La Nación
Autorizan extradición de ‘narco’ colado 2 29 marzo, 2024
INVESTIGACIÓN

Autorizan extradición de ‘narco’ colado

Un falso guerrillero capturado el año pasado en Gigante (Huila) será procesado en Estados Unidos por narcotráfico. Su hermano, líder de ‘Los Comba’ responde ante un juez federal de Brooklyn (Nueva York).

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

El supuesto ex guerrillero de las antiguas Farc, Uldarico Narváez Ansazoy, capturado en Gigante (Huila), será extraditado a Estados Unidos, donde será procesado por narcotráfico.

Su hermano, Santos Román Narváez, uno de los líderes de la banda criminal ‘Los Comba’,  quien fingió también su militancia en la organización insurgente, hoy responde en juicio en Estados Unidos, por concierto para distribuir cocaína.

Ambos fueron amnistiados, reconocidos y acreditados dentro de las listas de miembros de las Farc, por la Oficina del Alto Comisionado de Paz.

Sin embargo, luego se develó que se habían ‘colado’ y pretendían arroparse con los acuerdos de paz y evitar su judicialización por narcotráfico, actividad a la que han estado dedicados en el sur del país.

La organización, heredera de ‘Los Rastrojos’ y luego del Cartel del Norte del Valle, se asentó en Cauca y Putumayo, donde controlan la producción y tráfico de estupefacientes.

La Oficina del Alto Comisionado para la Paz, el 15 octubre de 2019 lo acreditó como miembro integrante de las Farc. Luego se demostró que era un “colado” y fue expulsado.

La extradición de Uldarico Narváez, fue autorizada mediante Resolución Ejecutiva 071 expedida el primero de julio de 2020 firmada por el Jefe del Estado y la ministra de Justicia, Margarita Cabello.

El Gobierno de los Estados Unidos mediante Nota Verbal No. 1980 expedida el 12 de octubre de 2016, solicitó la detención provisional con fines de- extradición requerido para comparecer a juicio por delitos federales de tráfico de narcóticos.

 

La captura

En atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 20 de octubre de 2016, ordenó la captura con fines de extradición del ciudadano Uldarico Heriberto Narváez Anzasoy.

La captura se hizo efectiva el 31 de julio de 2019, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una notificación Roja de Interpol.

Uldarico Narváez fue capturado en la carrera 4 con calle 2 en Gigante (Huila) donde estaba radicado.

La Embajada de los Estados Unidos mediante Nota Verbal número 1590 del 27 de septiembre de 2019 formalizó la solicitud de extradición

La misión diplomática informó que dicho ciudadano es el sujeto de la acusación dictada el 2 de diciembre de 2015, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York.

 

La acusación

En la mencionada acusación le imputaron los delitos concierto internacional de elaboración y distribución de cocaína, los mismos cargos formulados a su hermano, extraditado en septiembre del año pasado.

“Entre el primero de julio de 2009 y el 30 de abril de 2013 o alrededor de estas fechas, Uldarico Narváez Ansasoy con conocimiento e intencionalmente con otras personas, incluido su hermano, Santos Román, ya extraditado, concertaron para elaborar y distribuir cinco kilogramos o más de una sustancia que contenía cocaína”, precisa la acusación.

“El 5 de febrero de 2014, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York emitió un auto de detención para la captura de Uldarico Heriberto Narváez Anzasoy con base en los cargos descritos en una acusación previa”, argumentó la sede diplomática.

“Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable. Todas las acciones adelantadas por Uldarico Heriberto Narváez Anzasoy en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997”, precisó.

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La extradición

El Ministerio de Justicia mediante oficio del 17 de octubre de 2019 remitió el expediente de extradición a la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz para que en ejercicio de su competencia preferente se pronuncie sobre la garantía de no extradición.

No obstante, el propio Narváez desistió de esa garantía y el expediente fue archivado.

El Ministerio de Justicia lo remitió a la Corte Suprema de Justicia el 14 de noviembre de 2019. La Sala de Casación Penal mediante pronunciamiento del 11 de marzo de 2020 le dio concepto favorable a la extradición por cumplir con los requisitos que exigen las normas aplicables al caso.

“Los razonamientos expuestos en precedencia permiten tener por acreditadas las exigencias legales para conceptual de manera favorable a la solicitud de extradición formalizada por el gobierno de los Estados Unidos de Uldarico Heriberto Narváez por los cargos que se le atribuyen en la acusación”, observó la Corte.

Las condiciones

“Si el Gobierno Nacional accede a conceder la extradición deberá solicitar al país requirente que garantice al reclamado la permanencia en ese país y el retorno al de origen en condiciones de dignidad y respeto cuándo llegaré a ser sobreseído, absuelto, declarado no culpable o eventos similares incluso después de su liberación por haber cumplido la pena que le fuere impuesta”, precisó la Corte.

Además, advirtió al Gobierno le corresponde exigir que el solicitado no sea juzgado por hechos diversos de los que motivaron la solicitud de extradición, que sea sometido a sanciones distintas de la impuesta en una eventual condena, ni a pena de muerte, destierro, prisión perpetua y confiscación, desaparición forzada, torturas o a tratos crueles inhumanos o degradantes.

“De igual manera -acotó- el Gobierno debe condicionar la entrega de Uldarico Narváez a que se le respeten todas las garantías, en particular que tenga acceso a un proceso público sin dilaciones injustificadas, que se presuma su inocencia, cuente con un intérprete, tenga un defensor designado por él o por el Estado, se le conceda el tiempo y los medios adecuados para que preparen la defensa, presente pruebas y controvierta las que se aduzcan en contra de su situación,  que su privación de la libertad se desarrolle en condiciones dignas y que la sentencia pueda ser apelada ante un tribunal superior”.

 

En suspenso

Según la Corte, Narváez Ansazoy no se encuentra requerido por ninguna autoridad judicial colombiana y su captura obedeció únicamente a fines del trámite de extradición.

El Gobierno Nacional también debe exigir a los Estados Unidos que el ciudadano colombiano no sea juzgado por un hecho anterior y distinto del que motiva la solicitud de extradición. Tampoco podrá ser incluido hechos o material probatorio anterior al 17 de diciembre de 1997.

La Resolución Ejecutiva 071 de 2020, firmada por el presidente Duque quedó en suspenso por la emergencia sanitaria.

Las medidas adoptadas para contener la propagación de la pandemia obligó la suspensión de términos, incluso los fijados para el trámite de las extradiciones.

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Santos Román Narváez, responde ante un juez federal de Brooklyn.

Garantías procesales

Según el instructivo el señor Uldarico Narváez, no podrá ser condenado dos veces por el mismo hecho, ni dársele una denominación jurídica distinta a la misma circunstancia fáctica.  Igualmente el gobierno debe condicionar su entrega a que el país solicitante conforme a sus políticas internas sobre la materia le ofrezca posibilidades racionales y reales para que el extraditado puede a tener contacto regular con sus familiares más cercanos.

“De la misma manera -añadió- el gobierno encabezado por el Presidente de la República debe efectuar el respectivo seguimiento a las exigencias que imponen para la concesión de la extradición y determinar las consecuencias que se derivan de su eventual incumplimiento.

En caso de un fallo condenatorio deberá computarse el tiempo que Narváez Ansazoy ha permanecido privado de la libertad con ocasión de este trámite de extradición.

“Por lo expuesto la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia conceptúa favorablemente a la extradición de Uldarico Narváez Ansazoy por los cargos atribuidos en la acusación respectiva por la Corte Distrital de los Estados Unidos.