La Nación
La Usco, ¿un ‘rey de burlas? 1 28 marzo, 2024
INVESTIGACIÓN

La Usco, ¿un ‘rey de burlas?

Por segunda vez en menos de ocho días la consulta para elegir rector quedó de nuevo en el vacío. Otras dos medidas intempestivas frenaron su realización.

Ricardo Areiza

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

Aunque el juez Segundo Civil del Circuito de Neiva, Juan Carlos Ortiz Vargas, logró frenar la primera avalancha de tutelas para impedir la consulta estamentaria, una segunda fase de la estrategia, para desgracia de la Universidad Surcolombiana, volvió a colocarla en un torbellino de inconveniente incertidumbre.

Aunque resulte doloroso para la institucionalidad, el levantamiento de las medidas cautelares no pudo disipar la tormenta.

Cuando la Usco se preparaba para realizar la jornada electoral, otra tutela inesperada volvió a dejarla en vilo.

Esta vez, el Juzgado Cuarto Civil del Circuito, ordenó de nuevo la suspensión, al acoger una solicitud formulada por el médico Luis Alberto Cerquera, peticiones que habían sido resueltas desde el martes pasado. Aunque, se demostró que era un hecho superado, el despacho judicial mantuvo la medida amparada por otra restricción, resucitada por la Alcaldía de Neiva.

El Consejo Superior, reunido extraordinariamente, acató por unanimidad la orden judicial y suspendió hasta nueva orden la realización de la jornada electoral.

“Aunque no compartimos la medida, la acatamos porque somos respetuosos de las órdenes judiciales y por lo tanto, la consulta prevista para este jueves queda suspendida”, confirmó el rector Hernando Gil Tovar.

El funcionario también anunció la normalización de las actividades académicas de la universidad.

“La consulta quedará suspendida hasta que desaparezcan las circunstancias que originaron la suspensión, es decir, hasta cuando se levante la restricción impuesta”, precisó el secretario General, Antonio Polanía.

La Usco, ¿un ‘rey de burlas? 7 28 marzo, 2024
Caso resuelto, hecho superado

El ‘Cerquerazo’

El médico Cerquera, víctima de la judicialización del proceso electoral en la Usco que hoy sorpresivamente replica, no pudo terminar su mandato entre el 2 de mayo de 2007 y el primero de mayo de 2011.

Cuando acababa de cumplir el primer año, el Consejo de Estado anuló el acto de elección, porque no cumplía con los requisitos.  La acción de nulidad la presentó Salomón Motta Manrique, pariente de otro ex rector de la Usco, actualmente prófugo en Estados Unidos.

Coincidencialmente, en esa época fungía como presidenta del Consejo Superior Universitario, la actual ministra de Educación, María Victoria Angulo. La funcionaria en su condición de delegada de la ministra de la época, estimó que los aspirantes inscritos Efraín Jiménez, Alfonso Manrique y Luis Alberto Cerquera no reunían los requisitos estatutarios.

En el caso de Cerquera Escobar, quien resultó electo rector, aportó como antecedentes disciplinarios profesionales, una certificación expedida por el Colegio Médico del Huila y no por el Tribunal de Ética Médica, el organismo competente.

No obstante, se realizó la consulta y Cerquera ocupó el primer lugar; en segundo lugar fue para el voto en blanco y el tercer lugar fue para Armando Criollo.

Durante la jornada electoral, según el Consejo de Estado se presentaron varias irregularidades, entre otras, supuestas presiones con los jurados de votación a pie de urna y la principal: la falta de registro de electores aptos para votar que ahora repitió para pedir la suspensión del proceso.

Aunque Cerquera denunció en su momento una ‘conspiración judicial en su contra’ hoy recurrió al mismo escenario para impedir la realización de la consulta.

Lo curioso: El médico Cerquera sabía que sus reclamos habían sido atendidos. Desde el 23 de marzo, luego de haber enviado su petición al Consejo Superior, el presidente del Comité Electoral, Rubén Darío Valbuena (el suplente de Leonel Sanoni en el Consejo Superior) le resolvió sus reclamos. Los docentes objeto del reclamo votarían en la Facultad de Salud, su sitio de trabajo, y no en la sede Central como aparecieron. (Ver Facsímil)

Esa notificación fue la que originó la llamada de Cerquera al asesor de Nidia y de éste a Nidia, que se transmitió en vivo y en directo, en una clase virtual, que originó el nuevo escándalo mediático.

Aunque Cerquera lo sabía y estaba notificado, sorpresivamente, decidió instaurar otra tutela reclamando por vía judicial, el tema que ya estaba superado.

La tutela

Aunque el primer chaparrón de diez tutelas estaba disipado, dos nuevas medidas, volvieron a provocar la incertidumbre.

La Juez Cuarta Civil del Circuito de Neiva, Sandra Lorena Díaz Vargas, decidió otra estocada al proceso electoral. Aunque ya era un hecho superado, la juez de tutela admitió el recurso y decidió suspender de nuevo el cronograma y por lo tanto, la realización de la consulta.

La decisión fue reportada hacia el mediodía y se volvió viral. Ante la sorpresiva decisión, la Usco, con las pruebas de ser un hecho superado, le pidió que reconsiderara la drástica medida.

Horas más tarde, la misma funcionaria estudió la reclamación pero, ahora sustentada en otra disposición, dejó intacta la prohibición para realizar la consulta.

