La Nación
Campesinos también serán beneficiados con pago de prima 1 28 marzo, 2024
ECONOMÍA

Campesinos también serán beneficiados con pago de prima

Así quedó establecido en el Decreto 803 emanado desde el Ministerio de Agricultura; le explicamos cómo acceder al beneficio.

huila@lanacion.com.co

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo rural anunció una importante ayuda dirigida exclusivamente a los campesinos colombianos. Mediante Decreto 803 se creará el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP) para el Sector Agropecuario, en el marco de la Emergencia Sanitaria ocasionada por el coronavirus covid-19.

Se trata de un único aporte monetario de naturaleza estatal, cuyo objeto es apoyar y subsidiar el primer pago de la prima de servicios del presente año.

“Este decreto permite apoyar a los productores con el pago de esa obligación por $220.000”, sostuvo el Ministro de Agricultura Rodolfo Enrique Zea.

Anunció además que el Gobierno Nacional lanzó un incentivo a la comercialización de los productos. Se han destinado $33.500 millones para ayudar a campesinos que tengan dificultades con el transporte de sus cosechas.

¿Quién podrá ser beneficiario?

Podrán ser beneficiarios del programa las personas naturales que sean trabajadoras o productoras del campo colombiano, que demuestren la necesidad del aporte estatal certificando una disminución del 20% o más en sus ingresos, y que ganan entre un salario mínimo y $1.000.000.

¿Debo contar con una cuenta bancaria?

Los beneficiarios deberán contar con un producto de depósito en una entidad financiera. Para efectos de este programa se entenderán como entidades financieras aquellas entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia o por la Superintendencia de Economía Solidaria, que tengan autorizado el ofrecimiento de productos de depósito.

¿Cómo garantizarán que el subsidio llegue a quien corresponde?

Se tomará como referencia la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), con el fin de verificar si efectivamente los trabajadores que se relacionen son del sector agropecuario, como también,  que los pagos de los aportes parafiscales vienen desde antes del primero de febrero de 2020.

¿Quién no podrá acceder al programa?

No podrán acceder las personas naturales que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:

  • Que tengan menos de tres empleados reportados en la PILA correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 a cargo de dicha persona natural.
  • Que sean Personas Expuestas Políticamente (PEP) o sean cónyuges, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de Personas Expuestas Políticamente – PEP.

¿Cuánto recibirán los beneficiarios?

La cuantía corresponderá al número de empleados que cumplan con los requisitos multiplicado por $220.000.

¿Cómo me postulo?

Las personas naturales que cumplan con los requisitos deberán presentar ante la entidad financiera en la que tengan un producto de depósito, los siguientes documentos:

  • Solicitud firmada por la persona natural empleadora, en la cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios para el Sector Agropecuario.
  • Certificación firmada por la persona natural empleadora y el revisor fiscal o contador público en los casos en los que el empleador no esté obligado a tener revisor fiscal, en la que se certifique: la disminución de ingresos y el número de primas de servicios que se subsidiaron a través del aporte estatal objeto del Programa.

Tenga en cuenta que la simple postulación no implica el derecho a recibir el aporte estatal.

¿Debo tener registro mercantil?

No. Para las actividades del campo no se exige registro mercantil.

¿Cuántas primas subsidiarán?

El Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios para el sector agropecuario se aplicará únicamente para el primer pago de la prima de servicios del año 2020.

Recuerde que en todo caso, la obligación de pagar la prima de servicios corresponde al empleador.