La Nación
Millonaria demanda por caducidad en contratos del estadio de Neiva 1 23 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Millonaria demanda por caducidad en contratos del estadio de Neiva

El consorcio interventor reclama una jugosa indemnización por la terminación anticipada del contrato. Contra toda evidencia, insiste en que la administración fue la incumplida, no los contratistas.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

 

Lo que se esperaba. El consorcio encargado de la interventoría de la fallida remodelación del estadio de Neiva, demandó a la Alcaldía de Neiva, reclamando una millonaria indemnización.

La demanda fue instaurada ante el Tribunal Administrativo del Huila, argumentando que en este caso, la que incumplió fue la administración municipal al declarar la terminación anticipada por las demostradas irregularidades en el proceso de contratación y ejecución, que terminó con el colapso parcial de la tribuna occidental con un trágico saldo cuatro muertos y diez heridos.

Contra toda evidencia, el grupo empresarial solicitó la nulidad de los actos administrativos mediante los cuales declaró la caducidad del contrato de interventoría por grave incumplimiento.

Además, solicitó que se declare que “la administración municipal incumplió dicho contrato y que el consorcio por el contrario lo cumplió y se ordene la liquidación de mismo, condenándose al ente territorial al pago de los saldos a favor del contratista, a la devolución de lo cancelado por concepto de perjuicios en virtud de los actos administrativos señalados y al reconocimiento de costas y agencias en derecho”.

El consorcio le dio poder al abogado Jorge Pino Ricci para adelantar la demanda. Sin embargo, el medio de control quedó en suspenso.

A pesar de la magnitud de las pretensiones, la acción judicial presentaba graves deficiencias, que obligó en principio su inadmisión.

El magistrado Jorge Alirio Cortés, a quien le correspondió el estudio, le dio un término de diez días para subsanar la demanda, lo que desatará otra dura controversia jurídica por el colapso y paralización de las obras de remodelación del escenario deportivo.

 

La caducidad

La caducidad fue declarada el 8 de octubre de 2018 mediante la Resolución 370 en la fase final del proceso sancionatorio iniciado dos meses después de la tragedia que dejó cuatro muertos y diez heridos. La decisión fue confirmada mediante Resolución 461 del 8 de noviembre del mismo año.

La medida fue decretada por el jefe de contratación Ad hoc, German Gonzalo Barón. Además, declaró el siniestro de incumplimiento, dio por terminado el vínculo contractual y ordenó la liquidación del contrato de interventoría No. 1760 suscrito el 18 de diciembre de 2014.

Ocho días antes declaró por las mismas razones, la caducidad del contrato de obra pública, soportado en un informe técnico sobre las fallas que ocasionaron la tragedia, y, el incumplimiento del contrato.

Asimismo, la administración municipal hizo efectiva la garantía única de cumplimiento suscrita con la Compañía Aseguradora Solidaria de Colombia equivalente al 20% del valor total del contrato con el adicional. La garantía ascendió a 326,94 millones de pesos como pago parcial de los perjuicios ocasionados. De éstos 163.47 millones por concepto de perjuicios causados por el incumplimiento del contrato y un monto similar a la cláusula penal.

El contrato 1760 fue adjudicado al Consorcio Interventoría 2014 representado legalmente por el técnico agropecuario Luis Alfonso Trujillo Bríñez, principal accionista de la firma Dicon (Diseños y Construcciones Ingenierías SAS), integrante del consorcio con el 70%.

Igualmente el ingeniero laboyano Diego Fernando Jaime Escobar con un 25% y el ingeniero valluno  Pedro José Serrano Carrasquilla con un 5%.  Los dos últimos figuraron como parte del personal de apoyo.

Jaime Escobar, figuraba como experto en ingeniería hidrosanitaria. Durante el concurso de méritos llevó la vocería del consorcio.

Trujillo Briñez, el principal accionista, en realidad nunca ejerció la interventoría sino que fue contratada con un pariente suyo.

El contrato 1760 de 2014 tuvo un costo inicial de 1.199,76 millones de pesos. El 18 de febrero de 2016 fue adicionado en 434.96 millones para un total de 1.634.7 millones de pesos.

 

Motivos alegados

Según la administración municipal, quedó demostrado que el Consorcio Interventoría Estadio 2014 incumplió la mayoría de sus obligaciones específicas, pero sobre todo el objeto mismo del contrato y las normas legales que rigen su actividad.

