La Nación
‘Exclusión de ex rector de la Usco Pedro Reyes de lista de elegibles no se atacaba con tutela’ 1 20 abril, 2024
JUDICIAL

‘Exclusión de ex rector de la Usco Pedro Reyes de lista de elegibles no se atacaba con tutela’

 

El exrector de la Universidad Surcolombiana (Usco), Pedro León Reyes Gaspar, no logró a través de tutela tumbar la decisión del Consejo Superior de excluirlo de la lista de aspirantes a cargo de Rector. “La tutela es improcedente…el accionante cuenta con mecanismos como la acción de nulidad…”, dijo la juez.

Rafael Rodríguez C.
rafael@lanacion.com.co

Una acción de nulidad es el mecanismo que debió utilizar el exrector de la Universidad Surcolombiana (Usco), para ‘tumbar’ la decisión del Consejo Superior del centro de estudios, que lo excluyó de la lista de aspirantes a la Rectoría.

Así lo dio a conocer la juez Segunda de Familia del Circuito de Neiva, Andira Milena Ibarra Chamarro, al resolver la tutela que instauró el exrector para que lo incluyeran en la lista que definirá la terna a principios del mes de febrero.

Reyes Gaspar, en la tutela señaló que el Consejo Superior Universitario le vulneró derechos fundamentales al debido proceso, participación y acceso al desempeño de funciones y cargos públicos, habiéndolo excluido de la lista definitiva de aspirantes a la Rectoría. El organismo excluyó de la lista a Gaspar Reyes, bajo el argumento de que al haberse declarado nula la elección de la rectora Nidia Guzmán, para el periodo 2018-2022, lo inhabilitada “toda vez que de ser designado para el cargo existiría una reelección consecutiva porque él fue rector en el periodo 19 de septiembre de 2014 a 18 de septiembre de 2018”, manifestó el exrector en la tutela.

La universidad, al responder la tutela, manifestó que no se vulneraron los derechos fundamentales de Reyes Gaspar. “Tiene otros medios de defensa judicial para controvertir el acto que para él se torna definitivo y no se está vulnerando sus derechos fundamentales”. Precisó que como el exfuncionario tras haber sido rector en el periodo 2014-2018, se encuentra impedido para participar en la convocatoria para ese cargo en el periodo 2020-2024, porque con la nulidad de la elección de Nidia Guzmán por el Consejo de Estado “…luego este acto (elección) perdió todo efecto y por ello, el accionante no puede ser incluido para la nueva convocatoria pues ello implicaría una ‘reelección’…”.

Las pruebas y argumentos presentados, llevaron a la juez a negar la pretensión de Gaspar Reyes a través de la tutela, al señalar que ésta no es improcedente. “El accionante para dejar sin efecto el acto administrativo del Consejo Superior de la Universidad que lo inadmitió, cuenta con mecanismos para refutarlo como es la acción de nulidad y el restablecimiento del derecho dentro del término legal previsto”, dijo la togada.

Sostuvo la juez que ella no es de su competencia resolver lo pretendido por Reyes Gaspar, “tal labor implica inmiscuirse en asuntos que sin duda desbordan la órbita de la acción, toda vez que es una controversia que ha sido reservada a la jurisdicción administrativa a través de un procedimiento idóneo y con vinculación de la entidad a la que se le endilga la actuación irregular…”.

Agregó el juez, que tampoco le corresponde establecer si con la exclusión de la lista de aspirantes el Consejo Superior Universitario perjudicó los intereses de Reyes Gaspar. “La labor de análisis de los requisitos para ser tenido como elegible no le corresponde al juez de tutela sino a la entidad a quien se le asignó esta tarea (Consejo Superior)…”.