 

Dura estocada

Y de nuevo dejó en la incertidumbre la realización del proceso, acorde con la estrategia jurídica, liderada por una de las campañas para oponerse a su realización.

La funcionaria judicial mantuvo la suspensión al considerar que la ‘Lista de Confirmación’, que certifica el cumplimiento de los 92 items previstos en el protocolo de bioseguridad, solo aplicaba para la sede central y no para la Facultad de Salud, el otro puesto de votación.

“En consecuencia, dijo, mal podría esta togada, ordenar el levantamiento de la medida cautelar decretada pues, se estaría atentando contra el derecho a a la salubridad o salud pública, derecho de salud, derecho a la vida, derecho a la igualdad, derecho de elegir, derecho a tomar parte en elecciones, derecho al debido proceso y derecho de petición del accionante y de la comunidad educativa en general, en atención a que no se evidencia con prueba siquiera sumaria, la autorización para llevar a cabo los comicios en la Facultad de Salud y en las sedes ubicadas en los municipios de Pitalito, Garzón y La Plata”.

“Siendo la universidad una sola, no es posible permitir el desarrollo en una sede, cuando los demás sitios de votación no se encuentran autorizados”, explicó al estudiar la tutela colocada por el médico Cerquera.

Y para completar, reiteró la renovada restricción, impuesta por la Alcaldía de Neiva contenida ayer en la Resolución 038 de 2021 que revivió la Resolución 033 vigente solo para la consulta inicialmente contemplada para el jueves pasado.

Aunque anunció que no invalidaría la decisión de primera instancia que admitió la tutela, haciendo eco a la restricción de la Alcaldía, la juez “dispuso la prohibición de toda actividad electoral en la Universidad Surcolombiana hasta tanto se cumplan los condicionamientos, directrices y protocolos de autoridades nacionales y municipales; pues se insiste y se resalta, hasta la fecha no existe autorización emitida por la entidad competente, pues la sola lista de chequeo no es suficiente para que se entienda cumplidos los requisitos de habilitación necesarios para llevar a cabo los comicios, máxime cuando existe pronunciamiento previa emitido por el ente territorial”.

La Usco, ¿un ‘rey de burlas? 8 28 marzo, 2024
Reporte ocupación UCI

Prohibición

La Resolución 038 expedida a última hora está firmada por Esmith Duarte Cano, quien funge como alcaldesa encargada y por el secretario de Gobierno, Faiver Hoyos.

Curiosamente, el acto administrativo no tuvo esta vez, el aval de los asesores jurídicos, internos y externos, insistiendo en los peligros de aglomeraciones.

La medida solo modifica la fecha de la prohibición de la consulta.

¿Otra alcaldada?

La nueva restricción impuesta por la Alcaldía no está respaldada ni autorizada por el Ministerio del Interior como quedó consignado en las medidas para la mitigación de la pandemia.

Los alcaldes en los municipios de alta afectación, con la debida autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social, podrán restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado, de acuerdo con la variación en el comportamiento de la pandemia.

La restricción no puede ser discrecional del ejecutivo y debe tener expresa y previa autorización del Ministerio del Interior.

La normatividad precisa que cuando un municipio presente un nivel de ocupación en sus unidades de cuidados intensivos -UCI- entre el 70 y 79%, entre el 80% y 89 % o mayor al 90%, o una variación negativa en el comportamiento de la pandemia, el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga las medidas específicas y las actividades que estarán permitidas en estos municipios de acuerdo a los niveles de ocupación de UCI o la variación negativa en el comportamiento de la pandemia.  Con base en este reporte el Ministerio del Interior solicitará al respectivo alcalde la implementación de las medidas especiales, según corresponda u ordenará el cierre de las actividades o casos respectivos.

Los alcaldes de los municipios cuya ocupación de Unidades de Cuidados Intensivos(UCI) oscile entre el 51 % y el 69% podrán implementar medidas especiales, previa autorización del Ministerio del Interior y concepto favorable del Ministerio de Salud y Protección Social, si presentan una variación negativa en el comportamiento de la pandemia.

En el acto administrativo que impuso la restricción, no está soportado ni está autorizada por el Ministerio del Interior como lo precisa el Decreto 039 de 2021. Y menos cuando la velocidad del contagio está disminuyendo.

Según la Sala de Análisis del Riesgo, las Unidades de Cuidados Intensivos en la red pública y privada del Huila estuvo la semana pasada en 56,4% (similar a la reportada a comienzos de marzo 56%). En Neiva, la ocupación se ubicó en promedio en 70%.

Según el CRUE, la ocupación en Neiva esta en el 71% mientras que a nivel departamental es del 55%, lo que implica que en los casos de Pitalito, Garzón y La Plata, las autoridades locales ni regionales no pueden prohibirla sin autorización del Ministerio del Interior.

De las 662 camas de UCI existentes, 416 estuvieron ocupadas y 246 disponibles.

El Hospital Universitario de Neiva reportó ayer una ocupación del 63% en la UCI adultos, una de las más bajas. De las 113 camas, 71 estaban ocupadas.

Desde la semana pasada el Huila ocupó el puesto 11 entre las regiones con los promedios diarios más bajos del país.

Aunque la terna que se sometía a consulta ha sido objeto de múltiples reparos, por ahora quedó otra vez en suspenso y la interinidad amenaza con extenderse indefinidamente, mientras la Usco, convertida en un rey de burlas, sigue nadando en un torbellino de inestabilidad, rumbo al precipicio.