La Nación
Perlas legislativas 1 18 abril, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

Perlas legislativas

 

Uno de los puntos que debemos reconocerles a las fallidas reformas tributaria y a la salud, es que han despertado el interés de los colombianos por revisar y discutir con detenimiento, la actividad del legislativo, especialmente, los proyectos de ley que se están tramitando. Muestra de ello podemos verlo reflejado en las reacciones que ha producido el proyecto de ley No. 458-21 (Senado), por medio del cual se busca implementar medidas para “promover la adquisición, renovación y no evasión del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito”.

En su versión original, el proyecto presenta una estructura bastante llamativa de incentivos para las personas que tengan buen comportamiento detrás del volante durante los últimos años. En este sentido, se propone una escala de descuentos que van aumentando, dependiendo del número de años que no se haya hecho uso del SOAT. Hasta este punto, podríamos decir que el proyecto de ley, además de loable, cuenta con incentivos que fomentarían el buen comportamiento vial.

¿Entonces por qué tanto alboroto por este proyecto? Pues bien, durante su tránsito legislativo, al proyecto le adicionaron una llamativa “perla”, que, de ser incluida en la versión final, cambiaría radicalmente el panorama jurídico para los propietarios de vehículos en Colombia. Esta adición fue realizada por medio de un parágrafo que establece que, “la no renovación del SOAT, en los términos establecidos por la ley, generará la imposición de una orden de comparendo en forma automática al propietario del vehículo (…)”

En caso de sobrevivir al debate restante, este “miquito” no la tendrá fácil, pues quien lo redactó, olvidó que, en Colombia, el Código Nacional de Tránsito (artículo 42), establece la obligatoriedad del seguro para todos los vehículos que vayan a transitar por el país. Dicho en otras palabras, el proyecto de ley estaría desconociendo el hecho de que la legislación actual reconoce la posibilidad de que uno pueda tener sin SOAT, vehículos que no se encentren en circulación, como, por ejemplo: vehículos de colección, en reparación, en proceso de restauración, o simplemente parqueados en la casa, por existir medidas de confinamiento, tal como ocurrió el año pasado.

Como alternativa, lo que sí se podría proponer, es que se implementen sistemas electrónicos que detecten de manera automática, los vehículos en circulación que no tienen SOAT o no lo han renovado, pues de esta manera sí se estaría respetando el verdadero espíritu de la norma sobre seguros obligatorios.