La Nación
Después de muerto demandado el ex alcalde de Neiva Gustavo Penagos Perdomo 1 28 marzo, 2024
INVESTIGACIÓN

Después de muerto demandado el ex alcalde de Neiva Gustavo Penagos Perdomo

RICARDO AREIZA 

uniddinvestigativa@lanación.com.co

Increíble. El asesinado ex alcalde de Neiva. Gustavo Penagos Perdomo tendrá que responder después de muerto por las millonarias demandas que debió cancelar la administración municipal por la demolición de las galerías Central y Satélite del Norte en 1997.

Aunque suene curioso, la administración decidió emprender una acción de repetición para recuperar por esta vía parte de los dineros que tuvo que cancelar a los pequeños comerciantes, afectados por la implosión de las plazas de mercado.

Muerto el deudor la acción de repetición se encaminó contra sus herederos en calidad de asignatarios a título universal. Ante la imposibilidad de identificar a los eventuales sucesores la figura ejecutiva se orientó contra los herederos indeterminados.

Después de muerto demandado el ex alcalde de Neiva Gustavo Penagos Perdomo 7 28 marzo, 2024
El ex alcalde Gustavo Penagos asesinado el 7 de febrero de 1998.

No es la primera vez que la administración municipal repite contra la masa sucesoral de un ex funcionario fallecido para resarcir los daños patrimoniales  que sufrió el ente territorial. En el pasado reciente, la Alcaldía de Neiva intentó sin éxito el mismo cobro contra los herederos del ex alcalde Sixto Francisco Cerquera, también fallecido.

Penagos Perdomo fue asesinado el 7 de febrero de 1998, 38 días después de haber abandonado el cargo. El polémico ex funcionario fue ultimado por un sicario mientras departía con su amiga Carolina Gutiérrez en un restaurante típico antioqueño en el antiguo parque Andino en el oriente de Neiva. El pistolero se le aproximó por la espalda y le propinó un impacto en el parietal derecho, causándole la muerte.

 

El sicario huyó luego en un automóvil Sentra de color azul sin que hasta el momento el crimen haya sido esclarecido.  El abogado de 40 años había ejercido la alcaldía como titular a partir del primero de junio, en reemplazo del ex ministro Guillermo Plazas Alcid quien renunció. Penagos Perdomo, ordenó la demolición de las galerías central y Satélite del Norte, para presionar a los vendedores ambulantes y estacionarse a desplazarse hasta la central minorista Mercaneiva.

El violento desalojo y la posterior demolición de las dos galerías fueron ordenados por el polémico funcionario el 24 de diciembre de 1997. Ese día, en plena Navidad,   la galería central cerró las puertas y en cuestión de minutos la vieja edificación se desmoronó en medio de una airada agitación popular, jamás replicada.

La controversia

La controversia quedó ayer planteada durante la audiencia inicial. El magistrado Miller Lugo, presidió la diligencia que le correspondió por reparto y que concluyó sin ninguna posible conciliación. Los supuestos sucesores estuvieron representados por el abogado Alfonso Cerquera Perdomo, en calidad de curador ad litem (de oficio).  Por el municipio concurrió el abogado Orlando Rodríguez.

Según la normatividad, los títulos ejecutivos contra el difunto lo serán igualmente contra los herederos. El Código Civil contempla que  los herederos están obligados a responder por las deudas, las cargas de la herencia, y las obligaciones que gravan el patrimonio de difunto

Según la normatividad vigente, los funcionarios deben responder por los daños causados por culpa grave o dolo, en ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de la responsabilidad de la Nación y de las entidades territoriales, descentralizadas o privadas que cumplen funciones públicas, las que, de prosperar la demanda, repetirán contra el funcionario por lo que le correspondiere.

Argumentos

Según expertos consultados por LA NACIÓN los herederos indeterminados no representan ni administran la herencia y toda orden de apremio sólo puede dirigirse en contra de una persona con capacidad jurídica de cumplimiento.

“La obligación jurídica reclamada, como toda obligación, requiere determinación en el sujeto deudor. Cuando se cita a herederos indeterminados es tanto como citar a personas desconocidas. A un desconocido no se puede notificar la existencia de un título ejecutivo, simplemente porque el vínculo jurídico como elemento esencial de la obligación no se puede establecer con un ente abstracto.

Aunque no hay certeza de los posibles herederos, o por lo menos no se encontraron, la administración decidió insistir en esta vía. Entre otras cosas, soportado en otro fallo del Consejo de Estado, según el cual, es posible repetir contra un ex funcionario, independientemente que ya había fallecido, con el fin de que sea resarcida la condena económica que pagó en su momento.

En su criterio, están estructurados los presupuestos para comprometer la responsabilidad del ex mandatario,  está probada la condena impuesta, el pago y la actuación irregular del entonces nominador, bajo la figura de la desviación de poder y la evidente extralimitación en que incurrió, como quedó consignado en los dos fallos de primera y segunda instancia.

