La exigencia de carné obligatorio de vacunación

Germán Alfonso López Daza*

 

El Gobierno nacional expidió recientemente el Decreto 1408 de 2021 mediante el cual, imparte instrucciones a los departamentos y municipios para que dispongan en su territorio, la presentación obligatoria del carné de vacunación contra el Covid-19, como exigencia previa para el ingreso a eventos presenciales de carácter público de masiva concurrencia.

Es así que los administradores o propietarios de establecimientos como bares, restaurantes, cines, discotecas, conciertos, casinos, escenarios deportivos, parques de diversiones, museos, entre otros, deberán disponer de lo necesario para exigir el comprobante de vacunación, ya sea el carné o el certificado digital.

Esta medida va en la dirección correcta, pues el mayor riesgo para un rebrote del temido virus lo generan los eventos masivos que aglutinan un importante número de personas. Sin embargo, el control a este tipo de establecimientos –sobre todo los que expenden alcohol y que funcionan de noche-, puede convertirse en algo de difícil vigilancia por parte de las autoridades municipales. Con el afán de tener mayores ventas y consumo del público, los propietarios de esta clase de negocios podrían omitir la exigencia de tales comprobantes.

Otro escenario de muy posible ocurrencia es la falsificación de esto documentos. Infortunadamente la “creatividad” de algunos pueden llevar a falsificar el carné o el certificado digital con el fin de hacerle trampa a la norma.

Es allí donde la medida podría tener inconvenientes para su efectivización, más ahora que se acercan las fiestas de fin de año y las vacaciones. Es necesario que los establecimientos abiertos al público cumplan con esta normativa para evitar el tan temido cuarto pico que podría llegar si se omiten estos controles.

Toda persona tiene derecho a no vacunarse, pero también debe ser consciente que su negativa puede generar nuevas variantes del virus que afecten a quienes sí lo han hecho. Por tanto, debe asumir estas restricciones en aras de la salud de toda la colectividad. (*Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO).

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