La Nación
Así será regulada la propaganda electoral en Neiva 1 19 abril, 2024
NEIVA

Así será regulada la propaganda electoral en Neiva

Cumpliendo la normativa nacional, a través del Decreto 0432 de 2023 se regulará la publicidad que se publique en diferentes medios de comunicación y en sitios públicos.

La Alcaldía de Neiva en concordancia con los lineamientos del Consejo Nacional Electoral y mediante el Decreto 0432 de 2023, estableció regular la publicidad política o propaganda electoral en el municipio por parte de los partidos y movimientos políticos, comités inscriptores de grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y de comités independientes de promotores del voto en blanco durante las elecciones que se desarrollarán el 29 de octubre de 2023.

Según el secretario de Gobierno de Neiva, Raúl Rivera Cortés, el presente decreto contiene las reglas generales y particulares en materia electoral, cuyas bases son las resoluciones proferidas por el Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Seguimiento Electoral del Municipio.

“Este decreto comenzó a regir el martes 16 de mayo y tiene vigencia durante todo el proceso electoral hasta que éste concluya. En él también se incluyen las consultas populares de los partidos (si las hubiere) y regula la recolección de firmas que hacen algunos candidatos con miras a lograr su inscripción”, sostuvo el Secretario de Gobierno.

Medidas

De acuerdo con el decreto expedido, está permitida la instalación de 14 vallas publicitarias por cada campaña de quienes aspiran a las elecciones 2023, además deben contar con un área de hasta 48 metros cuadrados en los lugares autorizados dentro del perímetro urbano, suburbano y rural del municipio de Neiva.

En cuanto a la autorización de publicidad en la radio, se estableció que el número de cuñas será solo hasta de 50 diarias, cada una con hasta 25 segundos, siendo estas contratadas en una o varias emisoras sin exceder el total del número determinado.

Con respecto a los medios de comunicación impresos, el decreto especifica que cada campaña tiene derecho a publicar 8 avisos hasta el tamaño de una página por cada edición.

También, se establece que el número de cuñas en televisión que se pueden contratar y difundir son solo hasta 5, cada una de hasta 25 segundos, siendo contratadas por uno o varios canales, sin exceder el total del número determinado.

Para la publicidad en pasacalles, se determinó que no debe exceder de dos pasacalles por candidato en cada comuna en una distancia mínima de 100 metros por cada eje vial y hasta 5 pendones por candidato en cada comuna, en una distancia mínima de 100 metros por cada eje vial.

Indicó el funcionario que quienes incumplan el decreto municipal serán sujetos de sanción por parte del Consejo Nacional Electoral, a la vez que la Secretaría de Gobierno a través de la Dirección de Espacio Público y la Dirección de Justicia estarán adelantando actividades de control, regulación y sanción, apoyados con la Policía Nacional para el cumplimiento de ley.

“La publicidad exterior está permitida a partir del 29 de junio y hasta el 29 de octubre. Esta publicidad no se puede ubicar en el microcentro de Neiva, solamente en vallas, elementos o sitios, que estén debidamente autorizados por el Departamento Nacional de Planeación Municipal”, puntualizó el funcionario.

Lineamientos nacionales

Finalmente, cabe aclarar que estas acciones están enmarcadas dentro de los lineamientos del Código Nacional Electoral, la Ley 130 de 1994, la Resolución No. 28229 del 14 de octubre de 2022, la Resolución No. 0331 del 12 de enero de 2023 y la Resolución 0332 del 12 de enero de 2023, emitida por el Consejo Nacional Electoral y el Decreto Municipal 928 de 2009.