La Nación
Demolición de Bethel no tiene reversa 2 16 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Demolición de Bethel no tiene reversa

El desmonte del exótico refugio hotelero construido en el desierto de La Tatacoa, tendrá que ejecutarse irremediablemente. El constructor Frank Corredor defendió el proyecto pero no respondió los cargos formulados por la autoridad ambiental que lo sancionó.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

 

Bethel, el típico hostal construido en pleno desierto de La Tatacoa, no podrá seguir operando, en ese lugar considerado zona especial de protección ambiental.

Aunque Frank Corredor Rincón, el principal accionista, calificó la decisión de “amarillista”, no logró desvirtuar los cargos que le formuló la Cam, ni pudo probar que tenía los permisos ambientales. Tampoco pudo explicar los impactos negativos que la exótica estructura está generando en el emblemático lugar, considerado hoy como un destino turístico de talla mundial.

“La actividad hotelera donde se presta el servicio de alojamiento, restaurante y piscina no se enmarca dentro de los usos ambientalmente permitidos y por lo tanto, tendrá que salir del área de preservación”, concluyó la autoridad ambiental al ordenar la demolición.

Sin embargo, no será inmediata. La sociedad empresarial podrá interponer un recurso de reposición en un término de diez días, una vez se haga la notificación personal, diligencia que no se ha surtido por negativa de los afectados.

“Lo claro, es que la medida no tendrá reversa”, explicó uno de los especialistas que documentaron  las afectaciones ocasionadas a la zona de manejo integrado.

En firme la decisión, el constructor tendrá que desmantelar toda la infraestructura y restaurar la zona impactada.

El  complejo fue construido, en la vereda Palmira dentro de la zona de restauración, contrariando los usos principales, compatibles y condicionados definidos en el plan de manejo ambiental, adoptado con posterioridad a los primeros trámites iniciados por el emporio turístico.

Por esa razón no es posible, bajo las nuevas condiciones de protección ecosistémica, otorgarle la licencia ambiental para que pueda continuar operando.

Por el contrario, el novedoso hostal, genera impactos ambientales negativos como vertimientos de aguas residuales, alteración directa en la regulación hídrica desde el nacimiento, interfiriendo en su tránsito directo a los sus afluentes. Además, afecta la calidad del agua de los drenajes naturales y el agua subterránea por la descarga de los vertimientos provenientes del complejo turístico.

 

La súplica

No obstante, el controvertido empresario Frank Corredor, el principal accionista del complejo hotelero reaccionó ayer arremetiendo contra la corporación.

“En este momento nos quieren cerrar y además, sancionar multimillonariamente”, confirmó en las redes sociales.

“Obviamente-dijo- tenemos derecho de réplica, lo que no sería de manera inmediata y podría tener un tiempo de muchos años”.

Aunque no respondió los cargos contundentes formulados por la autoridad ambiental ni los impactos negativos que genera al extraordinario ecosistema, reiteró que cuenta con los permisos, lo cual no es cierto.

“El 2 de enero de 2016 se acerca un funcionario de la Cam a pedir los permisos los cuales no tenía en físico en el hotel por lo que impone el cierre inmediato del hotel a lo que nos opusimos, obviamente negándole la entrada”, explicó en su primer pronunciamiento.

“Al día siguiente llega con la policía pero ya teníamos los documentos en físico y me dice que no sirven y que podría ayudarnos por lo que se va”, anotó.

“Posteriormente nos enteramos que este funcionario pedía dineros a caficultores, constructoras, pesqueras y otros segmentos productivos del Huila por lo que es capturado en el 2017 y en este momento tiene una investigación”, afirmó en las redes sociales. La entidad no se pronunció sobre este tópico.

 

Desacato

En el voluminoso expediente que se adelanta desde hace cinco años están consignadas las reiteradas omisiones por parte del constructor y el demostrado desacato.

Antes de ser declarada zona de conservación, Corredor Rincón solicitó la concesión de aguas. El proyecto fue presentado el 19 de mayo de 2010. El trámite se inició el 26 de octubre de 2010.

El 8 de febrero de 2011 la Dirección Territorial Norte le otorgó la concesión de aguas superficiales (Resolución 0207) con una cantidad de 2,30 litros por segundo para usos doméstico y recreación.

En concreto, Corredor nunca canceló los costos de la publicación en la Gaceta Ambiental dentro de los términos legales, lo que significa que nunca estuvo en firme.

