Por la compra irregular de 96 computadores que nunca llegaron a las cuatro sedes, el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Neiva encontró penalmente responsable al ex rector Jesús Antonio Motta Manrique, prófugo en Estados Unidos. El comienzo de una época aciaga.
RICARDO AREIZA
unidadinvestigativa@lanacion.com.co
Después de casi dos décadas de debate judicial, el ex rector de la Universidad Surcolombiana, Jesús Antonio Motta Manrique fue condenado por segunda vez, por graves anomalías registradas durante el corto mandato que ejerció desde el 18 de mayo de 2001 hasta el 26 de julio de 2002, cuando su designación fue anulada.
El ex funcionario, prófugo en Estados Unidos, fue encontrado culpable por irregularidades en la compra de 96 computadores para las cuatro sedes que nunca llegaron.
El ex servidor público quien acaba de cumplir 69 años, también fue procesado en otro caso por irregularidades en la construcción de la cafetería en el 2001. Esta vez, el Juzgado Quinto Penal del Circuito después de un largo proceso judicial volvió a condenarlo por esta irregular contratación.
Ahora, Motta Manrique fue condenado de nuevo en primera instancia a la pena principal de 144 meses de prisión (12 años) como autor responsable de los delitos de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
La juez, Olga Lucía Becerra, lo inhabilitó por el mismo periodo, le impuso una cuantiosa multa y ordenó su captura.
El negociazo
Los cuatro contratos fueron firmados el 25 de abril de 2002 para el suministro de 96 computadores (24 para cada sede) costaron 312 millones de pesos (cada uno por 78 millones de pesos). El sobrecosto era casi de la mitad de cada contrato. En concreto el sobreprecio equivalía al 47,5% en cada contrato.
Es decir 37,20 millones de pesos más en cada contrato. En total se los costos se excedieron en 148,80 millones de pesos, valor en que fue estimado el detrimento patrimonial y por lo tanto, el monto del peculado en favor de terceros.
Cada computador le costó a la Usco hace 20 años 3,25 millones de pesos. Hoy vale la mitad. Un computador clásico Compaq, Evo, Pentium IV de 1,8, disco duro de 40 gb, valía en el 2002, en Unilagos, entre 1.300.000 y 1.800.000 pesos, según las cotizaciones del momento.
En Neiva, en esa época, costaba dos millones de pesos. Las cotizaciones fueron hechas para una entidad estatal, sin los descuentos por volumen de compras.
Era de crisis
La llegada de Motta Manrique a la rectoría de la Usco marcó el comienzo de una temporada de inestabilidad que aún se mantiene. El ingeniero de sistemas solo ejerció el cargo durante 14 meses cuando su elección se desplomó, como ha venido ocurriendo.
Motta Manrique fue escogido en una polémica consulta estamentaria realizada el 26 noviembre de 1999. Aunque ganó la docente Aura Elena Bernal, el Consejo Superior designó a Motta Manrique por una irregular calificación de la hoja de vida y ponderación de los resultados. Sin embargo, luego de agotar las vías judiciales, Aura Elena Bernal no logró conservar el cargo. El 26 de abril del 2001, un año después de haber asumido el cargo, el Consejo de Estado anuló su elección.
Motta Manrique tampoco logró terminar su periodo. Como ocurre en la actualidad, la elección de Motta fue demandada por Aspu.
El 10 de mayo de 2002 el Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección por incompatibilidades para el ejercicio del cargo por incumplimiento de los requisitos exigidos y por haberse designado ilegalmente por parte de la mayoría del Consejo Superior. Luego de un periodo de interinidad, asumió Edgar Machado y finalmente, en otra consulta asumió Ricardo Mosquera Mesa, quien renunció.
A pesar del corto periodo, Motta Manrique, salió con múltiples enredos judiciales, fiscales y disciplinarios, que aún persisten.
