La Nación
Desacato por reactivación de minería ilegal 1 26 septiembre, 2023
INVESTIGACIÓN

Desacato por reactivación de minería ilegal

El procurador Agrario y Ambiental del Huila, Álvaro Hernando Cardona, pidió sanciones para los alcaldes de Rivera y Campoalegre por incumplir una medida cautelar de suspensión de la explotación de material de playa en las zonas de protección hídrica.

 

RICARDO AREIZA

InvestigacionesHuila@gmail.com

A pesar de una medida cautelar, decretada hace un año, la minería ilegal sigue acelerada en las rondas de protección y las zonas de amortiguación de Río Neiva y, de las quebradas ‘El Albadán’, ‘La Pedregosa’ y ‘La Sardinata’, ubicadas en los municipios de Rivera y Campoalegre.

La explotación a gran escala de materiales de arrastre de ambos afluentes, está agravando la problemática ambiental en esta zona de alto riesgo, desatendiendo una orden judicial que ordenó la suspensión de la minería ilegal, reiteró el procurador Agrario y Ambiental, Álvaro Hernando Cardona.

Según la CAM, la inadecuada extracción del material de playa está generando una grave afectación ambiental, cambios en la geomorfología del terreno, incidiendo en la alteración del paisaje. Además de la contaminación, esta actividad está ocasionando cambios bruscos en la hidrodinámica del río, “toda vez que debilita la capacidad de las rondas de protección necesarias para evitar que las crecientes provoquen inundaciones y desviaciones del cauce, así como modificaciones en el paisaje y afectación a la flora y fauna”.

Incumplimiento

El procurador Agrario y Ambiental, Álvaro Hernando Cardona, estimó que los alcaldes de Rivera, John Jairo Yepes Perdomo y Elizabeth Motta Álvarez de Campoalegre, estarían incumpliendo las medidas de control, ordenadas en abril de 2022 por el Tribunal Administrativo del Huila.

“Los dos mandatarios locales, al parecer, han incumplido la medida cautelar pues la orden es la suspensión inmediata de las actividades de explotación minera en las rondas hídricas de los dos municipios”, alegó el agente del Ministerio Público.

Tampoco han suspendido las actividades de minería de subsistencia desarrolladas por paleros y volqueteros sin tener “certificados” expedidos por las administraciones municipales y sin contar previamente con las autorizaciones de los propietarios de los predios adyacentes a las corrientes hídricas. En esa misma zona, un empresario coreano, devastó la zona, buscando oro. Ocho años después nunca pagó los costos de la compensación ambiental.

 

Desacato

El funcionario estimó que la actuación de la inspección de policía de Rivera va en contra de lo ordenado por el Tribunal Administrativo. “No se trata de iniciar un proceso verbal abreviado policivo (art. 223 de la Ley 1801 de 2016) sino ante las evidencias ordenar la suspensión inmediata de dichas actividades de minería ilegal”, anotó.

“Por lo anterior, este despacho presume que existe un incumplimiento de la medida cautelar por parte de las autoridades locales”, concluyó.

En estas condiciones, estimó que el Tribunal Administrativo del Huila debe abrir un incidente de desacato por incumplimiento de la medida cautelar, y, en consecuencia, adoptar las sanciones que correspondan para hacer cumplir la decisión.

Desacato por reactivación de minería ilegal 7 26 septiembre, 2023
Álvaro Cardona, procurador.

Medida cautelar

La corporación ordenó de manera inmediata la suspensión de las actividades de explotación minera en las rondas hídricas de los dos municipios y advirtió que los dos alcaldes deben garantizar la protección, el restablecimiento, la restauración y la compensación de la zona afectadas, de acuerdo con la evaluación realizada por la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM).

La medida cautelar de urgencia fue decretada el primero de abril de 2022 al admitir una acción popular instaurada por líderes comunales y propietarios rurales de la región, afectados por la extracción a cielo abierto de materiales de arrastre.

La acción popular fue instaurada por propietarios del sector liderados por Anayive Lozada Polanía y Léster Rodríguez Fierro en calidad de integrantes de la junta de acción comunal de la vereda Albadán, impactada por la actividad minera, fuera de control.

