Derecho a los derechos. Por: Julian Vanegas-López

Psicólogo. Grupo Crecer. USCO. El pasado 10 de diciembre  se cumplieron 64 años de la ratificación de los derechos humanos y la promulgación por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas del documento “Declaración Universal de Derechos del Hombre”, conjunto de normas y principios, garantía de la persona frente a los poderes públicos. En la lenta evolución de los Derechos Humanos en la historia, es a partir del siglo XVII cuando empiezan a contemplarse declaraciones explicitas con base en la idea contemporánea del “derecho natural”. Inglaterra incorpora en 1679 a su constitución la “Habeas Corpus Act” (Ley de hábeas corpus) y la “Bill of Rights” (Declaración de Derechos) en 1689. En Francia como consecuencia de la Revolución francesa, se hace pública, en 1789, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. En 1927 el Convenio de Ginebra prohíbe la esclavitud en todas sus formas. Los llamados “Códigos de Malinas” que abarcan la Moral Internacional (1937), Relaciones Sociales (1927), Relaciones Familiares (1951) y el Código de Moral Política (1957), son intentos parciales de la conciencia pública por regular una seguridad mínima de respeto al individuo, habitualmente ignorado por los Estados y por los demás ciudadanos. Así pues, la búsqueda de la humanidad por reconocer equidad entre todos los ciudadanos es relativamente reciente, sin embargo se ha logrado dar el lugar que corresponde a los derechos de los niños y niñas, de las mujeres, de las personas con elecciones sexuales diversas. En este orden de ideas se debe el mismo respeto a personas con pensamientos distintos a los hegemónicos, tanto en religión, como en política, incluso debemos respetar a quien es hincha de un equipo de futbol distinto al equipo de nuestras preferencias; de la misma manera una persona con gustos musicales, estéticos y de forma de vestir diferentes, no es que “tenga mal gusto”, simplemente es una preferencia diferente, se trata de no ser excluyentes, sólo de respetar la diferencia. Por ejemplo, recientemente se ha dado reconocimiento legal a la unión homosexual, asunto que para algunas instituciones es inadmisible, resulta lamentable que después de varios siglos de haber superado el oscurantismo de la edad media todavía existan posiciones como estas. Hay un principio básico y es el reconocimiento y el respeto por la libertad de las personas. Para respetar los derechos de los niños y niñas no hay que ser niño, como tampoco para reconocer la equidad de género con respecto a las mujeres no es necesario ser mujer, también como hombres debemos hacerlo, de la misma manera para respetar los derechos de los homosexuales, no necesariamente hay que ser homosexual. Voltaire (1694 – 1778) planteo que: “Podré no estar de acuerdo con lo que dices, pero defenderé hasta la muerte tú derecho a decirlo”.

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