Investigación
El 22 de agosto de 2003 se dispuso la apertura de investigación previa en averiguación de responsables por la adquisición de los equipos de cómputo que nunca llegaron a las sedes.
Después de muchos avatares jurídicos, el 16 de febrero de 2009 se ordenó la vinculación de Motta Manrique. El primero de septiembre de 2010 se le impuso medida de aseguramiento de detención preventiva sin beneficio de excarcelación.
Motta Manrique huyó del país. El primero de junio de 2015 fue declarada persona ausente. El 15 de febrero de 2015 se profirió resolución de acusación. Finalmente, la Fiscalía Tercera Delegada ante el Tribunal Superior la confirmó el 13 de mayo de 2016.
La audiencia preparatoria culminó el 2 de octubre de 2017. En la etapa del juicio, la Fiscalía solicitó sentencia condenatoria. El fiscal del caso logró demostrar con grado de certeza la materialidad de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
Anomalías
En esta negociación, según el fiscal, hubo graves irregularidades, entre ellas fraccionamiento de contratos, sobrecostos, ausencia de oferentes y destinación oficial diferente.
Los certificados de disponibilidad presupuestal y los registros presupuestales, aparecen con fecha posterior a la solicitud de cotización, y a las mismas cotizaciones presentadas por los proveedores. Además, se adquirieron sin pólizas de garantías de calidad de los bienes.
En un informe con radicado 552 del 30 de noviembre de 2004, rendido por funcionarios del CTI aparece un documento clave que desmonta la urgencia de la contratación.
En el oficio fechado el 3 de septiembre de 2002, el Coordinador del Proyectos Universal Virtual explicó que las sedes de Pitalito, Garzón y La Plata, requerían solo 10 computadores, y no de 24, como se contempló para justificar la contratación. Pero además, nunca fueron enviados a las sedes. Solo un computador se remitió a Garzón.
“Inexplicablemente a excepción de uno, los demás nunca se remitieron a sus destinos, lo que puso en duda la urgencia y la necesidad de esa contratación”, reportó uno de los investigadores.
Los computadores ingresaron al almacén seis meses y medio después de haber sido recibidos y verificados por los interventores, afectando las vigencias de las pólizas de cumplimiento y el manejo de anticipos.
Sobrecostos
Un informe de costos, realizado por peritos del CTI revela los sobreprecios en los cuatro contratos comparativamente con cotizaciones de empresas del Centro Comercial Unilago, especializados en tecnología e innovación, y distribuidores de Neiva.
La Fiscalía demostró que en cada contrato había un faltante de 37 millones, arrojando una sumatoria de 148,80 millones de pesos, monto del peculado por apropiación, según los peritos.
“Además, esa contratación debió hacerse por invitación publica y no de manera directa, como en efecto, se hizo”, acotó.
La Vicerrectora Administrativa de la época, aseguró que el rector nunca la convocó a los Comités de Contratación que debían realizarse por normas estatutarias con su presencia. La funcionaria confirmó que solo se enteraron de la existencia de los contratos cuando los organismos de control comenzaron a investigar las anomalías.
“Este hecho, según la Fiscalía, demuestra el dolo cuando suscribió dichos contratos, tratando de ocultarlos de las personas que debían participar en su trámite”.
La otra cara
Sin embargo, la defensa rebatió la tesis sustentada por la Fiscalía para endilgarle la indebida contratación argumentando que no se encontraron las pólizas de garantías de calidad de los bienes, ni se cumplió con el plazo estipulado. “Estas dos situaciones no configuran la tipicidad de la conducta”, alegó.
“Tanto la póliza como dicho incumplimiento se encuentran ubicados en la etapa de ejecución del contrato, momento que el legislador no sancionó con reproche penal; por lo tanto, estimó que no es posible endilgarle responsabilidad por estas dos situaciones”, remarcó.
También rebatió los cuestionamientos sobre la vigencia de las pólizas de cumplimiento, el manejo del anticipo y los certificados de disponibilidad presupuestal que aparecen con fecha posterior a las solicitudes de cotización.
