La Nación
Condena fiscal a contratistas del distrito Tesalia-Paicol 3 29 noviembre, 2023

Condena fiscal a contratistas del distrito Tesalia-Paicol

Después de casi diez años, la Contraloría General de la República, ordenó en un nuevo fallo, la devolución de 18.338 millones de pesos pagados por obras nunca ejecutadas en el rey de los elefantes blancos. Primicia.

RICARDO AREIZA

Investigacioneshuila@gmail.com

Una empresa española y otra de Barranquilla, asociada al grupo Nule, tendrán que devolver los recursos públicos que recibieron por obras que nunca realizaron o por actividades que no terminaron en la ejecución de la primera fase del fallido distrito de riego Tesalia-Paicol, el rey de los elefantes blancos del Huila.

La devolución de los dineros fue ordenada por la Contraloría General de la República, en un nuevo fallo de responsabilidad fiscal proferido contra los megacontratistas incumplidos.

La decisión colegiada fue firmada por la gerente departamental Doris Lorena Camacho, Elín Marcela Narváez en calidad de ponente y por Samuel Vásquez Ávila luego de probar el incumplimiento del millonario contrato, adjudicado hace 14 años.

“Se probó que los contratistas no cumplieron con las especificaciones técnicas y las obligaciones pactadas en el contrato que conllevó al descuento de obra en el acta de liquidación, con lo que su participación le representa la imposición de responsabilidad fiscal a título de culpa grave”, concluyó la directiva colegiada Elín Marcela Narváez.   El daño patrimonial, debidamente indexado, asciende a 18.338 millones de pesos.

Por esta suma de dinero responderán solidariamente, la empresa española Mondragón Soluciones Sucursal Colombia (disuelta y en estado de liquidación), dueña del 53% del consorcio y la empresa barranquillera H&H Arquitectura (hoy Hidrus S.A), asociada al grupo Nule.

Tras el descalabro financiero del grupo Nule, desatado por el escándalo de corrupción en Bogotá, el consorcio Interriego no logró ejecutar el proyecto de mediana irrigación para incorporar a la producción nacional 3.823 hectáreas.

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Enorme descalabro

El contrato No. 695 fue adjudicado el 5 de noviembre de 2009. Este primer contrato costaba inicialmente 78.652 millones de pesos con un plazo de ejecución de 25 meses. Sin embargo, recibió 108.340 millones de pesos (29.688 millones adicionales), según el último dictamen fiscal.

La obra inició el 19 de febrero de 2010 en pleno escándalo por el ‘Carrusel de la Contratación en Bogotá’.

El conglomerado, epicentro del escándalo de corrupción, admitió las dificultades financieras, lo que repercutió en la ejecución de la obra, varias veces suspendidas.

Según el cronograma, el proyecto debía entrar en operación en junio de 2011. Sin embargo, no despegó. El plazo fue extendido durante 45 meses y 29 días. Después de casi cuatro años, el contrato quedó ejecutado en un 47 por ciento.

El contrato fue cedido para facilitar su terminación, pero no logró despegar. El 4 de marzo de 2014, expiró el plazo final contractual y en consecuencia se ordenó su liquidación el 14 de octubre del mismo año.

“Mondragón dejó tirada la obra. Nunca atendió los requerimientos, jamás se presentó para verificar el estado de la obra y el estado de los suministros. Los recorridos los hacía el equipo de la interventoría. Algunas veces lo acompañaban funcionarios del Incoder”, reveló Silvio Olivera, delegado del interventor.

“La bocatoma estaba desportillada, los elementos electromecánicos no servían, no les pasaba energía. La tubería quedó regada sin control y la conducción estaba incompleta”, explicó Olivera.

Liquidación

Ante una inminente caducidad por los reiterados incumplimientos, el contrato fue cedido para facilitar su terminación, pero aun así el nuevo contratista no logró resucitarlo. El 4 de marzo de 2014, expiró el plazo final contractual y, en consecuencia, el Incoder ordenó su liquidación. Desde entonces, la recuperación de los dineros públicos no ejecutados, había sido un calvario. Incluso, alcanzó a ser archivado, pero resucitó en la segunda instancia.

 A medio camino

El contrato quedó ejecutado en un 47 por ciento. Las inversiones, según el informe preliminar, alcanzaron los 95.000 millones de pesos. La cifra final fue estimada en 108.340 millones de pesos, aportados por el Gobierno Nacional y otro porcentaje por la Gobernación del Huila.

En el acta de liquidación del contrato 695 de 2009 realizada el 14 de octubre de 2014, el Incoder, detectó un saldo pendiente de amortizar del anticipo por 12.748 millones de pesos, sin incluir los rendimientos financieros.

El consorcio nunca facturó el monto establecido de la amortización de acuerdo con el plan de inversión, pactado contractualmente.

De acuerdo con el estudio financiero, el contratista debía facturar mensualmente en promedio la suma de 2.375 millones, sin reajustes. Solamente facturó 674 millones promedio-mes, entre otras razones, por la falta de equipos, el deficiente manejo de los materiales, la inexperiencia del personal, la falta de controles, y, por supuesto, la grave iliquidez que comenzó a soportar desde su inicio por el escándalo de corrupción que estalló en Bogotá en junio de 2010.

El carrusel

En esa época el Grupo Nule manejaba numerosos contratos de obra pública, entre ellos la construcción del distrito Tesalia-Paicol. Los proyectos quedaron desfinanciados al destaparse el escandaloso carrusel de la contratación amañada en la capital colombiana.

