La Nación
Controversia por caída de cadena perpetua para asesinos y violadores de niños 1 18 abril, 2024
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Controversia por caída de cadena perpetua para asesinos y violadores de niños

Un fuerte choque ha causado en la esfera política del país la decisión de la Corte Constitucional de tumbar la ley Gilma Jiménez aprobada en junio pasado por el presidente Iván Duque. Las opiniones están divididas, pues mientras algunos dirigentes rechazan el fallo asegurando que no se están protegiendo los derechos de los menores, otros lo defienden al considerar la iniciativa poco efectiva.

Lucía Sánchez

Temadeldía@lanación.com.co

La decisión de la Corte Constitucional de tumbar la cadena perpetua para asesinos y violadores de menores en Colombia ha generado todo tipo de reacciones y abierto un nuevo debate en el país, entre quienes defienden la caída de la ley, pues la consideraban como una acción de populismo punitivo, y aquellos que critican al alto tribunal y aseguran que no se están protegiendo los derechos de los niños.

La ley denominada Gilma Jiménez que fue sancionada en junio pasado por el presidente Iván Duque, tenía como característica principal que la cadena perpetua sería una sanción excepcional, aplicada solo en los casos en los que se reunieran diferentes conductas que agravaran la agresión sexual y violencia contra un niño o niña. Además, la pena debería ser revisada en un plazo no inferior a 25 años, para evaluar la resocialización del condenado.

Tras conocerse la polémica decisión, el presidente Iván Duque manifestó que seguirá luchando por que se implante la cadena perpetua para los agresores de menores en el país. “Miles de niños asesinados y abusados merecen que sigamos la lucha por la prisión perpetua. Esta fue la causa de Gilma Jiménez y la de miles de familias y también la nuestra”, escribió el jefe de Estado en redes sociales.

El ministro de Justicia, Wilson Ruiz, dijo que es lamentable este fallo de la Corte Constitucional. “Siento gran dolor y tristeza ante esta noticia, porque me parece a mí que ningún victimario puede estar por encima de las víctimas”, expresó.

Por su parte, el senador de la Colombia Humana, Gustavo Petro, dijo que se opuso al proyecto, “no solo porque la Constitución prohíbe malos tratos y tortura contra cualquier persona independientemente de su delito, sino porque el Estado no se puede igualar a los garavitos, que es lo que precisamente hizo Duque”.

De su lado, el senador huilense, Ernesto Macías, también manifestó su posición frente a la controversial decisión del alto tribunal. “Cuando se propone una “Constituyente”, aparecen los opositores de oficio. Pero hay reformas cada día más urgentes.  La @CConstitucional no permite fumigar la coca; revive las 16 curules del acuerdo FARC; y tumba la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños”, dijo.

El senador Gustavo Bolívar en contraste refirió lo siguiente: “Cuando se debatió cadena perpetua a violadores dije a mis colegas: no creo en penas que impiden la resocialización del individuo, los 60 años que estipula la ley me parecen suficientes, pero si tuviera que votar a favor lo haría por #CadenaPerpetuaACorruptos”.

Mientras el precandidato presidencial por el Centro Democrático, Óscar Iván Zuluaga, también manifestó su opinión al respecto, al decir que “la única justicia que funciona es la que le da paz y tranquilidad a un país. La Corte debió entender esto antes de abolir la cadena perpetua para asesinos y violadores de niños”.

Los magistrados que tumbaron la cadena perpetua fueron Cristina Pardo, José Fernando Reyes, Alberto Rojas, Alejandro Linares, Diana Fajardo y Jorge Enrique Ibáñez. Los tres votos en contra fueron de los magistrados Antonio José Lizarazo, Gloria Ortiz y Paola Meneses.

Los argumentos de la Corte Constitucional

➣Uno de los argumentos por los cuales la Corte Constitucional tumbó la ley Gilma Jiménez, fue amparada en que la cadena perpetua genera efectos graves para la dignidad humana de la persona que es condenada y, de cierta forma, para el sistema penitenciario.

➣Tras estudiar ocho demandas que pedían que se declarara inconstitucional esta Ley, la Corte Constitucional aseguró que el acto legislativo que aprobaba la pena representaba un retroceso en la humanización de las condenadas en Colombia.

➣El alto tribunal también argumentó que al aprobar esta ley no se solucionaba la problemática de la vulneración de los derechos de los menores y, además, no se cumplía con el fin primordial de la pena privativa de la libertad intramural, que es la resocialización de la persona condenada.

➣La Sala plena de la Corte además señaló que la pena de prisión perpetua revisable no es una medida idónea para asegurar la protección de los niños, niñas y adolescentes víctimas de los delitos que regula.

➣Aunque el fallo reconoce que la Ley incluyó la imposición de la pena perpetua de forma excepcional y como la pena más grave contra los delitos cometidos contra la vida e integridad de menores, revisable a los 25 años, para la Corte este mecanismo no cumple con los estándares para considerarla una pena respetuosa de la dignidad humana.