Las condenas

La primera sentencia fue proferida por el Tribunal Administrativo del Huila. El magistrado Enrique Dussán declaró en primera instancia la responsabilidad patrimonial de  la Alcaldía de Neiva.

El Consejo de Estado Jaime Orlando Santofimio Gamboa dejó en firme la condena e incrementó la indemnización a  los 351 comerciantes afectados con las medidas adoptadas hace 21 años.  El monto total derivado de esta acción de reparación colectiva ascendió a 4.674 millones de pesos que ahora se pretende repetir contra los posibles sucesores del extinto ex mandatario.

Cierres definitivos

“Las dos galerías fueron arbitrariamente demolidas, en lugar de mejorarlas mientras se culminaba la obra nueva, no garantizándoles la continuidad en sus labores para que no perdieran los actores su productividad, en claro detrimento de sus intereses económicos y de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y al mínimo vital propio y de sus familias”, estimó Santofimio Gamboa.

“Con su actuar-enfatizó- la administración municipal desconoció el principio que le imponía “no ir en contra de sus propios actos” pues el mismo mandatario se comprometió oficial y públicamente  a no demoler las plazas de mercado hasta que se terminan la central minorista, lo que no había ocurrido.

Además, los actos administrativos proferidos  por la Alcaldía de Neiva ordenaban sólo el cierre “temporal” de las dos plazas hasta tanto se establecieran las condiciones óptimas de sanidad. “De manera que la voluntad expresada de la administración no era la demolición de las plazas sino su adecuación a las normas sanitarias”, expresó el alto tribunal.

“Así las cosas- dijo- la administración municipal de Neiva, con su actuar contravino sus propias decisiones, en desmedro de intereses particulares.

Después de muerto demandado el ex alcalde de Neiva Gustavo Penagos Perdomo 8 28 marzo, 2024
El cierre y demolición de la galería central y la plaza satélite del norte ocurrida el 24 de diciembre de 1997.

 Peor el remedio

Las medidas de choque adoptadas por la administración municipal para subsanar las deficientes condiciones sanitarias que afectaban la salubridad de los usuarios de las plazas de mercado, terminaron agravando la problemática y generando uno de los más explosivos conflictos sociales que se hayan registrado en la capital opita.

Primero, cerró los lugares donde los pequeños comerciantes desarrollaban su trabajo o actividad económica, sin tener garantizado un sitio adecuado para garantizar la continuidad.

Al no encontrarse terminada ña central minorista ni estar en condiciones aptas para la venta de productos al detal no se logró el fin que se quería. Por el contrario, empeoró las condiciones sanitarias y se afectó el trabajo de los inquilinos y pequeños comerciantes, disminuyendo sus ingresos o dejando de percibirlos, violándose con tales actos y hechos administrativos sus derechos y garantías constitucionales.

El Consejo de Estado consideró que la lesión del derecho al trabajo, a la estabilidad laboral y al mínimo vital de los comerciantes que se encontraban laborando en las plazas Central y Satélite del Norte de la ciudad de Neiva, “se concretó con la demolición arbitraria que de las plazas de mercado efectúo la administración municipal y con el desconocimiento por parte de la misma autoridad de la obligación de reubicarlos como lo había dispuesto el Consejo Municipal, lo habían sugerido los entes de control, lo habían solicitado los mismos vendedores y públicamente se habían comprometidos los alcaldes de turno, para mitigar el daño de quienes se vieron afectados con el cambio del uso del suelo”.

Los pagos

El Tribunal Administrativo del Huila libró la orden de pago a favor de los demandantes equivalente a 3.277 millones de pesos por la indemnización de perjuicios. Además, los intereses moratorios por 1.397 millones de pesos desde el primero de marzo de 2015 hasta el 13 de septiembre de 2016.

La reparación benefició a los 351 inquilinos divididos en dos grupos. El primero integrado por 229 pequeños comerciantes no reubicados. El reconocimiento por intereses para este grupo asciende a 456,53 millones de pesos.

El segundo grupo, compuesto por los122 inquilinos que fueron reubicados en las actuales instalaciones de Mercaneiva recibirán 941 millones de pesos por intereses.

La sentencia fue proferida por el Consejo de Estado el 12 de noviembre de 2014, ordenando una indemnización a favor de cada uno de los demandantes por concepto de lucro cesante. La sentencia cobró ejecutoria el 27 de febrero de 2015.

La Alcaldía de Neiva suscribió dos acuerdos (el primer de marzo y el 5 de abril de 2016) para el pago total del capital a favor de cada uno de los demandantes por la suma de 3.278 millones de pesos, sin intereses. El primer pago por 1.200 millones de pesos el 20 de abril de 2016 y los 2.078 millones restantes, el 31 de mayo de 2016.  Los pagos se hicieron efectivos el 2 de junio y 13 de septiembre de 2016.

Con estos pagos se configuraría a juicio de la administración uno de los requisitos necesarios para promover la acción de repetición contra el ex mandatario fallecido.