Aunque parezca insólito, el exalcalde de Neiva, Gorky Muñoz Calderón, busca impunidad por supuesta corrupción en la contratación durante la pandemia. Pidió la nulidad de los fallos aun sin ejecutar y demandó a la Procuraduría por supuestos perjuicios morales por la destitución.
RICARDO AREIZA
Investigacioneshuila@gmail.com
Increíble. El exalcalde de Neiva, Gorky Muñoz Calderón y otros tres miembros de su equipo de gobierno, destituidos e inhabilitados por supuesta corrupción, emprendieron una contraofensiva contra la Procuraduría General de la Nación.
Aunque los funcionarios terminaron el gobierno en diciembre de 2023 sin que los fallos se hicieran efectivos, ahora, decidieron demandar los fallos de primera y segunda instancia, buscando la impunidad.
La ofensiva jurídica, pretende, además, la depuración de los antecedentes disciplinarios, y, sorpresivamente, el pago de una cuantiosa indemnización dineraria por supuestos perjuicios morales.
El contraataque fue instaurado el año pasado en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sin embargo, el magistrado Israel Soler declaró su falta de competencia por factor territorialidad y remitió a Neiva el expediente.
La competencia le correspondió al Tribunal Administrativo del Huila al tratarse de un asunto de carácter disciplinario, ajeno a las consideraciones de tipo económico de la cuantía.
En tal virtud, el magistrado Gerardo Iván Muñoz determinó la potestad para conocer la demanda y procedió a su admisión. La decisión acaba de ser notificada, en momentos en que se prepara la audiencia inicial del juicio oral por anomalías similares en la adjudicación del Programa de Alimentación Escolar (PAE).
Las sanciones
Por la contratación irregular en época de la pandemia, Gorky Muñoz Calderón y otros tres miembros de su equipo de gobierno fueron sancionados con destitución e inhabilidad por la Procuraduría.
La Sala confirmó la sanción de destitución e inhabilidad general impuesta a Gorky Muñoz Calderón, en su condición de alcalde en nueve años y seis meses.
Además, la destitución e inhabilidad por nueve años impuesta a Armando Cabrera Rivera, Camila Mercedes Ortega Suarez y al secretario de Educación Giovanny Córdoba Rodríguez.
El próximo 8 de marzo de 2025 se cumplirán los primeros dos años de haber sido impuesta la sanción disciplinaria.
La primera destitución la impuso la Procuraduría el 8 de marzo de 2023. La Sala Disciplinaria confirmó el 17 de agosto de 2023 en segunda instancia la sanción de destitución e inhabilidad. Pero no pasó nada.
La Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Neiva remitió un mes después el proceso disciplinario al Consejo de Estado para que surtiera el recurso extraordinario de revisión. La decisión sigue engavetada.
La exprocuradora Margarita Cabello, cercana a Cambio Radical (partido que avaló a Gorky), se fue del cargo el 15 de enero sin que hubiera surtido esta revisión ni se hubieran hecho efectivas las medidas disciplinarias. Ahora, pretende que la Procuraduría los indemnice por los daños morales derivados de los fallos que no se han cumplido.
Los ‘pecados’ de Gorky
La Procuraduría concluyó que Gorky Muñoz Calderón y Giovanny Córdoba Rodríguez participaron en la contratación celebrada con una persona jurídica que se encontraba inhabilitada, toda vez que su representante legal era miembro principal de la junta directiva del contratista sobre la cual debía ejercer interventoría.
En concreto, según la Sala Disciplinaria, resulta evidente que quienes participaron en la etapa precontractual quebrantaron la selección objetiva y los principios de transparencia y moralidad. Estos cargos fueron ratificados en la segunda instancia.
Al haber contratado con un interventor que tenía una relación societaria con el contratista, en las condiciones analizadas por la Procuraduría derrumbó la presunción de buena fe que rige las actuaciones de todas las personas.
“El alcalde, como director de la contratación, no puede ser un espectador pasivo del proceso, circunscribiéndose a firmar los documentos que se le ponen de presente; actuar de esa manera desdice de lo que se espera de un servidor eficiente y eficaz”, concluyó la Sala Disciplinaria de Juzgamiento, reiterando el grado de culpabilidad.
