La Nación
Prepárese para el incremento de  los impuestos 1 23 abril, 2024
ECONOMÍA

Prepárese para el incremento de  los impuestos

Con el año nuevo, todo sube. Trámites y servicios, el Soat, La cuota moderadora en las EPS, los servicios notariales, los aportes a pensión; también suben los comparendos, los servicios como las grúas, los patios y las matrículas y pensiones en los colegios, entre otros.

Los impuestos también sufren un incremento, que se establece según la Unidad de Valor Tributario – UVT. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales  – Dian, estableció que la UVT para este año es de $33.156, este valor será el que defina el incremento de los impuestos para este 2018.

“Es el resultado de aplicar a la actual UVT ($31.859), la variación acumulada del índice de precios al consumidor para ingresos medios entre el 1° de octubre de 2016 y el 1° de octubre de 2017, que fue de 4,07 %”, explicó la entidad.

Es decir que este año todos los impuestos que pagan los contribuyentes incrementarán $33.156. Para el caso de las sanciones, por no pagar puntualmente los impuestos, esta se estableció en 10 veces la UVT, es decir que su valor se aproxima a $332.000, salvo las excepciones de ley.

Impuestos vehiculares

En el caso de los impuestos vehiculares, para este 2018 de los 13.548 vehículos que pagan impuestos, el 67% bajarán el valor de su base gravable y 33% deberán ajustar su valor con tendencia al aumento.

En el caso de las motos, las que están obligadas a pagar el impuesto serán aquellas que tengan motores de más de 125 centímetros cúbicos. Y este año, en aquellos casos en donde la desactualización de la base gravable sea mayor con referencia al precio de mercado, el ajuste deberá hacerse de forma gradual por los próximos cuatro años. El ajuste comenzará con la aplicación del 30 % del avalúo comercial.

En los vehículos, el porcentaje máximo de incremento de la base gravable será de aproximadamente 3,9%, correspondiente al valor de inflación de los últimos doce meses y esto aplicará solo en caso de que la base se encuentre desactualizada.

 

Calendario tributario

El Decreto 1951 del 28 de noviembre de 2017, establece el calendario tributario para el año 2018, allí se señalan, los plazos que los colombianos tendrán para la presentación y pago de las declaraciones de impuestos para este nuevo año.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIO:

Una sola cuota:  inicia  el 9 de agosto y termina el 19 de octubre de 2018, de acuerdo con los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria – NIT.

Cuotas – grandes contribuyentes:  el valor de la primera cuota (de tres), se cumplirá entre el 8 y el 21 de febrero; la presentación de la declaración y pago de la segunda cuota será entre el 10 y el 23 de abril; y la tercera cuota deberán pagarla entre el 13 y 26 de junio de 2018, de acuerdo con el último dígito del NIT.

SOBRETASA AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIO

Grandes contribuyentes: La primera cuota se paga entre el 10 y 23 de abril; y la segunda entre el 13 y el 26 de junio, de acuerdo con el último dígito del NIT.

Personas jurídicas: La primera cuota  se deberá pagar entre el 10 de abril y el 08 de mayo. La segunda cuota entre del 13 al 26 de junio.

DECLARACIÓN Y PAGO DE MONOTRIBUTO BEPS Y MONOTRIBUTO RIESGOS LABORALES

Las personas naturales  deberán declarar y pagar el impuesto correspondiente al año gravable 2017, a más tardar el día 31 de enero de 2018.

PRESENTACIÓN Y PAGO “OBRAS POR IMPUESTOS”

Los contribuyentes personas jurídicas y los Grandes Contribuyentes Personas Jurídicas, que a 31 de marzo de 2018 soliciten la vinculación del Impuesto a “Obras por Impuestos”, podrán presentar la Declaración del Impuesto sobre la renta y complementario y pagar la primera cuota hasta el 25 de mayo de 2018.

 IMPUESTO A LA RIQUEZA

Por el año gravable 2018, el impuesto a la riqueza sólo lo deben declarar y pagar las personas naturales y sucesiones ilíquidas. El plazo para presentar la declaración de este impuesto y cancelar la primera cuota, será entre el 9 y el 23 de mayo. El pago de la segunda cuota deberá realizarse entre el 11 y el 24 de septiembre de 2018, atendiendo el último digito del NIT del declarante.

DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR

Grandes contribuyentes: del 10 al 23 de abril según el último dígito del NIT.

Personas Jurídicas: del 10 de abril al 08 de mayo de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.

Personas Naturales: del 9 de agosto al 19 de octubre de 2018 de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.

PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA

La declaración informativa se presentará en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, atendiendo al último dígito del NIT del declarante, entre el 11 y el 24 de septiembre de 2018.

IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS

Los vencimientos, de acuerdo con el último dígito del NIT del responsable, serán: primer periodo, entre el 8 y el 22 de marzo; segundo periodo, entre el 9 y el 23 de mayo; tercer periodo, entre el 10 y el 24 de julio; cuarto periodo, entre el 11 y el 24 de septiembre; quinto periodo, entre el 9 y el 23 de noviembre; sexto periodo, entre el 11 y el 24 de enero de 2019.

En cuanto a la declaración y pago Cuatrimestral, los responsables de este impuesto (personas jurídicas y naturales) cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año 2017 sean inferiores ($2.931.028.000)

De acuerdo con el último dígito del Número de Identificación Tributaria -NIT, serán los siguientes; primer cuatrimestre: del 9 al 23 de mayo; segundo cuatrimestre, del 11 al 24 de septiembre, tercer cuatrimestre, del 11 al 24 de enero de 2019.

IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO

​Es el mismo periodo y fechas establecidas para el Impuesto sobre las Ventas.

DECLARACIÓN DE RETENCIONES Y AUTORRETENCIONES EN LA FUENTE

Se paga cada mes.

– Enero: entre el 8 – 21 de febrero

– Febrero: entre el 8 – 22 de marzo

– Marzo: entre el 10 – 23 de abril

– Abril: entre el 9 – 23 de mayo

– Mayo: entre el 13 – 26 de junio

– Junio: entre el 10 – 24 de julio

– Julio: entre el 9 – 23 de agosto

– Agosto: entre el 11 – 24 de septiembre

-Septiembre entre el 9 – 23 de octubre

– Octubre: entre el 9 – 23 de noviembre

– Noviembre: entre el 10 – 21 de diciembre

– Diciembre: entre el 11 – 24 de enero de 2019