La Nación
Archivan expedientes por no cobro de las infracciones de tránsito 3 24 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Archivan expedientes por no cobro de las infracciones de tránsito

Los ex secretarios de Tránsito de Garzón y La Plata fueron exonerados en dos nuevos procesos por no haber cobrado a tiempo los comparendos. Las infracciones caducaron sin que se hiciera efectivo el recaudo.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

 

Aunque se probó que en los municipios de Garzón y La Plata, no se recaudaron cuantiosos recursos públicos por infracciones de tránsito, que configuran un detrimento patrimonial, la Contraloría Departamental del Huila archivó los expedientes que venía adelantando contra los ex secretarios de Tránsito de los últimos diez años.

El Jefe de la Oficina de Responsabilidad Fiscal, William Sánchez Hernández, concluyó que los antiguos servidores públicos no tenían la competencia para el cobro por jurisdicción  coactiva, no tenían la calidad de gestores fiscales y por lo tanto no se configuraba la culpa grave.

Por estos hechos fueron exonerados los ex secretarios de Tránsito de La Plata, Adriana Marcela Valencia Cardona, Deily Sofía Legarda González, Deyanira Sánchez Cabrera, Arnulfo Ibagón Trujillo y German Camilo Castañeda.

En Garzón, fueron vinculados en otro proceso de responsabilidad fiscal por las similares imputaciones los ex secretarios de Tránsito, Iván Vidarte Méndez y Carlos Fernando Castro Calderón.

Las irregularidades fueron advertidas durante una auditoría  al Sistema Integrado sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit).

Anomalías

La Contraloría General de la República denunció que entre los años de 2003 y 2017 la mayoría de los municipios y departamentos del país dejaron de percibir alrededor de 53.556 millones de pesos por irregularidades en el cobro de las infracciones de tránsito. Además, detectó una masiva declaratoria de prescripciones de resoluciones sancionatorias antes del término legal.

Por lo menos  410.790 comparendos no fueron cobrados por caducidad o por nulidades irregulares. El 80,81%  por prescripciones irregulares.

El mismo fenómeno operó en  los municipios de Neiva, Pitalito, Garzón, Palermo, Campoalegre. También cobijó al Instituto de Transito del Huila. En el Huila hubo 4.476 comparendos anulados o no cobrados, lo que configuraba un detrimento estimado en 1.831 millones de pesos.

Las irregularidades fueron remitidas a la Contraloría Departamental del Huila el 28 de enero de 2014. La entidad inició los respectivos procesos, los cuales, están terminado en archivo porque no se demostró la culpabilidad de los secretarios de tránsito.

El primero fue en el Instituto Departamental de Tránsito. El segundo caso se presentó con el Instituto de Tránsito de Pitalito (Intrapitalito).

Ahora, la Contraloría acaba de fallar los procesos en La Plata y Garzón, donde también operó la caducidad de los comparendos.

 

Sin cobrar

Curiosamente la Contraloría General sólo remitió como único soporte los listados de los actos administrativos de los procesos que fueron archivados.

En el caso de La Plata, el posible daño fue estimado en $31.126.699 que corresponde a caducidad y prescripción de comparendos por infracciones de tránsito durante las vigencias fiscales 2008 al 2013.

Sin embargo, la cartera prescrita por concepto de multas de tránsito correspondiente no se ejecutar por haber transcurrido tres años de la acción para llevar a cabo el respectivo cobro a través de la Secretaría de Hacienda.

A pesar de los 349 elementos materiales probatorios y evidencias recaudadas no se pudo determinar la responsabilidad.

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Falta de gestión

En el auto de apertura del proceso de responsabilidad fiscal, se reprochaba la conducta de los presuntos implicados, consistente en la supuesta falta de gestión para obtener el recaudo de las obligaciones por concepto comparendos por infracciones a las normas de tránsito, entre otras razones porque frente a ellos operó el fenómeno jurídico de la caducidad, lo que ocasionó el detrimento patrimonial por omisión.

