La Nación
Exalcalde de Campoalegre castigado por la Procuraduría 1 19 abril, 2024
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Exalcalde de Campoalegre castigado por la Procuraduría

La Procuraduría Provincial de Neiva sancionó con destitución e inhabilidad de diez años para ejercer función pública, al exalcalde de Campoalegre Aldemar Gutiérrez Muñoz, por irregularidades en la firma de un contrato para el sector de vivienda y ambiente, entre otros objetos, por $126 millones.

Temadeldía@lanación.com.co

Por irregularidades en la firma de un contrato por más de $100 millones, la Procuraduría Provincial de Neiva sancionó con destitución e inhabilidad de 10 años al exalcalde de Campoalegre, Aldemar Gutiérrez Muñoz (2016-2019).

En la investigación disciplinaria el órgano de control estableció que el funcionario acudió al esquema de contratación directa para celebrar el convenio interadministrativo No. 201 del 25 de noviembre de 2016, por valor de $126.067.304, con la Corporación Centro Provincial de Gestión Agroempresarial del Centro del Huila ”CPGA La Siberia”, en donde ésta se comprometía con el ente territorial a “prestar sus servicios técnicos profesionales en el sector vivienda, ambiente, consistente en la legalización y protocolización de predios ejidales y fiscales, como también reforestación, aislamiento y capacitación ambiental para la conservación y protección de los recursos naturales de Campoalegre, específicamente la cuenca del río que surte el acueducto municipal”.

Referente a lo anterior, el Ministerio Público comprobó que CPGA La Siberia, como persona jurídica, no contemplaba en su estatuto un objeto igual o similar al de la “legalización y protocolización de predios ejidales y/o fiscales”, es decir, que no contaba con la idoneidad para desarrollar el contrato.

En la investigación, la Procuraduría demostró que la administración municipal de Campoalegre era miembro y fundador de la “CPGA La Siberia”, razón por la cual, el alcalde, al ostentar la representación legal del municipio, sabía de antemano cuál era el objeto social de dicha corporación y, pese a ello, avaló la capacidad de la misma para ejecutar el objeto contractual.

Igualmente, el Ministerio Público formuló cargos al exalcalde por haber suscrito de manera directa dicho convenio con CPGA La Siberia, un contratista que carecía de capacidad de organización técnica necesaria para ejecutar la totalidad del objeto del convenio, pues ésta “no contaba con un personal de planta calificado e idóneo para su ejecución, debiendo acudir a la subcontratación con terceros, de la totalidad del objeto contractual, enrostrando provisionalmente con esta conducta la posible comisión de una falta gravísima”.

Falta gravísima

Para el órgano de control, con su actuación, el exfuncionario vulneró los principios de transparencia y responsabilidad en la contratación pública, así como el de moralidad que rige la función administrativa.

Es así que, en el fallo de primera instancia, por esos hechos, el Ministerio Público calificó la falta como gravísima, cometida a título de culpa gravísima.

“Siendo consecuentes con la valoración efectuada en el pliego de cargos, encontramos que las conductas materia de investigación se determinan como falta gravísima, participar en la actividad contractual con desconocimientos de los principios que regula la contratación estatal y la función administrativa”, explica la Procuraduría.

Así las cosas, la Procuraduría Provincial de Neiva en fallo de primera instancia mediante Auto del 12 de septiembre de 2019 formuló pliego de cargos contra el exalcalde de Campoalegre.

La sanción

La procuradora provincial de Neiva, Yulieth Cristina Cortés Fierro, resolvió, primero, sancionar al exalcalde Aldemar Gutiérrez Muñoz por los hechos mencionados, y, en consecuencia, imponerle una sanción de destitución del cargo e inhabilidad de diez años para ejercer función pública.

Advirtió que contra la misma procede el recurso de apelación ante la Procuraduría Regional del Huila, que deberá interponer el implicado dentro de los tres días siguientes a la notificación.

Para el órgano de control, con su actuación, el exfuncionario vulneró los principios de transparencia y responsabilidad en la contratación pública, así como el de moralidad que rige la función administrativa.