Un año después se constató que en el predio no se adelantó ningún proyecto recreativo y jamás se realizó el aprovechamiento del recurso hídrico.

“Hasta la fecha (más de un año después), el usuario no ha cancelado los costos de la publicación en la Gaceta Ambiental del acto administrativo y en tal sentido nunca ha estado en firme”, precisó la corporación en un acta de seguimiento anexa en el voluminoso expediente al que tuvo acceso LA NACIÓN.

En consecuencia, se recomendó archivar el expediente acorde con lo descrito. Atendiendo ese concepto técnico, el 13 de agosto de 2012 la corporación decidió archivarlo y los permisos perdieron fuerza ejecutoria. Sin embargo, a pesar de haberse revocado la concesión, el empresario decidió iniciar la primera etapa del proyecto.

A pesar de haberse revocado el permiso, Corredor Rincón, decidió consignar, seis años después, los costos de la publicación, según comunicación envida por el interesado el 27 de febrero de 2017.

 

Nuevas reglas

La primera etapa se ejecutó en agosto del año 2015 con la llamada ‘Casa Bethel, con tres habitaciones y un bioeggs,  una especie de camping con glamur. Estas construcciones iniciales tenían un bajo impacto.

Solo en el año 2017 obtuvo el Registro Nacional de Turismo. El resto del complejo se construyó luego de la declaratoria de reserva y la formulación del Plan de Manejo Ambiental que cambió radicalmente las reglas de juego.

Las construcciones generaron además cambios bruscos en la composición del paisaje, originó la movilización y reacomodación de flora nativa. El uso de cemento y otros materiales como placa huella, ajenas al medio natural cambió el recubrimiento de suelos.

“El peso de los caminos en piedra y de las estructuras de alojamiento construidas muy al margen del talud, sumado a la composición de los suelos (areniscas) y a las lluvias atípicas (muy fuertes y cortas) que se presentan en el desierto, pueden favorecer la ocurrencia de procesos erosivos, generando desestabilización de taludes”, explicó el ingeniero ambiental Yeison Andrés Atehortua, cuyo concepto también fue definitivo para tomar las medidas de demolición de toda la infraestructura.

 

Primeras medidas

Atendiendo denuncias de la comunidad la Procuraduría Regional expidió una acción preventiva. La corporación ordenó una inspección ocular para constatar las denuncias que formularon entre otras Carolina Riaño Amaya y Helena Borrero. La diligencia, que originó el proceso sancionatorio se cumplió el 20 de marzo de 2015.

En esa época se abrió el expediente DTN-1047 de 2015 por contaminación ambiental, tenencia ilegal de material forestal, captación ilegal de agua sin tener los permisos.

Con este soporte recomendó la suspensión inmediata de toda actividad de construcción en ese sitio, dispuso el decomiso provisional del material forestal hasta tanto se demuestre la legalidad del aprovechamiento y los permisos para su movilización especial de madera y raíces de mangle.

Una semana después ordenó la suspensión de la obra (Resolución 0674). El 27 de mayo se inició el proceso sancionatorio ambiental y el primero de julio le formuló cargos y separadamente se dispuso el cierre de la obra.

En esa fecha, Corredor respondió por escrito, sin ningún soporte jurídico, admitiendo el incumplimiento de la medida preventiva. “Aceptamos de manera conciliadora el incumplimiento de la medida pero espero que entiendan que en el momento que nos informaron de ésta, la obra ya estaba en una etapa que al pararla me generaría además de los anteriormente enunciados, mayor detrimento patrimonial”, explicó Corredor Rincón.

El 15 de octubre radicó otra solicitud para tramitar el permiso de vertimientos líquidos pero fue negado por no cumplir con los requerimientos ambientales. El 23 de septiembre de 2016 fue archivado el respectivo trámite.

 

Ubicación del complejo

Demolición de Bethel no tiene reversa 8 16 abril, 2024

 

Procesos

El 23 de enero de 2017 la corporación ordenó la suspensión de toda actividad le ordenó la suspensión inmediata de la captación y usos del recurso hídrico, los vertimientos de aguas residuales, el uso y aprovechamiento de la especie forestal y la inadecuada disposición de los residuos sólidos domésticos y hospitalarios. Esta medida preventiva fue proferida el 5 de enero de 2017, por el entonces director territorial Norte Oscar Daniel Pajoy.

El abogado Luis Eduardo Polanía Unda, apoderado de Corredor, pidió en agosto de 2018 la revocatoria directa de la medida cautelar por supuestas violaciones al debido proceso.  Además, argumentó que Corredor tenía el permiso de concesión de aguas para el funcionamiento del complejo.

El director territorial norte de la entidad rechazó la solicitud recordando que los permisos inicialmente otorgados fueron revocados con posterioridad por incumplir con los requisitos ambientales.

“La decisión de archivar la concesión de aguas superficiales otorgada carece de fundamente legal y factico por cuanto se trata de un procedimiento proveniente de una vía de hecho, que decide de manera unilateral revocar un acto administrativo de carácter personal o individual y que solamente podía ser revocado con el consentimiento, expreso del titular”, argumentó Polanía Unda.

El permiso para vertimientos, según Polanía, resultaba innecesario porque tenía un contrato de prestación de servicios suscrito con la empresa Incinerados  del Huila para la recolección y disposición de los desechos líquidos y orgánicos procedentes de la actividad turística.

No obstante, los sistemas están arrojando las aguas tratadas directamente al suelo sin contar con los permisos de vertimientos necesarios.

“En el área de almacenamiento de residuos reciclables no se cuenta con un mecanismo de recolección de lixiviados o de aguas de lavado, debido a que estos, se almacenan sobre una superficie elaborada en estibas de madera y encerrada por una estructura en guadua”, argumentó otro de los especialistas.

Aunque Corredor intentó seis años después enmendar la omisión, ya era demasiado tarde. Pero además, la zona tenía una nueva reglamentación al ser declarado como distrito de manejo integrado y por lo tanto zona protegida, incompatible con la actividad hotelera que tendrá que desmontarse de la zona de reserva. De confirmarse la medida, el empresario tendrá un mes para presentar el cronograma de demolición y diez meses para iniciar el desmantelamiento y luego la restauración.

 

Lo que dijo Corredor

Demolición de Bethel no tiene reversa 9 16 abril, 2024
Frank Corredor, principal accionista

Frank Corredor, el principal accionista de la sociedad empresarial, defendió el proyecto erigido en el corazón del rico ecosistema.

“Bethel ha transformado el turismo de la región, sin apoyo económico por ningún lado ni gubernamental ni privado. Sólo después de tres años de operación pudimos acceder a unos créditos con Bancolombia por 1.200 millones de pesos, los cuales estamos pagando”, aseguró.

En su criterio, actualmente genera 130 empleados, de ellos 80 directos, “en una zona conocida por ser la más pobre del Huila y es modelo de economía naranja”.

“Hemos convertido a la Tatacoa en un lugar por visitar, es espectacular pero sobre todo si puede comprobar en @bethel bio_luxury_hotel es un modelo ambiental por seguir”.

Sin embargo, se abstuvo de comentar las infracciones ambientales y los impactos negativos que está generando en el distrito regional de La Tatacoa.

“Recuerdo haber visto a muchas personas influyentes llegar a un lugar que nadie miraba”, concluyó en un breve comentario.

 

Los cargos de la Cam

-Captación y uso ilegal del recurso hídrico para el desarrollo de la actividad hotelera en el área de influencia de la zona de protección.

-Afectación de la calidad del agua de drenajes naturales y aguas subterráneas por la descarga de los vertimientos provenientes del complejo hotelero sin tratamiento previo.

-Desarrollo de actividades hotelera sin tener permiso de vertimientos de aguas residuales domésticas otorgados por la autoridad ambiental.

  • Desarrollo de actividades hoteleras que ocasionan afectaciones ambientales en una zona con uso de suelo no compatible, ni condicionado según el Acuerdo 012 de 2015 que definió esta área como zona de restauración para la conservación.

  • Desaparición por uso y aprovechamiento de la especie forestal acacia farnesiana (pela), utilizada para adecuaciones y construcción de la infraestructura hotelera, sin el permiso de aprovechamiento forestal otorgado por la autoridad ambiental ocasionando afectación directa a la conservación del ecosistema estratégico.

-Contaminación del suelo por la inadecuada disposición de residuos sólidos domésticos y hospitalarios a la altura del complejo hotelero ubicado en zona de conservación.

 

Demolición de Bethel no tiene reversa 10 16 abril, 2024
Impactos ambientales