La Nación
‘Fiscalía no cumplió y deben ser absueltos’ 1 20 abril, 2024
JUDICIAL

‘Fiscalía no cumplió y deben ser absueltos’

Una falla de la Fiscalía permitió que Jean Paul Guillaume Liévano, Aníbal Andrés Charry Bressan y Carlos Augusto Cruz Trujillo, acusados de estafa en Neiva, fueran absueltos. El juez de primera instancia ordenó investigar disciplinaria y penalmente al fiscal el caso.

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

“El fiscal de la época, simplemente, se limitó a acusar por hechos que probó pero que no configuran delito…”, sentenciaron los magistrados al absolver a tres hombres que fueron acusados de estafa por la Fiscalía.

La decisión fue adoptada por los magistrados de la Sala Segunda de Decisión Penal del Tribunal Superior de Neiva, al dejar en firme el fallo de primera instancia del Juzgado Primero Penal del Circuito de Neiva con Funciones de Conocimiento, que fue apelado por el abogado de la víctima.

Los procesados Jean Paul Guillaume Liévano, Aníbal Andrés Charry Bressan y Carlos Augusto Cruz Trujillo, habían sido acusados del delito de estafa por la venta de una vivienda en el barrio Quirinal, cuya propietaria era Cecilia Quimbayo, funcionaria de la Contraloría General de la República.

‘Fiscalía no cumplió y deben ser absueltos’ 7 20 abril, 2024
Jean Paul Guillaume Liévano, Aníbal Andrés Charry Bressan y Jorge Milton Tovar Parada.

El error del fiscal del caso, fue advertido antes del inicio del juicio oral por el juzgado de conocimiento, que le indicó al funcionario judicial que corrigiera la acusación, sin que éste hiciera la modificación.

“La Fiscalía no cumplió con su obligación de especificar en la acusación “cuáles fueron las maniobras artificiosas, cómo se indujo o mantuvo en error, cómo ellos perjudicaron el patrimonio económico de las víctimas y el provecho ilícito obtenido por parte de los aquí acusados”, por el contrario, simplemente dio a conocer cómo se efectuó la compraventa del inmueble entre los procesados y las víctimas, sin explicar los efectos penales del comportamiento ilícito acaecido, siendo equivocada la acusación fáctica”, explicó el togado en la sentencia de primera instancia, al absolver a los acusados.

Agregó que, si bien la Fiscalía, el Ministerio Público y el representante de víctimas consideraron que a través del juicio se probó la responsabilidad de los acusados, lo pertinente es absolverlos por cuanto la Fiscalía “dolosamente se abstuvo de presentar los hechos jurídicamente relevantes objeto del juzgamiento”.

El operador judicial, además compulsó copias penales y disciplinarias contra el fiscal que formuló la acusación por su “actuar reprochable”.

‘Fiscalía no cumplió y deben ser absueltos’ 8 20 abril, 2024
Jorge Milton Tovar Parada confesó que vendió la casa y fue condenado.

“Cuáles maniobras engañosas”

Los argumentos del juez fueron acogidos por los magistrados, al señalar que de los hechos jurídicamente relevantes fijados en la acusación no se logra aclarar siquiera sumariamente la configuración de las referidas circunstancias, “por cuanto, se insiste, los supuestos de facto por los que se acusó refieren exclusivamente el desarrollo de un negocio jurídico de compraventa de bien inmueble, sin dar a conocer cuáles maniobras engañosas fueron ejecutadas por parte de los procesados frente a las víctimas y que desbordaban la licitud del negocio jurídico, dando lugar a un fraude”.

Precisaron que le correspondía al fiscal demostrar ante el juzgado que los hechos por los que acusó a Guillaume Liévano, Charry Bressan y Cruz Trujillo, constituían verdaderamente el delito de estafa endilgado, “carga que no cumplió”.

La venta de la casa

Según el fiscal del caso, en diciembre de 2008, Guillaume Liévano, Charry Bressan y Cruz Trujillo, ofrecieron en venta la casa ubicada en la calle 16 No. 6-73 del barrio El Quirinal de Neiva, a Juan Carlos Osorio Manrique por valor de $200.000.000.

El potencial comprador y su socio, Benito Cerquera Ortiz, acordaron un encuentro con el presunto propietario de la vivienda, David Manuel Gil Guerrero, el cual se realizó el día18 de diciembre, se pactó la forma de pago así: $75.000.000 mediante cheque No. 60238385 que hizo efectivo Aníbal Charry Bressan; $85.000.0000 con cheque No. 1174 girado al supuesto propietario del bien; $10.000.000 en efectivo de comisión pagados a Jean Paul Liévano.

Agregó el fiscal que, además, se acordó que el excedente sería cancelado una vez registrada la escritura pública en favor de los compradores así: $23.000.000 en efectivo y dos cheques por $85.000.000 y $17.000.000, entregados a los vendedores.

Un condenado

La venta de la casa, que fue demolida, ha dejado la condena de un médico especialista y políglota, quien la vendió dos veces con un poder falso.

Se trata de Jorge Milton Tovar Parada, según el fiscal 16 Seccional de Neiva, vendió primero la casa a David Manuel Gil, el 18 de diciembre de 2008 por 81 millones de pesos y la segunda venta fue a Juan Carlos Osorio, Benito Cerquera Ortiz y Freddy Marín Cerquera Cabrera por 200’000.000 de pesos el 23 de diciembre.

El médico, de 57 años de edad, en la audiencia de imputación de cargos decidió allanarse a los cargos de falsedad en documento público, obtención de documento público falso, fraude procesal y estafa agravada.

Tovar Parada fue condenado el 3 de agosto de 2014, a cuatro años y tres meses de prisión y una multa de 105.555 salarios mínimos legales mensuales vigentes por el Juez Penal del Circuito de Neiva con Funciones de Conocimiento.