El exrepresentante a la cámara y aspirante al Senado Álvaro Hernán Prada intentó una vez más que su investigación por presunta manipulación de testigos quedara en manos de la Fiscalía. Sin embargo, su solicitud fue rechazada por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.
Una batalla más que pierde el exrepresentante a la cámara Álvaro Hernán Prada. En esta oportunidad, por medio de una tutela, el huilense intentó que su proceso por presunta manipulación de testigos quedara en manos de la Fiscalía General de la Nación.
Sin embargo, su solicitud fue negada por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia. El alto tribunal le recordó a Álvaro Hernán Prada que es investigado por actos que, presuntamente, cometió haciendo valer su investidura de congresista.
Investigación
El excongresista huilense es investigado al parecer porque ofreció beneficios como delegado del exsenador Álvaro Uribe Vélez, también investigado por la justicia colombiana. Estos beneficios los habría ofrecido a través de Carlos Eduardo López Callejas, alias “Caliche”, para lograr la retractación de Juan Guillermo Monsalve, testigo estrella en el proceso del expresidente.
No es la primera vez
No es la primera vez que Prada intenta que su proceso quede en poder de la Fiscalía General de la Nación. El exrepresentante renunció a su curul en el Congreso, lo mismo que hizo el expresidente Uribe, para que la Corte Suprema remitiera el expediente a manos del ente acusador, pero dicho movimiento o ‘jugada’ no salió del todo bien.
A diferencia del expresidente Uribe, que su investigación si quedó en manos de la Fiscalía, el análisis de la Sala es que si bien hubo un patrón en esa conducta casi idéntico, el escenario del expresidente era diferente porque los presuntos hechos cometidos no se registraron en el marco de sus funciones como aforado y la época de los sucesos fueron diferentes.
Para la Corte, “Prada abordó al testigo cuando ostentaba su condición de congresista, era cercano al líder del Centro Democrático, pretendía robustecer su liderazgo político al interior del partido y su electorado en la región que representa, razón por la que no se advierte un trato desigual entre iguales y la diferencia brindada a cada caso se encuentra constitucionalmente sustentada, sin que la simple dejación del cargo le permita evadir la competencia de fallador natural ni la extinción del fuero”.
En ese orden de ideas, el alto tribunal consideró que no se vulneró el derecho de igualdad que reclamó el exrepresentante a través de la acción de tutela.