Flora Perdomo se refirió a la polémica por sus mesadas pensionales, ¿qué dijo?

La congresista huilense, Flora Perdomo, en un comunicado, se refirió a la polémica que se desató por el cobro supuestamente irregular de sus mesadas pensionales. “En este proceso no hay cosa juzgada”, expresó.

Redacción Web/LN

Luego que se conociera que la congresista huilense, Flora Perdomo, tendrá que reintegrar sus mesadas pensionales desde que ejerce la curul en la Cámara de Representantes, la dirigente política liberal emitió en las últimas horas un comunicado en los siguientes términos:

“Como ciudadana colombiana y ejerciendo mi derecho de defensa y contradicción establecido en la Constitución Política de Colombia, emprendí una batalla jurídica en contra de la Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales UGPP, por haber suspendido y/o revocado unilateralmente el reconocimiento de la bonificación gracia que me fue reconocido por cumplir los requisitos de edad, tiempo de servicio y muy importante, BUEN COMPORTAMIENTO (además de que dicho reconocimiento se hace a los docentes por su labor y dedicación en la zona rural), cuando ejercía como docente, ya que dicha prestación no depende de una afiliación al contrario de lo que sucede con la pensión de jubilación y es un derecho adquirido que venía percibiendo desde el año 2009 bajo los postulados de la Buena Fe y Confianza legitima, ya que, dada la naturaleza legal y jurisprudencial de dicha prestación, la misma forma parte de aquellas excepciones establecidas en el artículo 128 de la Constitución política de Colombia, y por ello, junto a mis abogados, consideramos que es completamente compatible con el salario que devengo actualmente como Representante a la Cámara por el Departamento del Huila, por así permitirlo la Ley y lo estatuido por la jurisprudencia de las altas cortes al momento de haberse reconocido dicho derecho, al punto, que debido a las acciones emprendidas por la suscrita, se suspendió el mencionado cobro por parte de la UGPP.

Es necesario hacer claridad, que la publicación del diario La Nación del pasado domingo no tuvo en cuenta ni opinión al respecto, jamás fui llamada o consultada para dar mi versión sobre lo que allí se describe, no sin antes aclarar que este asunto hace parte de un proceso o disputa legal que vengo sosteniendo con esta entidad del Estado desde tiempo atrás, pues como me lo permite las normas tengo el derecho a controvertir y reclamar cuando considero se me está vulnerando en este caso un derecho adquirido.

Es necesario indicar que los docentes nos regimos bajo un régimen especial y que al momento de cumplir nuestro tiempo de servicio, debido a las luchas sindicales y acuerdos entre el Ministerio de Educación, El Gobierno y el Magisterio adquirimos algunas prerrogativas que están enmarcadas dentro de la ley y ello no indica que estemos cometiendo delitos o desarrollando acciones fraudulentas como se ha querido dar a entender a la opinión pública.

Por último, el artículo 279 de la Ley 100 de 1993, en uno de sus apartes, expresa lo siguiente, en cuanto a la arbitrariedad que se está cometiendo en mi caso y por la cual estoy dando una legítima reclamación:

El régimen prestacional aplicable a los actuales docentes nacionales o nacionalizados que se incorporen a las plantas departamentales o distritales sin solución de continuidad y las nuevas vinculaciones será el reconocido por la Ley 91 de 1989, y las prestaciones en ellas reconocidas serán compatibles con pensiones o cualquier otra clase de remuneraciones. El personal docente de vinculación departamental, distrital y municipal será incorporado al Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio y se les respetará el régimen prestacional vigente de la respectiva entidad territorial.

Así mismo, se exceptúa a los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, creado por la Ley 91 de 1989, cuyas prestaciones a cargo serán compatibles con pensiones o cualquier clase de remuneración. Este Fondo será responsable de la expedición y pago de bonos pensionales en favor de educadores que se retiren del servicio, de conformidad con la reglamentación que para el efecto se expida.

Por lo anterior manifiesto que seguiré luchando con las herramientas que la Ley y la jurisprudencia me dan, en defensa de mis derechos fundamentales y que nos han sido otorgados de Buena fe, siempre ejerciendo mi derecho de defensa y contradicción ante nuestra Justicia, en la cual creo absolutamente, como ciudadana de bien que acata y respeta la Constitución Política de Colombia.

En este proceso no hay cosa juzgada y eso debe quedar claro. Es una disputa en el marco de la ley; Por un lado el ente pensional que dice no tengo derecho al pago por mis años de servicio en la docencia y por el otro la suscrita ciudadana que considera bajo el marco de la ley tener el derecho de hacer uso de ese beneficio establecido y regulado por las mismas normas de nuestro país”.

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