La Nación
“Ariza espera que pueda pagar la condena en la casa” 1 25 abril, 2024
JUDICIAL

“Ariza espera que pueda pagar la condena en la casa”

El exdirector de Comfamiliar Huila, Armando Ariza Quintero, conocerá en nueve días la pena de prisión que deberá pagar por los delitos de estafa y fraude procesal. “El doctor Ariza tiene 67 años, tiene derecho a una detención domiciliaria…”, dijo su abogado Jesús Antonio Marín.

 

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

 

Luego de diez días de conocer que será condenado y que en su contra se libró una orden de captura, el exdirector de Comfamiliar del Huila, Armando Ariza Quintero, le apunta a que pueda pagar la pena de prisión en su casa, tras ser hallado responsable de recobros irregulares de medicamentos de alto costo ‘No Pos’ a las secretarías de Salud del Huila y Boyacá.

Así lo dio a conocer su abogado Jesús Antonio Marín, al manifestar que confía que el próximo 14 de abril cuando se de lectura a la sentencia condenatoria, la Juez Primera Penal del Circuito de Neiva con Funciones de Conocimiento, le otorgue la prisión domiciliaria por la edad de su cliente.

“El doctor Ariza tiene 67 años y tiene derecho a una detención domiciliaria…yo creo que de pronto la señora juez al dictar la sentencia encuentre esa decisión que es correcta, que es legal y de pronto le da la detención domiciliaria”, manifestó el profesional del derecho.

Ariza Quintero, quien estaría viviendo en su residencia en la población de Sopó cerca al municipio de Zipaquirá (Cundinamarca), y su abogado, había considerado la posibilidad de entregarse a las autoridades una vez conocieron el sentido del fallo. “Tan pronto la señora juez emitió el sentido del fallo de culpabilidad, yo le escribí a la señora juez pidiéndole que, si el doctor Ariza se podía entregar al día siguiente en la cárcel de Zipaquirá, que es donde él vive cerca allí, y ella me contestó por un correo electrónico o el secretario del juzgado me contestó que la orden de captura está en Bogotá y que hablara con el fiscal… vamos a esperar un tiempo prudencial, mirar las condiciones apropiadas para una entrega y someternos a la administración de Justicia”,  sostuvo Marín.

No obstante, la defensa y Ariza Quintero saben que en cualquier momento se podría producir la captura por parte de efectivos de la Dijin o el CTI. “El hecho claro es que existe en este momento la orden de captura vigente y eso se puede producir en cualquier momento, eso sí es innegable…”, expresó el defensor del exdirectivo de Comfamiliar del Huila.

 

“La plata se devolvió”

Ariza Quintero, quien se estaría enfrentando a una pena de ocho años de prisión aproximadamente, fue condenado por los delitos de estafa y fraude procesal, luego de que la Fiscalía probara que el entonces directivo de Comfamiliar tramitara entre 2009 y 2014 recobros por 4.797 millones de pesos, por el suministro de medicamentos ‘No POS’ del régimen subsidiado.

“En su condición de representante legal en asocio con algunos de sus empleados de confianza y de un distribuidor Distrimedical de manera irregular e ilícita se apropiaron de dineros públicos destinados al pago de medicamentos No Pos del régimen subsidiado, entre 2009 y 2014 en Huila y Boyacá”, dijo la juez al anunciar el sentido del fallo el pasado 25 de marzo.

Explicó la togada que el fiscal probó que Ariza Quintero, gestionó el pago de 4.797 millones de pesos por el suministro del medicamento Fandhi Factor VIII anti-hemofílico, que fue suministrado por la empresa Distrimedical sin tener la representación, ni la experiencia, ni la capacidad, ni autorización para comercializar ese producto.

La empresa con sede en Ibagué (Tolima) y constituida en el 2010, en tres años, recibió cerca de 11.000 millones de pesos por suministro de ese medicamento formulado a pacientes diagnosticados con hemofilia.

Sin embargo, el abogado Marín sostuvo que Ariza Quintero no se apropió del dinero que ingresó a la Comfamiliar por el recobro del medicamento a las dos secretarias de salud. “No es cierto y lo probé y se lo dije a la señora juez…”.

Sostuvo que entregó en el juicio las certificaciones de indemnización a las secretarías de Salud del Huila y de Boyacá. “La prueba legal, la prueba expedida por la autoridad que son los secretarios de salud Departamental de Huila y Boyacá donde dicen expresamente en el oficio que me contestan el 21 de septiembre de 2018 y el 24 de septiembre de 2018 que esas dos entidades recibieron todo el dinero que le habían pagado a Comfamiliar y que habían sido recibidos indexadamente con todos los intereses, por lo tanto, cada una de ellas se consideró indemnizados integralmente, es decir no hay un perjuicio”.

Aseguró que los recursos no se perdieron. “Me parece una falta de responsabilidad y de seriedad que la señora juez en su anuncio del sentido el fallo que diga que se perdieron dineros de la seguridad social, bienestar de los pobres. No es cierto, todos los dineros fueron devueltos en su oportunidad a las dos secretarías de Salud Departamental”.

El abogado precisó además que el dinero nunca ingresó a las cuentas de Armando Ariza ni de la Caja de Compensación. “Jamás eso dineros entraron a las arcas de Comfamiliar de tal manera que es otra impropiedad de la señora juez al decir que Comfamiliar se quedó con esa plata o Armando Ariza, pues obviamente muchísimo menos”.

Precisó que al devolverse el dinero el delito de estafa se cae. “Cuando estamos hablando de estafa, la estafa indica que una vez se devuelven integralmente los dineros y el afectado dice: me considero indemnizado integralmente, como lo dicen las dos secretarías, se constituyen un acto jurídico de destipificación del delito, no hay delito por haberse devuelto oportunamente, indemnizado totalmente”.

La Fiscalía sostuvo que el medicamento Fandhi recobrado no estaba enriquecido con el Factor VIII, estaban incluido en el POS y las unidades nunca ingresaron a la farmacia de Comfamiliar.

Sin embargo, Marín señaló que el Invima a través de la sala de medicamentos reconoció en el 2015, después de haberle pedido literatura sobre el medicamento a laboratorio Grifols en Barcelona (España), modificó la resolución del registro sanitario al comprobar que sí tenía el Factor VIII Von Wilebrand (VW) 500 UI. “Pero sólo hasta el 2 de noviembre del año 2017 emitió la resolución el Invima diciendo ya en un acto administrativo declarativo que ese medicamento tiene el Von Wilebrand y que revoca la resolución del año 2007 con el registro sanitario 2007 M 00 48 78 R1 que aparecen los frasquitos del Fandhi”.