La Nación
Consorcio Estadio 2014 no se salvó de sanción administrativa 1 23 abril, 2024
NEIVA

Consorcio Estadio 2014 no se salvó de sanción administrativa

El Ministerio del Trabajo decidió imponer la sanción administrativa a Jarlinson Hurtado Salas, L.A. Constructores SAS, y Mil Ingenieros Constructores SAS, integrantes del Consorcio Estadio 2014, y Miguel Alejandro Lozano Castañeda, por las consecuencias fatales del accidente del 19 de agosto de 2016 del estadio ‘Guillermo Plazas Alcid, donde cuatro vidas se perdieron, sumadas a las 12 personas que resultaron heridas.

La sanción consiste en una multa equivalente a 300 salarios mínimos, que equivale a $248.434.800 millones de pesos. Esta cantidad debe ser consignada a la EFP Minprotección-Fondo de Riesgos Profesionales, en el término de 15 días hábiles a la ejecutoria de la resolución.

El próximo 12 de agosto se fija el edicto, y ya se hicieron las publicaciones por la página web del Ministerio y cartelera. El abogado del Consorcio fue notificado el pasado 31 de julio. A esta decisión procede recurso de reposición y/o apelación los días 10 siguientes a la notificación ante el Director Territorial del Huila y la Dirección General de Riesgos Profesionales respectivamente, a efectos de garantizar el debido proceso. La decisión está en firme hasta tanto el Ministerio y la Dirección de Riesgos Laborales resuelva la segunda instancia si se presentan los recursos.

El Ministerio hizo un análisis probatorio sobre la documentación que se allegó por parte de la defensa del Consorcio, y adoptó la decisión de imponer la sanción.

Casi tres años demoró el Ministerio para llevar este proceso de sanción administrativa que parecía no avanzar y que finalmente, a contados días de vencer los términos, se conoció una decisión por parte de la actual Directora Territorial del Huila del Ministerio del Trabajo, Clara Inés Borrero Tamayo.

 

Los hechos

El 19 de agosto de 2016, se presentó el desplome de las graderías de la Tribuna occidental del estadio Guillermo Plazas Alcid, las cuales se encontraban siendo adecuadas y remodeladas, obra a cargo del Consorcio Estadio 2014, situación en la que perdieron la vida 4 trabajadores y otras más resultaron heridos.

A partir del momento en que se informa la ocurrencia del accidente, el Director Territorial del Ministerio de Trabajo del momento asignó inspector para adelantar el trámite de averiguación preliminar y ordena la práctica de unas pruebas y visitas de inspección. El 20 de agosto de 2016, el Inspector ordena paralizar de inmediato los trabajos en la obra de la fase 1 del estadio. Días después, el consorcio manifestó afectaciones económicas y financieras graves que llevarían a las empresas consorciadas a una inminente quiebra, y solicitó en cuatro ocasiones de manera prioritaria la apertura de la obra.

El 27 de septiembre de 2016 el Ministerio de Trabajo levanta parcialmente la suspensión de actividades en lo relacionado con el trabajo de montaje de estructura metálica y cubierta de la tribuna occidental. Finalmente el 12 de octubre de 2016 y luego de la solicitud que hiciera de nuevo el Consorcio el Ministerio de Trabajo ordena levantar la orden de suspensión de actividades para que se pueda llevar a cabo las diferentes obras preventivas y correctivas del estadio frente 1 y 2.

Luego, el Director Territorial del momento formuló cargos contra quienes conforman el Consorcio Estadio 2014 en razón del accidente de trabajo mortal en el cual perdieron la vida Feney Stiven Bolaños López, Wilson Rodríguez Serrato, Eliberto Vélez López, y Edinson Cabrera Rojas.

Impuso cargos por el presunto incumplimiento de suministrar en forma adecuada a los trabajadores, antes de iniciar cualquier ocupación, las instrucciones sobre los riesgos y peligros que puedan afectarle, y sobre las normas y métodos para prevenirlos en concordancia con Resolución 2400 de 1979 y artículo 91 del Decreto 1295 de 1994; y por el presunto incumplimiento de procurar el sumo cuidado de los trabajadores y los ambientes de trabajo de acuerdo con lo consagrado en el artículo 21 y 56 del Decreto 1295 de 1994 en concordancia con el artículo 84 de la ley 9 de 1979.

