La Nación
Corte Constitucional mantiene restricción al uso de glifosato 1 18 abril, 2024
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Corte Constitucional mantiene restricción al uso de glifosato

Para los colombianos no es nueva la discusión sobre si se debe o no el glifosato para fumigar cultivos ilícitos. Precisamente, ayer la Corte Constitucional tuvo un debate fundamental para el futuro de este herbicida en la lucha contra las drogas en el país.

La Corte, mantuvo los requisitos para que el Gobierno pueda volver al uso de esta herramienta y decidió que para reanudar el programa de aspersión aérea se deben cumplir los que estableció en el año 2017.   Fueron seis condiciones las que se establecieron para volver a la aspersión aérea con este herbicida.

“Para la reanudación del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitomediante la Aspersión Aérea con Glifosato (PECIG), suspendido mediante las Resoluciones 006 de 2015 del Consejo Nacional de Estupefacientes y 1214 de 2015 de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), deberán cumplirse los requisitos previstos en el ordinal cuarto de la parte resolutiva de la Sentencia T-236 de 2017”, sentenció la Corte.

La más importante de ellas indica que la única forma de reanudar el glifosato es haciendo una investigación científica que, “demuestre ausencia de daño para la salud y el medioambiente”. 

“No equivale a demostrar por una parte que existe certeza absoluta sobre la ausencia del daño, ni equivale a demostrar que la ausencia de daño es absoluta, o que la actividad no plantea ningún riesgo absoluto”, explicó la magistrada Gloria Ortiz, presidenta de la Corte Constitucional.

Además, el Gobierno también debe crear una regulación especial para alertar posibles riesgos, e incluir en el Consejo Nacional de Estupefacientes a un representante étnico que pueda tener voto para garantizar la consulta previa, entre otras condiciones.

El alto tribunal también indicó que la decisión de reanudar la aspersión con glifosato es del Consejo Nacional de Estupefacientes y las autoridades políticas.

“Las condiciones se mantienen con precisiones. Lo que estamos dejando claro surgió con ocasión de un debate que el país dio, y que consideramos que no se entendió la sentencia del 2017 en la dimensión que ella tenía”, dijo la magistrada Ortiz.

Así que eso significa que si bien del fallo del 2017 se entendía que se debía demostrar que el herbicida no implica un riesgo, ahora la evidencia científica que se debe tener en cuenta es la que indique cómo minimizar los riesgos, lo que le dejó el camino más fácil al Gobierno para volver a usarlo.