“Los funcionarios, según la Sala Disciplinaria, quebrantaron el principio de moralidad cuando no actuaron en favor de los intereses de la entidad y de la colectividad, al escoger una oferta y un contratista, que en un análisis manifiesto no cumplía con las calidades necesarias para ejecutar técnica e imparcialmente la interventoría”.
Faltas gravísimas
En el caso de Gorky Muñoz Calderón, la sanción se basó en la presencia de un concurso de faltas gravísimas atribuidas a título de culpa grave – una – y tres con culpa gravísima.
La Sala Disciplinaria concluyó que Muñoz Calderón incurrió varias veces en diferentes faltas, en concreto por haber sido hallado responsable frente a los cuatro cargos atribuidos, por lo cual le impuso el máximo de la sanción por favorabilidad.
“Las conductas por las cuales fueron hallados responsables son típicas, sustancialmente ilícitas y cometidas con el grado de culpabilidad deducido a cada uno de los cuatro funcionarios sancionados”, confirmó el procurador delegado, Carlos Humberto García, presidente de la Sala Disciplinaria.
La demanda
Gorky y los demás implicados no solo demandaron la nulidad de los fallos de primera y segunda instancia. Reclamaron que sean absueltos de toda responsabilidad disciplinaria y a título de restablecimiento del derecho solicitaron el pago de los perjuicios.
Además, que se le ordene por vía judicial a la Procuraduría para que proceda a eliminar la anotación en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad (SIRI).
Igualmente ordenar a la Procuraduría a realizar tres publicaciones en diarios de amplia circulación nacional, dos de circulación local y dos en las diferentes redes sociales, en los que se informe que los cargos formulados al ex alcalde y los funcionarios sancionados no fueron probados y por lo tanto desvirtuados.
A título de indemnización, Gorky y los funcionarios destituidos e inhabilitados reclamaron una indemnización monetaria equivalente a 400 salarios mínimos mensuales por supuestos daños morales, debidamente actualizados y al pago de las costas del proceso.

Los cargos
La procuradora Delegada Disciplinaria Olga Liliana Suárez Colmenares encontró irregularidades en la contratación directa en el suministro de componentes nutricionales (mercados) para adultos mayores, ayuda humanitaria para habitantes de calle y el suministro de complementos alimenticios para estudiantes de escasos recursos de las instituciones educativas públicas, pero además por anomalías en la campaña publicitaria para prevenir el coronavirus.
Muñoz Calderón y su exsecretario de Educación Giovanni Córdoba y otros dos asesores jurídicos responden en otro proceso penal por la polémica contratación del Programa de Alimentación Escolar (PAE), contratado con la Asociación de Estudiantes Afrodescendientes de Nariño (Asoformando) del ex concejal Haiden Otoniel Vergara, aportante de su campaña. A finales del año pasado, después de cuatro años, se surtió la acusación formal contra los implicados.
Enredada contratación
Los contratos objetos de la investigación disciplinaria sumaron 8.802 millones de pesos.
El primero fue el Contrato 677 adjudicado directamente, sin licitación, el 28 de marzo de 2020 a la Corporación Colombiana en Paz y Social (Corsocial-Colombia) por un valor de $2.390 millones de pesos. A través de la orden de servicios 0001 del 21 de marzo de 2020, se contrató el suministro de 4.500 mercados adultos mayores beneficiarios del programa centros vida y modalidad satelital de Neiva.
“Muñoz Calderón comprometió el presupuesto del Municipio sin justificación porque aprobó unos ítems del contrato, bajo el rubro de “servicios”, que si bien podrían tener relación indirecta con su objeto (los alimentos de cada mercado), no contaban con un análisis de razonabilidad y conveniencia, y no respetaban los criterios de eficiencia y austeridad que se deben cumplir en la contratación estatal”, explicó la Procuradora encargada de la imputación.
