La Nación
Concejo de Hobo se quedó sin secretaria 1 25 abril, 2024
JUDICIAL

Concejo de Hobo se quedó sin secretaria

La justicia anuló la elección de Angy Carolina Morales Tovar como secretaria del Concejo del municipio de Hobo. “El proceso de convocatoria y elección de la secretaria es nulo por estar viciado…”, dijo la juez, al ordenar un nuevo proceso para elegir al funcionario.

 

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

 

Anulada quedó la elección de Angy Carolina Morales Tovar como secretaria del Concejo del municipio de Hobo, por irregularidades en el tiempo establecido entre la convocatoria e inscripción de aspirantes al cargo.

Así lo dio conocer la Juez Primera Administrativa Oral del Circuito de Neiva en la sentencia de primera instancia, al declarar la nulidad de la elección de la secretaria de la corporación edilicia para la vigencia 2021.

La joven, Angy Carolina, fue elegida el 21 de noviembre de 2020 como secretaria de la corporación, luego de adelantarse un concurso de méritos, tras abrirse la convocatoria pública e inscripciones de aspirantes.

Según la denuncia, instaurada por Raúl Andrés Herrera Suaza, la convocatoria fue realizada el 13 de noviembre de 2020 y ese mismo día se dispuso la inscripción de los aspirantes hasta el 17 de noviembre. “La Corporación no dio ni un solo día de publicidad a la convocatoria…”, dijo el denunciante.

Sostuvo que el Concejo decidió que los términos para las inscripciones corrieran desde el mismo instante de la publicación de la misma “obviando así que debía publicitar la convocatoria por un término no inferior a 10 días, en el lugar de acceso al público o por la página web del Concejo de Hobo…”.

El presidente del Concejo manifestó que los aspirantes contaron con cinco días para presentar su inscripción en la convocatoria pública.

 

No se garantizó la publicidad

La juez luego de analizar las pruebas documentales y testimoniales, manifestó que estaba viciado el proceso de convocatoria que culminó con la elección de la secretaria del Concejo de Hobo, Angy Carolina Morales Tovar. “La Corporación Edilicia no garantizó en debida forma el principio de publicidad…”, señaló la togada.

En el acuerdo se fijó el cronograma, indicando fecha de inicio de la convocatoria el mismo día dispuesto para la inscripción de candidatos “esto es, el 13 de noviembre de 2020, sin que se diera espacio, ni siquiera de un solo día para publicitar la misma, pues por el contrario desde ese mismo día y hasta el 17 de noviembre, se fijó la inscripción de los candidatos”.

Precisó la operadora judicial que el 13 de noviembre de 2020 fue un viernes, con lo que los días inhábiles fueron el sábado 14, el domingo 15 y el lunes festivo 16. “Así las cosas, fuera de que no se publicitó con antelación la convocatoria, el plazo previsto para la inscripción corrió a la par con el inicio de la misma, y tan solo terminó siendo de dos días para que los ciudadanos interesados pudieran inscribirse para participar en ella”.

Sostuvo que el proceso de convocatoria que estaba viciado. “El acto mediante el cual se posesionó a la señora Angy Carolina Morales Tovar en el cargo de secretaria de la Corporación, no está revestido de legalidad”.

Aunque el Concejo publicó en la página web la convocatoria cumpliendo así informar sobre esta, no se realizó la convocatoria con un tiempo razonable, anterior al inicio de las inscripciones. “No existió un lapso entre la convocatoria y el inicio de las inscripciones, pues fue simultáneo, al mismo tiempo, amén del lapso ínfimo para informarse y a la vez participar de dos días”, explicó la juez.

Indicó que el accionante logró desvirtuar la legalidad del proceso de convocatoria y elección de la secretaria del Concejo Municipal de Hobo, “el cual es nulo por estar viciado de infracción a las normas superiores que deben sustentarlo, y por ende los actos demandados serán declarados nulos”.

La togada no solo anuló la elección de la secretaria, sino que ordenó al Concejo de Hobo realizar nuevamente y en su totalidad, el concurso público de méritos para la elección del secretario para la vigencia 2021, “con el respeto debido a las normas fundantes”.