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CAM le ‘jala las orejas’ a los alcaldes del Huila por licencias de construcción 2 28 marzo, 2024
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CAM le ‘jala las orejas’ a los alcaldes del Huila por licencias de construcción

CAM le ‘jala las orejas’ a los alcaldes del Huila por licencias de construcción 8 28 marzo, 2024

Carlos Alberto Cuéllar Medina, director General de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM), le hizo un llamado urgente a todas las Alcaldías del Departamento para que a la hora de adelantar los trámites de licencias urbanísticas y usos del suelo, tengan en cuenta los lineamientos y determinantes ambientales establecidos en el proceso de concertación de los Planes de Ordenamiento Territorial POT de cada localidad.

“Aprovechando la existencia de los nuevos equipos de las administraciones municipales, hemos optado por emitir una circular a todas las alcaldías, especialmente a sus Oficinas de Planeación Municipal y Curadurías Urbanas cuando existen en las localidades, para que se tenga muy en cuenta que no puede haber ningún tipo de medicaciones a aspectos ambientales que fuesen concertados en los Planes de Ordenamiento Territorial”, afirmó el Director de la CAM.

Así mismo, solicitó a las administraciones locales hacer verificación con las curadurías urbanas y las Oficinas de Planeación, para el cumplimiento de dichos lineamientos ambientales que están consagrados en los POT.

“Hacemos un llamado a las actuales administraciones municipales para que no solamente se abstengan de hacer este tipo de modificaciones en la medida que se realizan ese tipo de solicitudes en las alcaldías, sino también que se verifiquen las licencias urbanísticas que se hayan podido otorgar con antelación, las cuales pueden estar contraviniendo las disposiciones de la concertación que se realizaron con la Corporación, pues este es un determinante ambiental que no puede ser modificado, además fue aprobado por los Concejos Municipales a través de los acuerdos con los cuales se reglamentaron cada uno de los 37 POT del departamento”, precisó el Director.

Para esto la autoridad ambiental del Huila recomienda a los municipios abstenerse de expedir licencias urbanísticas en suelos no autorizados, ni realizar modificaciones a los POT en cuanto a clasificación del suelo, rondas hídricas, zonas de amenazas, suelos de protección, densidades en suelo rural y desarrollo restringido, puesto que estas son competencias estrictas de la CAM.
 
Para llevar a cabo dicho procedimiento, es necesario que se cuente con el concepto técnico de la autoridad ambiental del Huila, quien definirá la viabilidad de las licencias urbanísticas y usos del suelo, teniendo como principio la conservación y protección de los recursos naturales del departamento.
 
Actualmente la Corporación está pendiente de la modificación de 30 de los 37 POT del departamento. “Queremos decirles a los entes territoriales que cuando lo consideren pertinente nosotros podemos aclarar cualquier inquietud relacionada a aspectos ambientales, para evitar que existan algunos conflictos como los que se han venido presentado en los últimos días en algunos municipios, relacionados con desarrollos urbanísticos en zonas no aptas, posiblemente motivados por permisos inadecuadamente otorgados”, manifestó Cuéllar Medina. 
 
Normatividad

En la Ley 388 de 1997 se enmarcan los parámetros sobre la conservación y protección del medio ambiente, los recursos naturales, la prevención de amenazas y riesgos naturales de los municipios. Además, se establece que ningún agente público o privado podrá realizar actuaciones urbanísticas que no se ajusten a las previsiones y contenidos en los planes de ordenamiento territorial, a su desarrollo en planes parciales y a las normas estructurales del plan o complementarias del mismo.
 
“Hacemos un llamado a las alcaldías para que tengan claridad y certeza técnica antes de emitir cualquier tipo de concepto o permiso que pueda contravenir las disposiciones y las concertaciones ya realizadas con la autoridad ambiental”, destacó Director de la CAM.