La Nación
“Derecho, política y sociedad”   El tránsito de tropas extranjeras en Colombia 1 28 marzo, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

“Derecho, política y sociedad”   El tránsito de tropas extranjeras en Colombia

Germán Alfonso López Daza*

 

La semana finalizó con una gran derrota para el Gobierno nacional debido al fallo de una acción de tutela proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el que le ordena remitir al Senado de la República, toda la información y antecedentes relacionados con el ingreso, llegada y permanencia de la Brigada de Asistencia de Fuerza de Seguridad del Ejército de los Estados Unidos de América.

Y mientras el Senado define lo relacionado con el punto anterior, el Tribunal le ordenó suspender los efectos jurídicos de la autorización para cualquier actividad de esa brigada militar en el territorio nacional.

La acción de tutela surgió como una forma de llevar a las instancias judiciales, el descontento de 25 Senadores, quienes consideraron que se les violaban sus derechos fundamentales a la participación política y al debido proceso, por la omisión del primer mandatario, de solicitar autorización para el tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional, según lo ordena la Carta Política.

La discusión radica en interpretar el alcance del término “tránsito de tropas”, pues para el Gobierno los 53 militares norteamericanos no están “transitando” ni están armados, sino que están cumpliendo funciones de asesoría en asuntos para la lucha antidrogas en el marco de acuerdos internacionales.

El tema se vuelve complejo pues en los 29 años de vigencia de la Constitución son muchos los militares norteamericanos que han pisado suelo colombiano en el marco de convenios bilaterales de cooperación militar, sin que ningún gobierno haya solicitado autorización al Senado, ni tampoco al Consejo de Estado quien también debe intervenir previamente.

Algunos sectores que han criticado la decisión hablan de la “judicialización de la política”, de la intervención de los jueces en asuntos que tocan esferas internacionales e incluso, de extralimitación de funciones.

Ante este conflicto interpretativo y mientras llega esta discusión a instancias de la Corte Constitucional, el Gobierno deberá acatar la decisión del juez de primera instancia. (*Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO).