir con los términos y plazos de la negociación, evadió a los contratistas con argucias entregándoles documentos supuestamente expedidos por la petrolera Halliburton Latin América, para finalmente ocultarse”, manifestó el fiscal.
Creo una empresa ficticia
La juez en la sentencia condenatoria manifestó que Murcia Cuéllar para aparentar legalidad en su negociación con los dos hombres, constituyó en febrero de 2007 la persona jurídica ‘Halliburton Servicios Petroleros e Industriales E.U’. “El nombre para nada fue aleatorio, sino que, con él, pretendía generar confusión entre sus eventuales, clientes, al asimilar este nombre comercial con una conocida empresa petrolera multinacional”.
Sostuvo la togada que el hombre suscribió “sin recato alguno”, contratos bajo realidades inexistentes “relacionando en ellos a la supuesta filial de la anterior trasnacional ‘Halliburton Latin Colombia S.A. (ficticia), suscribiera contrato con la persona jurídica creada por el acusado…”.
Aseguró la operadora judicial que la autoría de Murcia Cuéllar en el delito de estafa “emerge…pues fue el creador de las falacias, los contratos y los artificios que conllevaron a que la víctima Custodio Torres fuera estafado”.