Incluía 2.060 empaques de plástico con los logos de la alcaldía; 14.420 tapabocas, guantes, vestidos en tela quirúrgicos, además le adicionaron el pago de transporte y mano de obra. Este componente representaba un incremento de 330,93 millones de pesos.
Interés indebido
El representante legal de la Fundación Colombia Florece, Miguel Alfonso Banguera Jaramillo, aparece, a su vez, como miembro principal de junta directiva del contratista la Asociación de Estudiantes Afrodescendientes de Nariño (Asoformando) lo que generaba de hecho, una abierta y expresa inhabilidad. La firma alcanzó a recibir el anticipo, cuando se destapó el escándalo.
“En estas condiciones, el alcalde Gorky Muñoz Calderón desconoció el principio de selección objetiva, que es manifestación del principio de transparencia, al suscribir las órdenes de suministro y servicios 010 y 011 de 2020 con contratistas que tienen domicilio principal en otro departamento, que no tienen declarados establecimientos de comercio, sedes o sucursales en el municipio de Neiva, y que no acreditaron experiencia de ejecución contractual en ese municipio”, precisó la Procuradora Delegada al formularle cargos.
Polémica interventoría
Y para rematar expidió la orden de servicios de interventoría 011 de 2020, con una persona jurídica que tiene vínculos formales con el contratista sobre el cual se debe ejercer la interventoría. “Esas características permiten inferir que, en ambos casos, no se advierte que la administración hubiere procurado en seleccionar contratistas que ofrecieran la mejor oferta para los intereses de la entidad”, anota la imputación disciplinaria.
Los funcionarios, según la Procuradora, pudieron violar el principio de moralidad.
“No resulta leal y honesto que como interventor para la orden de suministro 010 de 2020, se haya seleccionado una persona jurídica que tiene vínculos con el contratista que ejecutará el contrato que debe ser supervisado”, anotó la directora inicial de la investigación disciplinaria.
Contraofensiva
La acción de nulidad la instauró el abogado costeño Andrés Felipe Figueroa Pérez, apoderado de los funcionarios destituidos e inhabilitados.
En su criterio, los cuestionados contratos fueron celebrados cumpliendo con las reglas aplicables y se ejecutaron en debida forma, sin que se hubiesen desconocido principios de la función administrativa y la contratación estatal y reglas jurídicas aplicables dentro del procedimiento de contratación por urgencia manifiesta. Adicionalmente, no generó ningún detrimento a la entidad estatal y permitieron cumplir con el interés público para afrontar las circunstancias de la pandemia.
Los funcionarios alegaron que el Ministerio Público desconoció el debido proceso, en concreto la garantía de congruencia; el principio de legalidad y tipicidad disciplinarias y normas superiores.
“Los actos administrativos de primera y segunda instancia fueron adoptados con violación del derecho fundamental al debido proceso por transgresión de la garantía de juez natural”, argumentó el abogado Andrés Felipe Figueroa Pérez.
En su opinión, el competente para conocer del juzgamiento de los servidores de elección popular es la Sala Disciplinaria.
Competencia
“En este sentido, el juez natural del señor Gorky Muñoz Calderón era la Sala Disciplinaria de Servidores Públicos de Elección Popular de la Procuraduría General de la Nación, que por mandato del legislador era la única competente para conocer, tramitar, adelantar y decidir, en primera instancia, el juicio disciplinario contra quien se desempeña como Alcalde del Municipio de Neiva”, precisó.
“En ningún caso, tal desplazamiento –por el Procurador General de la Nación-podrá surtirse en relación con los procesos contra servidores públicos de elección popular”, recordó.
“En todos los procesos en los cuales se investiguen servidores de elección popular se adoptarán las medidas internas para garantizar que el funcionario que formule el pliego de cargos no sea el mismo que profiera el fallo, mientras entra en vigencia esta ley”, insistió Figueroa Pérez.
En concreto: La protección especial y reforzada de los derechos políticos de los servidores públicos de elección popular se vio reforzada con la creación de tal Sala especial de Juzgamiento, situación que fue desconocida olímpicamente por la ex procuradora Margarita Cabello.