El Consejo de Estado le garantizó a escuelas campesinas de Acevedo (Huila) el acceso a internet para continuar con la escolaridad, en tiempos de pandemia. El Ministerio de las TIC debe agilizar el montaje de los centros digitales en esa zona cafetera.
RICARDO AREIZA
Unidadinvestigativa@lanacion.com.co
El acceso a internet, reconocido como parte esencial de la faceta prestacional del derecho a la educación, en el contexto de la pandemia, se convierte en una herramienta fundamental, para garantizar la continuidad del calendario académico, especialmente en zonas campesinas, determinó el Consejo de Estado, al fallar una tutela colocada por estudiantes y padres de familia de una escuela rural en Acevedo (Huila).
El internet, -según la Corte Constitucional-, es un servicio público que, prestado en una institución educativa rural y en el contexto de una sociedad de la información, permite alcanzar algunos de los fines de la educación, entre otros, fomento de la investigación; el acceso a la ciencia y la tecnología; el fortalecimiento del avance científico y tecnológico y la formación en la práctica del trabajo.
“En el contexto de la pandemia ocasionada por el Covid-19 el acceso a internet es necesario para que se continúe el proceso educativo puesto que las clases presenciales se suspendieron y aun por fuera del estado de emergencia, el acceso a internet es un instrumento que asegura el goce efectivo del derecho a la educación especialmente para las personas que se encuentran en zonas apartadas” concluyó el magistrado Gabriel Valbuena Hernández al respaldar las reclamaciones de la comunidad educativa del centro docente San José de Riecito.
El calvario
Y con razón. Ante la propagación de la pandemia, el Gobierno Nacional suspendió las clases presenciales y ordenó la virtualidad para continuar los programas académicos en casa.
Sin embargo, en algunas veredas de Acevedo, el segundo municipio cafetero del país, los niños campesinos quedaron sin clases o las reciben a cuenta gotas.
Otros enfrentan enormes dificultades para acceder al material que les envían los docentes y deben pagar las fotocopias más caras del país.
“Nuestros hijos no han podido estudiar, pues no tienen acceso al servicio de internet ni a la Televisión Digital Terrestre (TDT) donde transmiten programas educativos- que les permita adelantar sus actividades educativas en casa”, denunciaron los padres de familia en una tutela que llegó hasta el Consejo de Estado.
Además, las guías pedagógicas para trabajo en casa enviadas por los docentes, se convirtieron en un verdadero calvario. Los talleres escritos contienen los temas que se manejarán por grados o asignaturas cada semana.
Estas guías didácticas con el plan de estudios se envían a las instituciones para que sean fotocopiadas por los alumnos. Algunas son enviadas a través de los grupos de wasap. Sin embargo, la estrategia, en ese caso, no funcionó.
La fotocopiadora más cercana se encuentra a dos horas de camino, con grandes dificultades para conseguirlas. Para hacerlo deben desplazarse a campo abierto, con todos los riesgos que ello implica.
“Ante la imposibilidad del desplazamiento, buscamos a un mototaxista que nos cobra veinte mil pesos, lo cual representa un gasto adicional que no todos están en la capacidad económica de asumir, cada semana o cada dos semanas”, denunciaron los padres de familia.
Ante esta situación, cansados de esperar, sin soluciones, recurrieron a la acción de tutela, reclamando protección a los derechos de acceso a la interconectividad y el internet en conexidad con los derechos fundamentales a la igualdad, acceso a la información, trabajo, educación y derechos de los niños por las enormes dificultades para asegurar el desarrollo de las actividades académicas.
Por lo menos, solicitaron que las autoridades los vinculen a un programa de internet subsidiado ante el estado de indefensión y de escasez de recursos en que se encuentran por la pandemia.
La tutela
La acción de tutela fue instaurada por 72 padres de familia encabezados por Nilma Solanyi Carrillo Sánchez, Didneyi Toledo Becerra, Yoinerth Torres Gómez y Yimi Yamid Imbachí, entre otros.
La tutela involucró a los ministerios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y de Educación, a la Superintendencia de Industria y Comercio, la Dirección de la Autoridad Nacional de Televisión, la Comisión de Regulación de Comunicaciones, la Agencia Nacional del Espectro, la Gobernación del Huila y los operadores privados Avantel, Comcel Direct Tv, Consorcio Canales Nacionales Privados, Colombia Telecomunicaciones, Colombia Móvil, RTVC Sistema de Medios Públicos y a la Defensoría del Pueblo.
La confirmación
Las autoridades locales fueron los primeros en admitir la odisea.
“Efectivamente en algunas regiones a causa de la situación geográfica del municipio de Acevedo no es posible llegar con el servicio de internet o conectividad en las condiciones actuales”, confirmó el secretario de Gobierno de Acevedo.
Los operadores privados de comunicaciones, involucrados en la tutela, también confirmaron que en esas zonas campesinas de Acevedo, no existe cobertura de internet y por lo tanto no prestan el servicio.
Los organismos nacionales, alegando falta de competencias, expresaron su férrea negativa y solicitaron el archivo de la tutela.
El centro docente de San José de Riecito existen 483 estudiantes matriculados en la institución en los niveles de preescolar, básica primaria y secundaria en las ocho sedes localizadas en las veredas La Totocora, Villa Fátima, El Cardal, La Esmeralda, Playital, Monserrate y La Monus.