Sin embargo, en el expediente existen soportes y material probatorio de la gestión de cobro que realizaron los funcionarios de la Secretaría de Tránsito y Transporte de La Plata lo que permitió el recaudo por parte de la Secretaría de Hacienda Municipal, que funcionalmente tiene a cargo el respectivo cobro.

“Los secretarios de Tránsito de la época, no contaban con las funciones, ni acciones propias de cobro coactivo pertinentes para impedir la configuración de la prescripción del recaudo por las infracciones de tránsito”, argumentó el jefe de la Oficina de  Responsabilidad Fiscal, William Sánchez Hernández.

Sin competencias

“Este despacho, dijo, resalta que las eventuales responsabilidades fiscales de los funcionarios que fungieron como secretarios de Tránsito y Transporte no estaban supeditadas al resultado, es decir al recaudo de los respectivas multas por la infracción a las normas de tránsito, que constituyen en el presente caso al monto de la cuantía del daño, sino al cometido diligente de sus funciones inherentes al cargo, ya que no ostentan calidad de representantes legales, para que le sean atribuibles responsabilidades en el recaudo y cobro de la cartera”.

De acuerdo con el análisis probatorio, “se aprecia de forma clara y probatoria, que los investigados fiscales efectivamente realizaron las acciones legales pertinentes que dentro de su alcance fueron posibles, para recuperar las obligaciones que se derivaban de la materia de la recuperación y cobro de los comparendos por concepto de infracciones a las normas de tránsito, pese a no estar implícitamente señaladamente en el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera del municipio de La Plata, vigente para la época que permanecieron en sus cargos2.

Por lo tanto, al no probarse la responsabilidad, la Contraloría dispuso el archivo de los procesos.

 

Partes en Garzón

La misma situación se registró en Garzón. Según el expediente se dejaron de recaudar 11,34 millones de pesos de los cuales, 6,98 por caducidad y 5,48 millones de pesos por haber operado el fenómeno de la prescripción.

El funcionario ordenó el archivo de los procesos “por ausencia de culpa grave sin abordar los demás aspectos de responsabilidad, por cuanto la facultad de cobro coactivo no se encontraba en cabeza de la Secretaría de Tránsito, sino, de la Secretaría de Hacienda”.

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Confirmación

Las decisiones fueron confirmadas en grado de consulta por el contralor departamental, Amaury Luis Flórez.

“Del análisis de los medios probatorios queda claro que si bien es cierto la función de cobro coactivo no se encontraba en su momento en cabeza de los investigados, estos realizaron labores eficaces para la obtención de la cartera en mora”, afirmó el agente fiscalizador.

“Si bien es cierto no se recaudó el cien por ciento no pueden ser una situación fáctica atribuida a conductas negligentes de los gestores fiscales que ejercieron dicha función sino que ello obedeció, en esencia a la renuencia de los infractores al no pago”, argumentó.

En su criterio, “los exdirectores actuaron de forma diligente frente al cobro y recaudó de dineros por concepto de las multas impuestas por las infracciones de tránsito toda vez que adelantaron las gestiones necesarias tendientes a la recuperación de la cartera”

“Así las cosas en estos dos casos no se logró la configuración de los elementos de la responsabilidad fiscal”, precisó Flórez Reino.

 

 

Casos fallados

Por hechos similares fueron investigados y luego absueltos los directores del Instituto de Tránsito del Huila, Luis Iván Parra, José Hermides Quimbaya,  Hernán Torres Peña, Luis Alfredo Gómez Clavijo y Edgar Manolo Torres.

Los recursos públicos dejados de percibir en Pitalito por falta de diligencia de la Secretaría de Tránsito y Transportes ascendieron a 35.38 millones de pesos. De éstos 12,84 millones correspondían a prescripciones y 22,54 millones de pesos a caducidades.

Al no demostrarse la responsabilidad y la conducta culposa fueron eximidos los seis ex directores técnicos de Tránsito y Trasportes de Pitalito, Sandra Carolina Bermeo, Camilo Guzmán, María Eugenia Herrera Gutiérrez, Jorge Enrique Motta Carvajal, Oscar Marino Ordóñez y José María Sánchez Torres.