La Nación
Dura condena a jefe policial por robo al Banco Agrario 1 23 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Dura condena a jefe policial por robo al Banco Agrario

La Corte Suprema de Justicia mantuvo intacta la sentencia condenatoria contra el excomandante de la Estación de Policía de Santa María, Huila, Fernando Guevara Vásquez, por el robo de una remesa del Banco Agrario y el homicidio del joven funcionario, custodio del dinero en efectivo. Primicia.

 

RICARDO AREIZA

Investigacioneshuila@gmail.com

Confirmado. El destituido excomandante de la Estación de Policía de Santa María, Huila, Fernando Guevara Vásquez, no pudo zafarse de su responsabilidad por el robo de una remesa del Banco Agrario y la muerte a sangre fría del custodio, el único testigo.

La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la dura condena impuesta contra el suboficial, actualmente detenido en la cárcel de alta seguridad de Popayán.

Según el expediente, el subintendente Guevara desplegó acciones concertadas con los asaltantes, tendientes a lograr el objetivo delictivo, perpetrado el 19 de junio de 2013.

“Una vez arribó el funcionario de Brinks con la remesa, Guevara Vásquez buscó a toda costa quedar solo con la víctima, para llevar a cabo su plan criminal”, acotó la juez al proferir la primera sentencia.

Esta decisión fue confirmada por el Tribunal Superior de Neiva, el 29 de octubre de 2019, objeto del recurso de casación, que acaba de fallarse.

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Las dos caras de una triste historia.

Montaje

Guevara, siguiendo el libreto acordado con sus cómplices, encargó sólo a dos patrulleros para acompañar el traslado del dinero (cuando el procedimiento exigía por lo menos tres) y, curiosamente, no les permitió que llevaran armas de largo alcance pese a la insistencia de los uniformados.

Además, para mayor sorpresa de sus subalternos, el excomandante asumió personalmente la conducción de la camioneta oficial (que no era su función).

Una vez la aeronave despegó, Guevara desmontó el operativo y ordenó que los escoltas atendieran una supuesta riña en el hospital local, lo que resultó falso. Los uniformados, según los togados, se rehusaron en tres oportunidades.

El suboficial siguió la ruta que él mismo diseñó. El empleado de la transportadora de valores permanecía en el asiento trasero con las dos tulas. En una llevaba 30 millones y en la segunda 270 millones de pesos en efectivo.

 

El ataque

La camioneta policial conducida por Guevara avanzó cinco cuadras. Al cruzar el puente viejo sobre la quebrada ‘El Oso’ fueron interceptados por varios motociclistas armados, cómplices de la operación.

Contrario a las reglas de la experiencia, todos los impactos fueron dirigidos hacia el empleado de la empresa transportadora de valores. Ninguno hacia el conductor. La víctima recibió múltiples impactos, pero solo uno era mortal al comprometerle la vena cava. También fue impactado en la mano izquierda, intentando protegerse en medio de la balacera.

 

Puro teatro

Sin una explicación, Guevara echó reversa en lugar de continuar la marcha, como era lo lógico, con destino al hospital local para atender a un supuesto herido, quien se desangraba.

Los patrulleros, engañados por su comandante, confirmaron que la riña nunca existió. Tampoco los heridos. “Minutos después nos enteramos del feroz ataque”, relataron los uniformados que apoyaron inicialmente el recibimiento del dinero.

Dura condena a jefe policial por robo al Banco Agrario 8 23 abril, 2024
Fabio Ospitia Garzón, magistrado de la Corte.

El crimen

El crimen del joven custodio, testigo excepcional del premeditado asalto, estaba también en el libreto.

Según el informe de necropsia, el cadáver presentaba siete proyectiles, dos en el tórax, uno en el brazo derecho, dos en el miembro superior izquierdo y dos en el muslo izquierdo, que le produjeron un choque hipovolémico secundario y el deceso fulminante.

El informe de balística consigna que los asaltantes dispararon de frente contra el panorámico delantero de la patrulla e impactaron en tres oportunidades el lado derecho, con dirección a la parte central trasera del automotor, donde se ubicaba el funcionario de la transportadora.

Luego se acercaron y dieron vuelta para abrir la puerta trasera izquierda e impactaron de nuevo al joven empleado de la empresa Brinks desde arriba hacia abajo, dentro del carro, para asegurar su muerte, extraer el dinero y retirarse sin ningún problema. Ese era el blanco principal.

 

Desprotegido

Rodríguez Herreño, de 28 años, asesinado cuando trasladaba el dinero en efectivo, fue vinculado a la empresa Brinks con funciones de garitero, pero le asignaron indebidamente otra labor altamente riesgosa.

Ese día Rodríguez Herreño desempeñaba funciones de coordinador de escoltas en el transporte de valores para las entidades bancarias del Huila, ajenas a sus obligaciones contractuales.

 

Cambio de ruta

Una vez abordó la nave, sorpresivamente el joven fue informado de un cambio intempestivo en la ruta planeada. La ruta inicial era desplazarse al municipio de Colombia (norte del Huila) y regresar a Neiva. Nunca le informaron que debía desplazarse hasta Santa María, donde los delincuentes esperaban su arribo.

“En realidad ese viaje no estaba planeado, no llevaba armamento, ni medidas de protección ni otros acompañantes de la empresa, necesarios para transportar y custodiar esa voluminosa suma de dinero”, alegó el abogado Juan Felipe Molano, apoderado de las víctimas, en otro proceso de reparación.

 

Autor intelectual

El ataque no fue sorpresivo, como lo argumentó el suboficial. Por el contrario, estaba fríamente calculado. Un testigo, capturado como miembro de la banda, responsabilizó al comandante Guevara como el autor intelectual y colaborador material de los hechos.