 

Permisos

Los pequeños mineros tradicionales aseguraron que están amparados por unos permisos que otorgó la Alcaldía de Rivera. El15 de julio de 2021 la administración municipal expidió 30 certificados para extracción y recolección, a cielo abierto, de arena y gravas, destinadas a la industria de la construcción. Lo mismo ocurrió en Campoalegre.

Sin embargo, la expedición de esos certificados se hizo sin concertación alguna con los propietarios de los predios como lo contempla la normatividad vigente.

 

Plazos incumplidos

Aunque la orden impartida por la autoridad judicial era perentoria y de inmediata ejecución, un año después, no se ha cumplido.

Los alcaldes de Rivera, John Jairo Yepes Perdomo y Elizabeth Motta Álvarez de Campoalegre tenían un plazo perentorio de diez días calendario para verificar el cumplimiento de la medida de aplicación inmediata, acompañado las pruebas que estime pertinentes y la sostenibilidad de las decisiones administrativas que hayan adoptado para prevenir la afectación del medio ambiente, en una zona altamente vulnerable.

“La suspensión de las actividades de explotación minera no exime a la autoridad ambiental (CAM) y a la Agencia Nacional de Minería de sus deberes legales en el ejercicio de sus funciones de vigilancia, control y seguimiento respecto de cada uno de los títulos mineros que han sido otorgados, concretamente en el sector de la quebrada La Sardinata y río Neiva en la franja correspondiente a los municipios de Rivera y Campoalegre”, subrayó el organismo judicial.

En razón a que las medidas cautelares pueden ser adoptadas de oficio con el propósito de garantizar el ejercicio adecuado de los derechos colectivos, en este caso, el derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, y en consideración a los motivos de prevención del riesgo de desastres, el Tribunal Administrativo del Huila extendió (adicionó) las medidas cautelares a la zona de influencia del municipio de Campoalegre en la margen correspondiente del río Neiva y la quebrada La Sardinata.

Desacato por reactivación de minería ilegal 8 26 septiembre, 2023
Obras de protección realizadas para enfrentar la socavación.

Alto riesgo

Según un estudio preliminar realizado por la CAM este sector es una zona de alto riesgo. El sector presenta amenaza alta de origen geológico (sismos) y geomorfológico (socavación lateral) e hidrometeorológico (avenida torrencial e inundación).

“La amenaza natural de origen hidrometeorológico ha sido clasificada de grado alto, esto se debe a que el río Neiva ha socavado lateralmente gran parte de los cultivos que se encuentran cerca de su cauce”, resalta el estudio técnico.

La autoridad ambiental concluyó que las amenazas naturales latentes en la región pueden incrementar su nivel de peligrosidad debido a la variabilidad climática que se tiene en la región y a la temporada de lluvias en el departamento del Huila.
“Estos dos factores podrían incrementar la probabilidad de ocurrencia de eventos de carácter hidrometeorológico (inundación, socavación lateral y de fondo, procesos de erosión de orilla, etc.) lo que afectaría enormemente cultivos, infraestructura y la integridad de la comunidad”, precisa el documento técnico.

La explotación minera, según los dirigentes comunales, excede los límites establecidos para mineros de subsistencia. “Esta actividad está generando daños ambientales, afectaciones y detrimentos en el medio natural y graves perjuicios económicos a los predios rivereños. Pero también, enormes riesgos asociados a toda la vereda el Albadán, altamente vulnerable”, relataron.

“En la zona no existe un plan de explotación minera, ni planes de seguimiento y manejo ambiental”, precisaron.

Socavación

“En el sector de río Neiva se evidencian los procesos de socavación lateral y de fondo producto de la hidrodinámica natural”, explicaron, Felipe Gil Bernal y Maydy Alejandra Ortiz, geólogos de la autoridad ambiental.

Entre otros impactos destacaron la pérdida de la cobertura vegetal en la zona de ronda de protección; perdida de vegetación por el tránsito de volquetas y estacionamiento de estas en la zona de ronda de protección (zona de exclusión) y la alteración del paisaje por la desordenada extracción de material, a campo abierto, sin ningún control, aumentando las amenazas naturales latentes en la zona.