La Nación
En firme condena por masacre de concejales de Rivera 1 25 abril, 2024
JUDICIAL

En firme condena por masacre de concejales de Rivera

El ex concejal de Rivera Gil Trujillo Quintero deberá pagar los 37 años de prisión por el asesinato de sus nueve compañeros de corporación. La Corte Suprema de Justicia dejó en firme el fallo de segunda instancia contra el ex servidor al no admitir la casación. El ex concejal de Rivera Gil Trujillo Quintero deberá pagar los 37 años de prisión por el asesinato de sus nueve compañeros de corporación. La Corte Suprema de Justicia dejó en firme el fallo de segunda instancia contra el ex servidor al no admitir la casación. LA NACIÓN, NEIVA “La sentencia de segunda instancia goza de la doble presunción de acierto y legalidad…”, sentenció la Corte Suprema de Justicia al dejar en firme la pena de 37 años de prisión contra el ex concejal Gil Trujillo Quintero, condenado por el asesinato de sus nueve compañeros de corporación, el 26 de febrero de 2006. El magistrado de la Sala de Casación de la alta corte, Augusto J. Ibáñez Guzmán, manifestó que el Tribunal Superior de Neiva no incurrió en violaciones a los derechos fundamentales del procesado, condenado por los delitos de homicidio agravado en concurso homogéneo y simultáneo. “La revisión del expediente permite inferir que no se ha incurrido en notorias causales de nulidad en flagrantes violaciones de derechos fundamentales, por lo que la corporación resuelve inadmitir la demanda de casación presentada por la defensa de Gil Trujillo Quintero”, señaló la Corte. La casación fue interpuesta por el abogado Rodolfo Ríos, defensor de Quintero Trujillo, al manifestar que los magistrados del tribunal prescindieron de las declaraciones de Maryi Bibiana Cicero Gutiérrez, Juan Manuel Gómez Buitrago, alias ‘Fercho’ o ‘Fernández’ y Saúl Rojas Penagos, quienes “desvirtúan” los cargos en contra de su representado y el testimonio de Wilkin Fernando Lugo Ortiz “Este yerro es relevante, porque si se hubieran valorado estas declaraciones, se hubiera concluido que el argumento acusatorio carece de todo respaldo probatorio… se habría llegado a la conclusión que contra mi defendido se edificó un montaje judicial por cuenta de la Fiscalía en juicio amparado por el juez de conocimiento”, señaló el profesional del Derecho en la argumentación de casación. No obstante el magistrado Ibáñez Guzmán, sostuvo que la casación fue una crítica a los jueces de primera y segunda instancia, que dieron credibilidad al subversivo Lugo Ortiz. “Se observa que el ataque no constituye mas que una crítica personal frente a la credibilidad que los falladores le confirieron a algunas de las versiones de Lugo Ortiz…”. Agregó que la defensa se equivocó al atacar los magistrados del tribunal por supuestamente cambiar y agregar frases a  las declaraciones de Lugo Ortiz en la indagatoria, “pues reparos tales se debían postular conforme al error de hechos por falso juicio de identidad, por tergiversación y adición respectivamente y jamás por la ruta del falso raciocinio…”. Precisó que también se equivocó el abogado al criticar la falta de valoración “íntegra o la tergiversación” de las declaraciones de Juan Manuel Gómez Buitrago, Maryi Bibiana Cicero Gutiérrez y Saúl Rojas Penagos, “el camino para hacerlo también lo era el falso juicio de identidad por cercenamiento y distorsión en su orden,…”. Sostuvo que los las declaraciones de los subversivos citados por el abogado defensor “sí fueron tenidos en cuenta, tanto en fallo de primera como de segunda instancia…”. La Corte Suprema de Justicia señaló además que inadmitió la casación, porque no cumple con las exigencias mínimas previstas en la ley. “La demanda debe ser íntegra en su formulación, suficiente, clara y precisa en su desarrollo y eficaz en la pretensión… En el caso sometido a examen de admisión, se advierte que el demandante ignoró las reglas de argumentación propias de las modalidades de ataque escogidos para sustentar el disenso…”. 02 Gil Trujillo Quintero debe pagar los 37 años de prisión por la masacre de sus nueve compañeros.