Según una investigación disciplinaria realizada por la propia Policía, Guevara tenía lazos de familiaridad con uno de los integrantes de la banda de asaltantes, circunstancia que sería aprovechada para cometer el ilícito, una vez quedara a cargo de la Estación de Policía.

“Todo estaba planeado. Solo restaba que Guevara estuviera encargado de la estación y coincidiera con la remisión”, relató un testigo, citado por la institución.

“Lo lógico era que los cacos accionaran sus armas contra el único escolta armado que acompañaba la remesa, pero la línea de fuego nunca se dirigió contra el uniformado”, insistió el magistrado Álvaro Arce, ya pensionado.

El comandante de la Estación de Policía, según los magistrados, jamás disparó para repulsar el asalto, pese a que abatían a su acompañante, que por ir desarmado no representaba peligro para los piratas.

En su criterio, “el uniformado pudo ofrecer batalla con su arma de dotación, acción que no ejecutó, los cacos sabían que jamás los enfrentaría, y ello da cuenta del porqué ningún arma se direccionó contra el acusado”.

“Como colofón, el suboficial aprovechó su cargo y su mando para facilitar el hurto, golpe en el que no podían dejar testigos. La muerte del empleado era innecesaria, ya que estaba desarmado y no tenía otra forma de repeler el ataque”, concluyeron los magistrados del Tribunal Superior de Neiva, al confirmar el fallo condenatorio, objeto de casación ante la Corte.

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Ahora, las víctimas buscan la reparación.

Previo acuerdo

En el proceso disciplinario (No. DEUIL -2013-55), la autoridad policial concluyó que el subintendente Guevara “participó del delito de hurto –con el funesto resultado de la muerte del funcionario de Brinks-, como coautor con la banda delincuencial, pues se evidencia que existió previo acuerdo en el cómo se iba a desarrollar la ejecución del mismo; donde finalmente se consumó el hurto en el traslado del funcionario de Brikns, quien confiando en la figura e institucionalidad que representaba el suboficial se dejó escoltar por él”.

En este caso, según el organismo de control policial, “existió división del trabajo criminal, y de no ser por las actividades desplegadas por el señor Guevara, no se hubiere podido generar circunstancias que permitieran el hurto del dinero por parte de sus compañeros criminales, que no era otra que colocar en un estado ideal de indefensión para este punible. “El policía se apartó de sus compromisos constitucionales y legales, decidiendo actuar como un vulgar delincuente, que no solo atacó la propiedad privada, sino que mostró claro desprecio por la vida de quien falleció, utilizando su conocimiento de los hechos, y los bienes del Estado, para facilitar y consumar el actuar criminal”, confirmó el Inspector Delegado Dos de la Policía, al confirmar la sanción disciplinaria.

 

Condenas

Guevara fue procesado inicialmente por la justicia penal militar (Juzgado 180 de Instrucción Penal Militar – Investigación penal No. 2646), y luego por la justicia ordinaria.

Guevara Vásquez fue destituido del cargo al término de un proceso disciplinario realizado por la Policía.

El general Rodolfo Palomino, entonces director de la Policía Nacional, lo retiró del servicio activo (Resolución número 01040 de 29 de marzo de 2015).

El excomandante Guevara Vásquez fue condenado a la pena principal de 585 meses de prisión (48 años y nueve meses de cárcel) como coautor responsable de homicidio agravado, hurto calificado y agravado, y porte ilegal de armas. Como medida accesoria fue inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas durante 20 años y privación del derecho a la tenencia y porte de armas de fuego por el término de 15 años.

 

Solo conjeturas

La decisión pasó a revisión de la Corte Suprema de Justicia.

El Tribunal Superior de Neiva, según su apoderado, Rubén Darío Rojas Hermida, le “dio un valor superior al real y materialmente enunciado y desarrollado, incurriendo en un falso juicio de existencia” al confirmar sentencia condenatoria, en su criterio, basada en suposiciones o conjeturas.

 

La casación

El magistrado Fabio Ospitia Garzón, presidente de la Sala, estimó que la demanda de casación no cumplía con las exigencias mínimas de orden formal ni sustancial requeridas para su admisión. La inadmisión fue notificada el 19 de enero pasado.

“Bajo la referida estrategia, el censor se ocupó de desdibujar las razones expuestas por los juzgadores, explicó el magistrado tolimense Fabio Ospitia Garzón.

Según la Corte Suprema de Justicia, el abogado defensor “desdibujó los hechos indicadores que sirvieron de fundamento a la inferencia sobre la responsabilidad penal del uniformado con el propósito de demostrar unas falencias argumentativas inexistentes”.

“Visto desde otra perspectiva, no precisa por qué, al arribar a esa conclusión, los juzgadores incurrieron en un error que deba ser corregido en el ámbito del recurso extraordinario de casación”, resaltó la Sala de Casación Penal.

El hecho de haber resultado ileso en la balacera no fue por la buena suerte como lo argumentó su defensor.

“Según la hipótesis factual de la condena, la víctima no solo podía atestiguar sobre las características físicas de los asaltantes, sino sobre la actitud del policial”, aseguró el magistrado Fabio Ospitia Garzón, presidente de la Sala de Casación.

“Visto de otra manera, si Guevara Vásquez participó en el hurto, ello no podía pasar desapercibido para el custodio del dinero. Por tanto, debía ser eliminado, porque, de otra forma, resultaría imposible justificar que dos sujetos se apoderaran de la millonaria suma, sin tener que enfrentar a un policía armado”, subrayó. La casación fue inadmitida, quedando en firme la sentencia.