La Nación
Alcaldesa baraja las cartas contra la revocatoria 1 20 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Alcaldesa baraja las cartas contra la revocatoria

Como una última jugada para impedir que el gobernador Luis Enrique Dussán convoque a elecciones en Campoalegre para la revocatoria, la mandataria liberal, entuteló a la Registraduría y al Consejo Nacional Electoral. La pandemia tuvo la culpa para incumplir su programa de gobierno.

 

RICARDO AREIZA

Unidadinvestigativa@lanacion.com.co

 

Anticipándose a la inminente convocatoria a elecciones para la revocatoria de su mandato, la alcaldesa de Campoalegre, Elizabeth Motta Álvarez, barajó de nuevo las cartas y solicitó por tercera vez la inmediata suspensión del proceso.

A través de una tutela colocada contra la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral la funcionaria solicitó la terminación anticipada de la revocatoria.

La iniciativa conocida en primicia por LA NACIÓN fue radicada el viernes pasado ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

El medio de control fue presentado por el ex magistrado Alberto Yepes Barreiro, quien vuelve a litigar en la jurisdicción contenciosa administrativa, luego de haberse retirado en junio de 2019.

La tutela fue presentada como último recurso para impedir que el gobernador Luis Enrique Dussán fije la fecha para las elecciones, una vez acreditados los requisitos exigidos.

“El próximo martes la Registraduría debe expedir el certificado financiero, el último documento necesario para que se proceda a fijar la fecha de las elecciones”, afirmó Edwin Lombo Moncaleano, presidente del Comité Promotor.

“Los demás requisitos están cumplidos y el gobierno departamental no tiene otra alternativa que fijar la fecha. La tutela no es otra cosa que la última jugada para frenar la revocatoria que ya no tiene reversa”, acotó Oscar Alberto Perdomo Rojas, líder del movimiento ciudadano.

“Como quiera que ello constituye un perjuicio irremediable de cara a los derechos políticos fundamentales, debido proceso e igualdad de la alcaldesa Elizabeth Motta Álvarez, evidenciándose un riesgo inminente, solicito como medida cautelar la suspensión del proceso de expedición de la certificación de los apoyos radicados por el Comité Promotor de la revocatoria, mientras se estudian y adoptan las medidas definitivas deprecadas en esta acción concernientes a la garantía de los derechos políticos fundamentales, debido proceso e igualdad, y principio de legalidad del proceso revocatorio”, demandó el ex magistrado litigante.

La tutela le correspondió por reparto a la magistrada Gloria Isabel Cáceres Martínez.

Portazos

Con anterioridad la funcionaria formuló otras dos solicitudes de suspensión y revocatoria directa ante la Registraduría y otra ante el Consejo de Estado. Las dos no prosperaron.

La revocatoria entró en la recta final al no prosperar la totalidad de las objeciones que formuló la mandataria ante la Registraduría Nacional por supuestas anomalías en el proceso de recolección de los apoyos ciudadanos.

A pesar de las observaciones, la Registraduría Nacional del Estado Civil, dejó incólume, el informe técnico que despejó la revocatoria.

El director nacional de Censo Electoral  Roberto Carlos Cadavid descartó de plano la mayoría de las observaciones que formuló la alcaldesa Motta Álvarez.

Y para completar el portazo,  el 13 de diciembre de 2021 el Consejo Nacional Electoral  avocó el conocimiento (Auto-CNE-JLLP-188-2021) pero negó la medida cautelar  solicitada para suspender el proceso de revocatoria de las candidaturas e impedir que se convocara a la etapa de votación correspondiente, como está previsto para el próximo martes.

Con estas decisiones proferidas por la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral, a la fecha, se encuentra en firme,  el gobernador Luis Enrique Dussán debe fijar la fecha de las elecciones como ya ocurrió en Cúcuta y Susa (Cundinamarca).

Las elecciones se realizarán el 30 de enero para decidir la permanencia o no de los alcaldes Jairo Tomás Yáñez Rodríguez de la capital nortesantandereana y Ximena Ballesteros Castillo de Susa.

“Con ello se evidencia un riesgo inminente que se produce de manera cierta y evidente sobre sus derechos fundamentales, no siendo posible reparar el daño causado una vez se desarrollen los comicios”, insistió el ex consejero de Estado.

Culpas ajenas

Curiosamente, en la tutela, el ex magistrado Yepes Barreiro atribuyó a la pandemia, los retrasos en la ejecución del plan de desarrollo, origen de la revocatoria.

Los efectos económicos y sociales de la pandemia generada por la covid-19 son preocupantes, a pesar de los esfuerzos que las distintas administraciones públicas ejecutan, de allí que, los planes de desarrollo económico que habían sido proyectados por los distintos entes gubernamentales antes de la pandemia, variaron ostensiblemente dadas las circunstancias y que, los diferentes planes de gobierno tuvieron que amoldarse y hacer frente a las necesidades que la nueva realidad social demanda”, alegó.

“Nadie está obligado a lo imposible”, acotó el ex consejero de Estado, acudiendo al milenario aforismo, considerado como principio general del derecho.

El ex consejero estimó que la mandataria asumió el cargo sin prever que tres meses después estallaría la más grave emergencia sanitaria que frenó sus planes de gobierno.

