La Nación
Colombia “ha violado los derechos soberanos y jurisdiccionales de Nicaragua” 1 20 abril, 2024
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Colombia “ha violado los derechos soberanos y jurisdiccionales de Nicaragua”

La Corte Internacional de Justicia de La Haya falló en contra de Colombia. Además, el tribunal le pidió al Gobierno colombiano “cesar” su interferencia en aguas internacionales. 

Redacción Web/LN

La Corte Internacional de Justicia de La Haya dio lectura a su fallo sobre el diferendo entre Colombia y Nicaragua. Este último alega que se han violado los compromisos que se derivaron de la decisión tomada por la CIJ en 2012. El tribunal falló a su favor y pidió a la nación “cesar” su interferencia en aguas internacionales.

“Colombia ha violado su obligación internacional de respetar los derechos y jurisdicción de Nicaragua sobre su zona económica exclusiva, interfiriendo con actividades de pesca e investigación marítima y sobre embarcaciones de Nicaragua”, dice un apartado del fallo.

Asimismo, la corte en La Haya indicó que “Colombia no ha logrado establecer que los habitantes del archipiélago de San Andrés, especialmente los raizales, disfrutan de derechos de pesca artesanal en las aguas ahora ubicados en la zona exclusiva económica de Nicaragua“.

Esta es la sentencia de La Haya sobre disputa entre Colombia y Nicaragua:

  • Por 10 votos a 5 adjudicar bajo la disputa en relación con las violaciones relacionadas por la República de Colombia cubre los reclamos basados en estos eventos proferidos por la república de Nicaragua que ocurren después de noviembre de 2013.
  • Por 10 votos a 5 se encuentra que la República de Colombia ha violado a la República de Nicaragua los derechos soberanos de jurisdicción a esas zonas marítimas, dice la CIJ en La Haya en su fallo
  • Por 9 votos a 6 al autorizar las actividades de pesca la República de Colombia ha violado los derechos de soberanía en esta zona marítima.
  • Por 9 votos a 6 se encuentra que la República de Colombia debe cesar la conducta proferida en los parágrafos antes mencionados.
  • Por 13 votos a 2 se encuentra que la zona integral contigua establecida por la República de Colombia no es de conformidad con la ley internacional.
  • Por 12 votos a 3 se encuentra que la República de Colombia debe por medio de sus propias elecciones traer a conformidad con los derechos internacionales las provisiones del decreto presidencial de septiembre de 2013 como fue enmendado por el decreto 1119 de junio 17 de 2014 en relación con las fronteras marítimas.
  • Por 12 votos a 3 se halla que las líneas rectas de Nicaragua no tienen conformidad con la ley internacional.
  • Por 14 votos a 1 se rechazan todas las demás solicitudes hechas por las partes.

Pese a que ahora se conoce este fallo de la Corte Internacional de Justicia, es necesario apuntar que esto no significa el fin del diferendo que cursa entre los dos Estados pues, ante este mismo tribunal, actualmente cursa otra demanda en contra de Colombia, en la que Nicaragua señala la necesidad de establecer límites marítimos claros, diciendo que desde nuestro país, y como parte del no reconocimiento al fallo de 2012, se fijó una “Zona Continua Integral” que, de acuerdo a los argumentos de los abogados nicaragüenses, se superpone a un territorio que la misma Corte había reconocido a su estado en dicha providencia.