En este torbellino, tres proyectos fueron impactados en el Huila: la pavimentación de la vía Isnos-Paletará-Popayán, el distrito de riego Tesalia-Paicol y la doble calzada Bogotá-Girardot-Neiva (aun en desarrollo).

Incumplimiento

“El daño objeto de investigación, se encuentra determinado por las irregularidades presentadas en la ejecución del contrato de obra No. 695 de 2009, celebrado entre el Incoder (hoy ADR) y el consorcio Interriego, en cuya liquidación, se reconocieron y pagaron valores que no cumplen con las especificaciones técnicas y obligaciones pactadas en el contrato, que generaron un detrimento patrimonial al erario calculado en la suma de $12.748.500.000”, concluyó la contralora colegiada Elín Marcela Narváez.

Las irregularidades reportadas en el hallazgo fueron confrontadas y validadas a través de informes de apoyo técnico rendidos por profesionales adscritos al ente de control fiscal.

Sin embargo, ante la presentación de un segundo informe con fecha 4 de agosto de 2023, se actualizó el cálculo de la magnitud del daño patrimonial.

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Culpa grave

Mondragón Soluciones Sucursal Colombia (disuelta y en estado de liquidación), desde su posición de contratista, incumplió sus obligaciones derivadas del contrato objeto de control fiscal y a pesar de ello, se benefició económicamente, según la decisión, ya confirmada en segunda instancia.

“Su actuar se tradujo en una gestión antieconómica, ineficiente y negligente, al transgredir los compromisos planteados desde la etapa pre contractual a la construcción del sistema de riego proyectado”, acotó la agente fiscalizadora.

“Mondragón Soluciones Sucursal Colombia contribuyó de manera directa y determinante en la producción del daño sufrido por Incoder, ya que su omisión, conllevó a recibir el pago por actividades e ítems que no cumplían con las condiciones pactadas en el contrato y que debieron ser descontadas en el acta de liquidación, comprometiendo su responsabilidad en el grado de culpa grave”, concluyó.

La misma responsabilidad le fue atribuida a la firma H&H Arquitectura S.A. (hoy Hidrus S.A. en liquidación), en su calidad de integrante del consorcio.

En el caso de la empresa INAR no confluyó en la generación del daño patrimonial por lo que lo procedente es el fallo sin responsabilidad fiscal.

La misma situación ocurrió frente al ex secretario General del Incoder, Carlos Adolfo Arenas Campos, quien tramitó sin éxito la cesión del contrato y dispuso la liquidación.

“Arenas Campos en su condición de Secretario General de Incoder, no coadyuvó a la generación del daño, rompiéndose el nexo de causalidad entre su actuar y el daño evidenciado por lo que procede a fallar sin responsabilidad fiscal en su favor”, concluyó.

La decisión fue confirmada por el contralor delegado Intersectorial Aristides José Herrera Posada al desatar la segunda instancia en grado de consulta (Auto No. URF2 – 1342 expedido el 3 de noviembre de 2023).

 El funcionario estimó que Arenas Campos “adoptó las medidas administrativas adecuadas para la protección de los recursos públicos y si bien fue infructuoso el propósito perseguido si fue lo suficientemente relevante para evitar un daño mayor”.

 “Las conclusiones a las que ha llegado la instancia de conocimiento resultan coherentes con el soporte documental allegado al plenario, en el cual se observa el constante registro de los incumplimientos originados en la ejecución del contrato por parte del consorcio contratista, incumplimientos que, en el momento de la liquidación, orientaron al interventor a efectuar descuentos que aparentemente compensaba las cargas económicas del acuerdo contractual.

Según el contralor delegado, la acción de responsabilidad fiscal no se adelantó por los factores materiales de la ejecución del contrato sino por la liquidación financiera del mismo.

Finalmente compulsó copias de esta providencia y de la totalidad del expediente a la Fiscalía General de la Nación, para que se investigue presuntos delitos en los que pudieron incurrir dentro de los hechos por los cuales se adelantó el presente proceso de responsabilidad fiscal.

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Los contratistas dejaron abandonada la obra.

Otros procesos

Por el segundo contrato 0939, adjudicado al consorcio Tesalia 2014, otro monumental fiasco, la entonces Directora de Vigilancia Fiscal de la Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario abrió otro proceso (Auto No. 015 del 15 de julio de 2020).

En este orden vinculó inicialmente como presuntos responsables a los representantes legales de las empresas españolas Marco Obra Publica SA, sucursal Colombia, Guido Cadelo Raimondi, lo mismo que al gerente de la Constructora de Obras Municipales (Comsa SA), Andrés Sanmiguel Castaño, en calidad de miembros del consorcio Tesalia 2014.

Igualmente, a Alirio Giovanny Cárdenas Rico, representante legal de la firma Edivial, integrante del consorcio y la empresa Perdomo y Luna Ltda (Perlun Ltda), representada por Diego Fernando Perdomo Rojas.

Anticipos

Con la liquidación anticipada la Agencia de Desarrollo Rural (antes Incoder) presentó una demanda ante el Tribunal Administrativo, reclamando el pago de los saldos pendientes del anticipo.

La acción contractual pretende la devolución del valor de los saldos que le adeudan, según el acta de liquidación por mutuo acuerdo del contrato de obra No. 695 de 2009, suscrita por las partes contratantes el 10 de octubre de 2014.  Adicionalmente, que pague el anticipo no amortizado, los rubros imprevistos no ejecutados, la cláusula penal pecuniaria y el contrato de interventoría.