La Nación
Hermes Cabera absuelto de la desaparición y muerte en Pitalito 1 28 marzo, 2024
INVESTIGACIÓN

Hermes Cabera absuelto de la desaparición y muerte en Pitalito

La justicia absolvió a Hermes Cabrera Pascuas de los delitos de desaparición forzada agravada y feminicidio agravado. La Fiscalía lo había acusado de haber asesinado a su exesposa Myriam Ovalle Téllez, en el municipio de Pitalito. El juez dijo que no existe prueba directa que lo incrimine.

Rafael Rodríguez C.

rafael@lanacion.com.co

Duda en las pruebas llevaron a la justicia a absolver  a Hermes Cabrera Pascuas de la acusación de haber sido el autor de la desaparición y muerte de su exesposa, la comerciante Myriam Ovalle Téllez, en el municipio de Pitalito, en abril de 2017.

Así lo dio a conocer el Juez Tercero Penal Especializado de Neiva en la sentencia de primera instancia al señalar que no existe prueba directa que lo incrimine en los delitos de desaparición forzada agravada y feminicidio agravado por los que fue acusado por la Fiscalía Tercera Especializada de Neiva.

“Afloran dudas que restan valor suasorio a los cargos endilgados por la Fiscalía, no resultando en consecuencia posible para esta judicatura lograr el grado de convicción más allá de toda duda, necesario se impone proferir fallo absolutorio a favor del acusado”, dijo el togado.

La fiscal acusó a Cabrera Pascuas luego de haber sido hallados restos óseos de Myriam Ovalle, quien había sido reportada como desaparecida por él mismo, el 4 de febrero de 2017, horas después de haberla acompañado a realizar unas compras a diferentes establecimientos comerciales en el Valle de Laboyos.

Según el ente acusador, el hombre “seleccionó” a la víctima aprovechando la confianza que tenían con la finalidad de quedarse con los bienes y dinero que tenía la víctima.

Agregó la fiscal del caso que Cabrera Pascuas privó de la libertad a la mujer, la ocultó sin dar razón de su paradero, para luego “quitarle la vida, desmembrarla y arrojar sus restos a la orilla de una fuente hídrica” en el sector conocido como Vegas de Alumbre en la vereda Chillurco en el municipio de Pitalito.

 

Fiscalía no probó la acusación

El juez en la sentencia condenatoria manifestó que la teoría de la Fiscalía relacionada con que Hermes Cabrera Pascuas seleccionó a la víctima aprovechando la confianza por ser su excompañera sentimental, no encuentra elemento de prueba que la confirme, “ni sustento lógico para ventilarla como posible”.

Sostuvo el togado que Hermes Cabrera no seleccionó a la supuesta víctima de desaparición o feminicidio aprovechando la confianza. “Si como lo afirma la Fiscalía, eran enemigos y habían terminado su relación sentimental en condiciones deplorables tras los demostrados e innumerables maltratos, golpes e infidelidades de que esta era víctima por parte de aquel…se dirá entonces y es de sentido común, que esta no tendría motivo alguno para contestarle llamadas a las dos y once minutos de la madrugada y llamarlo en dos oportunidades la mañana del día de los hechos, subírsele a la camioneta e irse juntos de compras…”.

Indicó que entre los dos había la confianza suficiente ya que no solo ella había dejado al cuidado de él a sus hijas sino que tenían una relación de amigos. “Es tal la confianza entre Hermes y Myriam, que Myriam no solo deja los paquetes de sus compras en la camioneta de su ex esposo, sino que una vez separados, le dejó para su manutención y cuidado hasta sus hijas, de donde se infiere total confianza, compañerismo y cordialidad en su nueva relación de amigos”.

 

Hermes Cabera absuelto de la desaparición y muerte en Pitalito 7 28 marzo, 2024
Myriam Ovalle Téllez fue asesinada en el municipio de Pitalito, en abril de 2017.

Adquisición de bienes de la víctima

Señaló el juez que la Fiscalía tampoco demostró en el juicio que la finalidad de Hermes Cabrera era quedarse con los bienes y dineros que tenía su ex esposa Myriam  al momento de su muerte.

Recordó el operador judicial que los bienes ya habían sido repartidos cuando se separaron, como lo señaló además en el juicio oral  Lilia Gloria Ovalle Téllez, hermana de Myriam, quien manifestó que ellos antes de separarse tenían una casa en el barrio Las Acacias de Pitalito, la camioneta Dímax, la camioneta Kía que su hermana estaba pagando a cuotas. “Al separarse, la casa ya la habían vendido y Hermes manejaba como suya la camioneta Kía, sin que pagara las cuotas de la obligación ante la entidad crediticia…”.

Sobre el señalamiento que el procesado había cobrado un seguro por la muerte de su exesposa, en el juicio bajo juramento el testigo de la Fiscalía señala lo contrario. “El testigo claramente establece que la víctima tenía créditos y ahorros en dicha cooperativa (Utrahuilca) concretados tan solo en la suma de $21.219.000 los cuales fueron entregados al abogado de Hermes, así como tan solo un seguro por la misma obligación crediticia con el que se pagó la deuda pendiente por la compra de la camioneta”.

Sostuvo el juez que no está demostrado en el juicio la existencia de un cuantioso seguro o “de una jugosa suma de dinero, como para que Hermes, con la intención de quedarse con ellos, asesinara a la madre de sus hijas y a su compañera que en otrora vendió todos sus bienes para sacarlo de la cárcel”.

El juez señaló además que en el contrainterrogatorio aclara el testigo investigador de la Fiscalía, que el único beneficiario autorizado que aparece en los documentos de Utrahuilca era Hermes Cabrera y no las tres hijas, “aclarando que no existía, ni se cobró, un seguro de vida de Myriam Ovalle y que lo que se cobró por parte del abogado de Hermes fueron tan solo unos ahorros de un poco más de veinte millones de pesos y un auxilio funerario por muerte de tres millones…ésta nunca tuvo un seguro de vida”.

Las pruebas llevaron al togado a señalar que no se demostró por parte del ente acusador, “un interés económico del acusado en la muerte de Myriam Ovalle Téllez, que no fuera el que en derecho le correspondía como padre y representante legal de sus hijas que tenía a su cargo”

 

Trágica muerte

El togado señaló que no existe elemento de prueba concreto o cierto  con relación a la trágica y deplorable muerte de Myriam “quien fuera picada con arma corto contundente…”.

Señaló que no es razonable que Cabrera Pascuas hubiera perpetrado la traumática muerte de su exesposa para obtener sus bienes. “…menos lógico y razonable, como para inferir que con su sola muerte, sin desmembración alguna a pedazos, no pudiera haberse obtenido el mismo beneficio económico, lucro o seguro en procura de los supuestos intereses materiales de su exesposo ahora acusado, haciéndose necesario contrariamente picarle a Myriam sus extremidades superiores e inferiores para su pago u obtención de beneficio económico alguno”.

El brutal crimen de la mujer podría obedecer a una venganza o ajuste de cuentas por las deudas económicas que tenía con prestamistas y que no fue investigado por la Fiscalía, señaló el juez. “El asunto resulta desde todo punto de vista totalmente irracional… más bien una posible retaliación o venganza en la manera de acometerse el homicidio, aspecto éste que no fue siquiera ventilado como posible en la investigación por la Fiscalía, más aún cuando se muestra ostensible en juicio el estado de estrés y depresión que aquejaba a Myriam por las deudas que tenía…sino principalmente con los prestamistas informales que dicen llamarse gota a gota…”.