“En este caso, -agregó- como lo señala la jurisprudencia, lo importante es que haya disponibilidad presupuestal, sin importar si la misma fue expedida manera anterior y posterior”.
“El registro presupuestal no es requisito esencial para la celebración del contrato, sino para la ejecución del mismo, según lo advirtió la Corte Suprema de Justicia”. Sin embargo, otra cosa consideró la juez Olga Lucía Becerra.
Favorecimiento
El 25 de abril de 2002, Motta Manrique suscribió en forma directa cuatro contratos de compraventa (Nos. 017, 018, 019 y 024) con las firmas Compimex Ltda, Solar Computadores Ltda, La Tienda Informática Ltda, y Best Buy Suministros Ltda. El objeto era el suministro de 96 computadores (24 computadores para cada una de las sedes de Pitalito, Garzón y La Plata).
Los cuatro proveedores tenían relaciones entre sí y eran socios comunes. Lo que se probó es que cada contrato valía el doble de lo que costaba en el mercado.
“Dichos negocios no podían celebrarse de manera directa, como equivocadamente lo hizo el señor Jesús Antonio Motta Manrique, toda vez por un lado, los contratos individualmente superaban el monto establecido para tal efecto”, explicó la juez Olga Lucía Becerra.
Desatino
Los cuatro contratos de compraventa conservaban el mismo objeto, el mismo valor, la misma fecha de celebración y las mismas especificaciones técnicas, razón por la cual, emerge con nitidez que no resultaba necesaria la división de procesos contractuales; pues perfectamente se hubieran podido realizar en un solo contrato”, explicó la juez.
“El fraccionamiento de los contratos se realizó con el fin de evadir la modalidad de contratación establecida según la cuantía de los procesos contractuales”, insistió la juez.
“El fraccionamiento, en efecto sí ocurrió, fue intencional y con el claro propósito de eludir el trámite contractual. Fue un completo desatino”.
Peculado
“Dada la exagerada ganancia obtenida por los contratistas, es viable colegir que el procesado Jesús Antonio Motta Manrique permitió que terceros se apropiaran indebidamente de recursos públicos; situación ésta que lesionó las arcas de dicha institución”, concluyó la funcionaria judicial. En su criterio se configuró el delito de peculado por apropiación en favor de terceros.
“La falta de planeación y control por parte de Motta Manrique como representante legal de dicha Universidad, permitió que los recursos que se habían dispuesto para la adquisición de equipos de computadores, se convirtieran en ganancias exorbitantes para los contratistas, perjudicando el erario público”, precisó la juez Olga Lucia Becerra.
Ante la vulneración de los principios que rigen la contratación estatal, en especial los de planeación y transparencia, Motta Manrique, según la juez, permitió con la suscripción de los contratos de compraventa la apropiación de recursos por parte de los contratistas, atentado contra el patrimonio público. Por eso lo condenó.
La condena
Motta Manrique fue condenado en primera instancia a la pena principal de 144 meses de prisión (12 años) e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso, además, fue sentenciado a cancelar una multa de 238,65 millones de pesos, en calidad de autor responsable de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
La juez le negó todos los beneficios, incluyendo la detención domiciliaria. Tampoco le concedió suspensión condicional de la ejecución de la sentencia por exceder los cinco años mínimos que contempla la normativa penal.
Para el cumplimiento de la sanción, la juez libró la orden de captura correspondiente que se hará efectiva una vez adquiera firmeza esta decisión.
Al no haberse imputado circunstancias de agravación genéricas contra el ex rector, la pena se fijó en el cuarto mínimo.
Aunque toda conducta punible origina la obligación de reparar los daños materiales y morales causados, en este caso la juez no se pronunció al no estar debidamente acreditados ni cuantificados los perjuicios.
Contra esta decisión procede el recurso ordinario de apelación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva.