La Nación
Derecho a la intimidad y sexting en las redes sociales 1 19 abril, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

Derecho a la intimidad y sexting en las redes sociales

Los avances tecnológicos han traído muchos beneficios como la posibilidad de acceder a equipos con cámaras de alta definición, así como el copioso auge de redes sociales y canales de comunicación virtual, a través de los cuales se publican y difunden fotos o videos de forma instantánea.

Paralelamente han surgido prácticas como el “sexting”, el cual se define como la actividad de enviar fotos, videos o mensajes con contenido sexual y erótico personal a través de dispositivos electrónicos.

Estos contenidos son creados por el propio emisor del mensaje, quien lo envía deliberadamente a un receptor. Sin embargo, con la masificación del uso de los celulares y las redes sociales, el control de este tipo de mensajes se sale del dominio del creador, provocando así la viralización de imágenes íntimas.

La difusión de estas sin el consentimiento de quien allí aparece, ocasiona la vulneración de derechos fundamentales como el de la intimidad, pues la publicación de imágenes sexuales explícitas vulneraría la privacidad y el buen nombre del afectado.

Sobre esta temática, la Corte Constitucional se ha pronunciado en varias sentencias, precisando los límites que tienen los usuarios de las redes para la difusión de videos íntimos. En una reciente providencia (T-339/22), la Corte se refirió al caso de una mujer que descubrió en el celular de su esposo, unas fotos eróticas con su amante que habían sido enviadas desde su aplicación de WhatsApp, y procedió a difundirlas con el ánimo de perjudicar a la dama que aparecía en ellas.

La afectada presentó acción de tutela para que la justicia protegiera sus derechos a la intimidad y al buen nombre. La Corte consideró que el enojo y la rabia de la esposa víctima de la infidelidad, no son una justificación válida para violar la imagen de la amante.

Es así que los usuarios de las redes no pueden reenviar ni difundir fotos íntimas de terceros sin su autorización, ya que ello transgrede su buen nombre. Sin embargo, lo más prudente sería evitar este tipo de prácticas a fin de no poner en riesgo los derechos de las mujeres involucradas.