La criticada figura del vicepresidente de la República fue creada por la Constitución de 1991, después de haber sido abolida mediante el Acto legislativo N°3 de 1910, tras varios periodos conflictivos de existencia en las Constituciones de 1821, 1830 y 1886.
En la actual Carta Política, este cargo se reinstauró como una manera de darle legitimidad popular a una persona que debe ser elegida el mismo día y con los mismos votos que su jefe, el Presidente de la República.
Su única función constitucional sería la de reemplazar al Primer mandatario ante sus faltas absolutas o temporales. Mientras su jefe ejerce la presidencia, le puede confiar algunas misiones o encargos especiales y designarlo en cualquier puesto de la rama ejecutiva.
Sin embargo, pueden pasar los cuatro años sin que el vicepresidente asuma la primera magistratura, como de hecho ha ocurrido, a excepción del caso de Carlos Lemos quien asumió la presidencia por una semana en 1997.
En las campañas electorales, la formula vicepresidencial se ha convertido en una pieza clase para conquistar votos cautivos de otras orillas políticas. Esta cohesión –a veces artificial y circunstancial- puede acarrear conflictos y rupturas, como la ocurrida entre Samper y su vicepresidente De La Calle.
En la actual campaña presidencial, algunos aspirantes han elegido sus coequiperos tratando de captar votos que podrían resultar claves al momento de la elección. Se busca por ejemplo mostrar una mayor inclusión de ciertas minorías (como el caso de Petro y Fajardo), o tratar de atraer sectores de centro (como lo hizo Fico con Lara), o resaltar la labor de los militares (reconocimiento de Ingrid al Coronel Esparza).
Bajo este escenario, surge la duda de si todos los candidatos vicepresidenciales tendrían las cualidades requeridas para ejercer la presidencia (v.g. liderazgo, trayectoria nacional, experiencia, manejo político, carisma, etc.). Es allí donde probablemente algunos no llenen este perfil, por lo que lo deseable es que ojalá no se llegue a dar una falta temporal o absoluta del jefe de Estado.