La Nación
Los derechos de la oposición 1 16 abril, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

Los derechos de la oposición

Germán Alfonso López Daza

En reciente sentencia de tutela, la Corte Constitucional protegió el derecho fundamental a la oposición del senador Gustavo Petro, como representante del movimiento político Colombia Humana, y ordenó al Consejo Nacional Electoral -CNE- que reconociera la personería jurídica a dicho partido después de que le fuera negada.

Esta sería la segunda decisión que tiene unos efectos políticos considerables con miras a las elecciones del próximo año, ya que por orden de la Corte en el pasado mes de agosto mediante un fallo de amparo, revivió la personería del Nuevo Liberalismo fundado por el asesinado líder Luis Carlos Galán, protegiendo con ello los derechos fundamentales de la viuda del fundador del citado movimiento.

Con estas decisiones, el alto tribunal constitucional fija importantes precedentes en materia electoral que deben ser acatados tanto por el CNE como por el Gobierno Nacional. Para el caso de la ultima decisión que favorece un partido de la oposición, la democracia colombiana sale fortalecida, pues esta se alimenta del debate político abierto entre los diferentes actores que no ostentan el poder frente a unas mayorías que sí lo tienen.

Las minorías políticas que no logran hacerse al poder, asumen la función de control y las mayorías que lo detentan deben someterse a su escrutinio. La oposición política es una consecuencia directa del valor del pluralismo contenido en el artículo 1º de la Constitución. De esta forma, los partidos y movimientos están llamados a canalizar el descontento ciudadano con el objeto de abrir el debate sobre temáticas o cuestiones gubernamentales que ameriten un control político y social.

El derecho a la oposición es una manifestación del derecho a la libertad de expresión. La libre comunicación de las opiniones es uno de los derechos más preciados en los Estados democráticos. La Constitución Política colombiana lo consagra en el artículo 20.

A pesar de las criticas -algunas justificadas- hacia el senador Petro, este fallo fortalece la democracia y reconoce las garantías de la oposición. (*Dir. Grupo Nuevas Visiones del Derecho – USCO).