En su criterio, la firma interventora no cumplió con su función legal y contractual de garantizar la calidad de la obra entregada, ni de advertir los incumplimientos por parte del constructor.

La interventoría no ejerció, según el dictamen, la vigilancia de la remodelación y validó las falencias. Tampoco se pronunció sobre la repotenciación de las estructuras existentes, ni sobre la calidad y estabilidad de las obras ejecutadas.

“Este es uno de los hechos de incumplimiento más lesivos para la administración. A pesar de que la obligación principal del interventor era garantizar el objeto del contrato de obra, conjuntamente con el constructor arbitrariamente desviaron los recursos de los ítems de reforzamiento de la obra antigua o existente de la tribuna occidental a otras actividades”, apuntó.

Esa decisión, según la evaluación final,  no fue formalmente informada, no contó con el aval de la administración, ni del diseñador, ni de la Curaduría que otorgó la licencia.

Graves omisiones

“Así las cosas, se demostró que el Consorcio Interventoría Estadio 2014 incumplió la mayoría de sus obligaciones específicas, pero sobre todo el objeto mismo del contrato y las normas legales que rigen su actividad.”, concluyó.

“La administración no contó con el Consorcio Interventoría Estadio 2014 como un colaborador que garantizara la dirección, supervisión y vigilancia del objeto del contrato de obra, como quiera que éste no garantizó el fin perseguido por la administración. Por el contrario, actuó en permanente colusión con el constructor para defraudar a la administración”, precisó el documento.

“Las acciones de interventor y constructor han llevado a que se haya perdido la vida de cuatro obreros y ocasionado lesiones a otros seis; a que la obra en este momento se encuentre paralizada, los recursos invertidos en riesgo, se hayan pagado enormes cantidades de recursos en obras no conformes, y el edificio no puede ser utilizado en razón a que ni la parte antigua o existente ni la nueva, cumplen con las normas colombianas sobre edificaciones sismo resistentes”, concluyó el documento.

Millonaria demanda por caducidad en contratos del estadio de Neiva 7 23 abril, 2024
La caducidad del contrato fue decretada el 8 de octubre de 2018.

Otros procesos

El proceso contractual, según la Fiscalía, estuvo ‘amarrado’ desde el comienzo para favorecer al único contratista de la obra civil y por supuesto, al interventor.  Por eso adelanta un proceso penal contra los presuntos responsables, entre ellos, los contratistas, interventores y servidores públicos.

También la Contraloría General de la República les imputó responsabilidad fiscal por los graves incumplimientos.

El consorcio interventor, según el organismo de control,  no sólo incumplió su deber de advertir, prevenir y exigir al contratista que corrigiera dicha situación, sino que certificó que el constructor seguía las normas de seguridad industrial, a pesar de ser esto contrario a la realidad.

La interventoría no habría tomado todas las medidas técnicas y conforme a las mejores prácticas, en la aprobación, revisión y control del proceso constructivo por parte del contratista, necesarias para prevenir el siniestro del pasado 19 de agosto.

Según la decisión, “quedó demostrado que el proceso de vertido de concreto de las graderías de la tribuna occidental en voladizo que terminó en colapso, con la muerte de cuatro obreros y lesiones a otros diez, “no fue debidamente planeado ni ejecutado por el constructor, ni advertidas por parte de la interventoría integral externa las diferentes falencias con las que contaba el proceso constructivo”.

Tampoco se garantizaron durante el proceso las normas de seguridad industrial mínimas necesarias para proteger la integridad de los trabajadores.

La firma, según el documento, no advirtió ninguna de estas situaciones, ni desplegó acciones tendientes a prevenir y corregir la conducta negligente del constructor.

“Es claro que el interventor consintió los graves defectos en el proceso constructivo, pues certificó que el proceso constructivo venía siendo adelantado de forma idónea, no obstante el abundante material probatorio analizado demuestra lo contrario”.

El abogado Alex Paolo García (hoy Jefe de Contratación de la Gobernación del Huila), quien ejerció la representación jurídica de uno de los miembros del consorcio cuestionó duramente la terminación anticipada del contrato de interventoría, argumentando que se vulneraron principios esenciales del debido proceso y no hubo garantías procesales.