Según indicó ese despacho, el consorcio no evidenciaba un estudio, una previsión de que las graderías existentes, que tenían más de 30 años de construidas soportaran la estructura nueva del estadio. “No se tuvo la prevención de determinar que esa estructura, primero por la antigüedad, y segundo por el peso de la construcción misma iba a generar necesidad de dilatación que fue la que finalmente hizo que la estructura cayera”.

El Consorcio estadio 2014 alegó que “al hacer evaluaciones estructurales de esta gradería antigua, antes del colapso, indicaban que sí estaban en capacidad de soportar las cargas de las formaletas y el concreto nuevo a colocar, por lo que la constructora y la interventoría tomaron la decisión de no colocar parales soportando las graderías existentes, basados en el Estudio de Vulnerabilidad Sísmica adelantado en el año 2010, por un ingeniero civil contratado por el Municipio de Neiva, este hecho factico, hizo que se indujera a un error generado por un tercero, que pudo haber causado el colapso”.

Y señala que, “los dictámenes periciales son prueba idónea, conducente y pertinente para el esclarecimiento de los hechos, por lo que se cae de su peso el segundo cargo, porque el Consorcio Estadio 2014  sí contó con los estudios técnicos necesarios y pertinentes de las graderías que le fueran suministrados por la Administración Municipal de Neiva para que ejecutara las obras del estadio Plazas Alcid…”.

Concluye diciendo que, “… no existe prueba que apunte demostrar responsabilidad del Consorcio Estadio 2014, respecto de la supuesta conducta omisiva de no contar con un estudio técnico sobre el estado de las graderías de la antigua tribuna occidental, cuando realmente al contratista fue entregado un estudio técnico elaborado en la vigencia 2010…”.

Consorcio Estadio 2014 no se salvó de sanción administrativa 7 23 abril, 2024
El Ministerio del Trabajo determinó que no el consorcio no tuvo en cuenta realizar unos nuevos estudios técnicos, y se quedó con los del 2010. La tragedia fue inminente.

El análisis del Ministerio

La Dirección Territorial del Ministerio de Trabajo inicio el proceso sancionatorio haciendo un análisis de los hechos y las pruebas allegadas. Encontró que el cargo primero no estaba llamado a prosperar. Luego, el despacho consideró que el Consorcio Estadio 2014, pese haber realizado las obras de las graderías del estadio con fundamento en el estudio Técnico del 2010 contratado por el Municipio de Nieva, no tuvo en cuenta las recomendaciones allí expuestas, ni realizaron nuevos estudios o reajuste basado en nuevos análisis que hubieran prevenido el siniestro que ocurrió el 19 de agosto de 2016.

Entre las recomendaciones del mencionado estudio Técnico estaban: …Determinación del sistema estructural de resistencia sísmica, estructura occidental existente, índices de flexibilidad.

Indicó el Despacho, que el consorcio no realizó una evaluación de la capacidad de carga de las graderías antiguas para diferentes valores de resistencia a la comprensión del concreto desarrollada por el ingeniero civil en el 2010, en la cual se puede observar que existe una alta probabilidad que las graderías del antiguo estadio hayan sido el factor detonante del colapso por la mala calidad de los concretos que tenían estas graderías antiguas.

Por otra parte, “si bien se había realizado un estudio en el año 2010, de que tuvo conocimiento el Consorcio Estadio 2014, y en el cual basó sus cálculos para la construcción estructural, el mismo estudio señala que la estructura ya contaba con 30 años de funcionamiento y que el paso del tiempo ha surtido sus efectos en la estructura, y así mismo lo continuara realizando so pena de tomar las acciones de reforzamiento que toda estructura antigua requiere”.

“Es así como queda claro que el Consorcio no tuvo la previsión de actualizar los estudios de sismo resistencia de la estructura antes de realizar los cálculos para apoyar las estructuras para fundir la nueva tribuna, inclusive teniendo de presente, que el estudio realizado en el año 2010 advertía de las medidas que se debían tomar para evitar un posible colapso de la estructura, el consorcio o probó haber tomado ninguna acción para reforzar la estructura previo al uso de la misma para fines de la nueva tribuna, lo que evidentemente fue el detonante para que fallara la estructura y causara la lamentable pérdida”, señala la Dirección Territorial del Ministerio de Trabajo en su decisión sancionatoria.