“Acreditar el cumplimiento del programa de Gobierno planteado por la Alcaldesa y realizar una evaluación objetiva de su primer año de gobierno no resulta posible”, explicó Yepes Barreiro.

“Las circunstancias en que dicho programa de Gobierno debió cumplirse fueron totalmente imprevisibles e irresistibles, es decir, no se puede evaluar la gestión administrativa con sustento en un programa de Gobierno diseñado en el año 2019, en un contexto distinto al que, resultó con ocasión de la pandemia”, explicó el ex presidente de la Sección Quinta.

Riesgo inminente

“Con ocasión de la decisión proferida por la Registraduría Nacional del Estado Civil de validar los apoyos (firmas) y el auto del Consejo Nacional Electoral de negar la solicitud de medida cautelar correspondiente a suspender el proceso de revocatoria de las candidaturas o de impedir que se convoque a la etapa de votación correspondiente, se materializa un perjuicio irremediable de cara a los derechos políticos fundamentales, debido proceso e igualdad” explicó.

En su criterio, se evidencia un riesgo inminente que se produce de manera cierta y evidente sobre los derechos fundamentales de la funcionaria pública.

“De fijarse fecha para la jornada de votación y desarrollarse los comicios, sin haberse acreditado objetivamente la causales de la revocatoria ante un evento de fuerza mayor y/o caso fortuito como lo constituye la pandemia, aunado a las irregularidades en la recolección de firmas, no sería posible reparar el daño causado al principio de representación democrática y de contera a los derechos fundamentales de la Alcaldesa”.

Pretensiones

En consecuencia, Yepes Barreiro, miembro de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, solicitó al Tribual Administrativo de Cundinamarca, que ordene a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral, la suspensión del proceso de revocatoria de las candidaturas e impedir que se convoque a la etapa de votación correspondiente.

Además, pidió como medida definitiva que ordene a la Registraduría Nacional del Estado Civil, dar por terminado el proceso de revocatoria del mandato al no cumplirse objetivamente el requisito exigido para adelantar el proceso de revocatoria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 134 de 1994 (Incumplimiento del programa de Gobierno), y a las irregularidades evidenciadas en la consecución de los apoyos.

Apoyos anulados

La Registraduría revisó las 11.355 firmas entregadas por el comité promotor de la revocatoria en 757 folios organizados en ocho tomos.

La coordinadora del Grupo de Verificación de Firmas, Martha Lucía Isaza Rodríguez, mantuvo en su mayoría la anulación de los apoyos por graves inconsistencias.

De las 11.355 presentadas en Campoalegre solamente 2.523 resultaron válidas (25 menos de las inicialmente convalidadas (2.548).

Yepes Barreiro soportó la tutela con la impugnación infructuosa de los apoyos.

El 77,78% de las firmas recaudadas (8.832) fueron anuladas por irregularidades en su registro y recolección.

Las firmas al registrar inconsistencias fueron anuladas en razón a qué no se ajustaron a los requisitos legales exigidos, ya sea porqué; corresponden a suplantaciones1, no aparecieron en el censo electoral2, votaron en otros municipios, o los nombres de sus titulares no correspondían con los números de las cédulas registradas, según primer informe técnico de la misma Registraduría Nacional del Estado Civil.

Según el segundo informe técnico de validación entre los 11.355 registros aportados, aparecieron 1.329 firmas cuyos nombres no corresponden con los números de las cédulas, otras 2.534 presentaron datos incompletos, 2.818 no aparecen en el censo electoral de Campoalegre, en suma, ello puede representar que no votaron en Campoalegre o eventualmente hubo “trasteo” de firmas.

En línea con lo expuesto, otras 51 firmas fueron manuscritas por distintas personas, 34 no aparecen en el censo nacional, 60 registran datos ilegibles y 102 firmas se recaudaron en fechas que no corresponden al periodo autorizado.

El mismo análisis técnico reportó 126 firmas duplicadas y 331 no aparecen registradas en el censo nacional electoral desde 1988 cuando se comenzó a reportar las personas habilitadas para sufragar, otras 523 firmas cuyos titulares no aparecen en el Registro Único de Identificación, lo que significa que no existen. Adicionalmente se reportaron 752 renglones en blanco.

“Conforme a lo expuesto, resulta palmario que el proceso de recolección de firmas está inmerso en sendas irregularidades, que cuestionan la legalidad y el cumplimiento de los requisitos formales en relación con la recolección de apoyos”, alegó Yepes.

El reporte de firmas válidas corresponde al 22,21% del paquete revisado nuevamente por las autoridades electorales.

Sin embargo, el 77,78% de las firmas recaudadas (8.832) fueron anuladas por irregularidades en su registro y recolección.

Aun así, la revocatoria pasó el primer umbral por un estrecho margen. Se requería como mínimo 1.922 firmas, es decir que pasó el cedazo con 601 apoyos adicionales a los que se requerían. Cumplidos todos requisitos y ad portas de recibir el aval financiero, el último paso para fijar la fecha de las elecciones, la alcaldesa de Campoalegre, barajó de nuevo las cartas para frenar la revocatoria por orden judicial. ¿Pasará?