Aunque parezca increíble, la Secretaría de Educación se opuso a las reclamaciones de las comunidades campesinas alegando que los padres de familia no demostraron que en realidad actuaban en defensa de los intereses de los menores cuyo derecho a la educación ha sido vulnerado.
Antes que resolver las inquietudes se limitaron a responder que la entidad ha garantizado la prestación de los servicios educativos en cada uno de los municipios en el marco de la emergencia sanitaria.
No obstante, la Secretaría de Educación anunció que durante el segundo semestre pretende llevar el servicio de internet directamente a los estudiantes dando prioridad a la comunidad académica de los grados 9, 10 y 11 de las instituciones educativas y sedes calificadas de bajo logro, según el listado de alumnos a beneficiar con el servicio de internet móvil y con un dispositivo.
Centros digitales
Por su parte, el Ministerio de las TIC anunció que han sido seleccionados 13 centros poblados de Acevedo para instalar centros digitales cuya adjudicación está programada para el segundo semestre de 2020 y el desarrollo del proyecto para inicios de enero de 2021 hasta 2022, incluso, según el proyecto, podría extenderse por diez años.
Según el cronograma, consultado por LA NACIÓN, la audiencia de adjudicación está programada para el próximo 18 de noviembre.
La meta es establecer 1.300 centros poblados a beneficiar, distribuidos en 20 departamentos, entre ellos Huila, con inversiones por 2 billones de pesos cuya ejecución puede prolongarse hasta diciembre de 2029.
Primer fallo
El Tribunal Administrativo del Huila les creyó y negó el amparo al derecho a la educación. Solamente tuteló el derecho de petición. En este sentido le ordenó al Ministerio de las TIC que responda las solicitudes.
El magistrado Jorge Alirio Cortés, exhortó al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para que ejecute el proyecto de Centros Digitales en la zona rural del municipio de Acevedo (Huila) entre el 2021-2022 y realice un nuevo estudio de los centros poblados en esa zona cafetera con el propósito de incluir, además de los 13 centros poblados ya priorizados, los otros que no tengan acceso a conectividad.
“De tal manera que la cartera ministerial ha tomado las medidas necesarias tendentes a contrarrestar las limitaciones de conectividad que se alegan en la acción constitucional”, aseguró el magistrado, Jorge Alirio Cortés.
La comunidad, inconforme con la decisión de los magistrados impugnaron, reiterando las solicitudes.
Los padres de familia insistieron en las dificultades para tener acceso a la virtualidad.
“La falta de acceso a medios digitales vulnera el derecho a la educación de los menores que residen en las veredas del municipio de Acevedo”, ratificaron ante el Consejo de Estado.
Segundo fallo
“A diferencia del tribunal de primera instancia, el derecho a la educación de los accionantes se encuentra vulnerado por la gobernación del Huila, el municipio de Acevedo y los Ministerio de Educación y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, concluyó el alto tribunal.
Bajo esas respuestas, el Tribunal Administrativo del Huila consideró que el derecho a la educación, cuya protección se pretende no se vulneró. Sin embargo, el Consejo de Estado asumió otra posición diametralmente opuesta.
“El hecho de abrir una licitación pública, cuyo proyecto se presagia culmine hasta el mes de julio de 2022, significa que los accionantes se encuentran privados de acceso a internet hasta esa fecha, más de dos años desde esta decisión y por consiguiente seguirán privados de su derecho a la educación en el marco de la suspensión de las clases presenciales”, concluyó Gabriel Valbuena, magistrado del Consejo de Estado.
“Análogamente, toda vez que el acceso a internet también es importante aún en un estado normal –fuera del estado de emergencia declarado- como parte de la faceta prestacional del derecho a la educación, la Sala considera necesario exhortar al MinTic que adelante el proceso de contratación que en derecho corresponda y materialice el proyecto para llevarle este servicio a las veredas del municipio de Acevedo en el menor tiempo posible, para lo cual se ordenará al Tribunal Administrativo del Huila que realice un seguimiento del proceso, de tal manera que se pueda comprobar su cumplimiento efectivo.
Revocatoria
“La Sala –dijo- no encuentra justificación para que el municipio de Acevedo en coordinación con el Departamento del Huila no proporcionaran el material de texto y las guías a los accionantes directamente en sus hogares cuando el Ministerio de Educación afirmó que destinó un rubro para que ello ocurriera de forma gratuita y efectiva a través del uso de medios de comunicación como la Policía o los conductores de transporte público que las llevaran”.
En estas condiciones, el Consejo de Estado revocó la sentencia de primera instancia y en su lugar amparó el derecho a la educación invocado por los padres de familia.
Además, exhortó al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para que adelante el proceso de contratación que en derecho corresponda y materialice el proyecto para llevarle este servicio a las veredas del municipio de Acevedo en el menor tiempo posible.
También le ordenó al Tribunal Administrativo y a la Procuraduría el seguimiento al proceso de tal manera que se pueda comprobar su efectivo cumplimiento.
El Consejo de Estado le ordenó al alcalde de Acevedo, Gentil Tapiero Buitrago y al gobernador del Huila, Luis Enrique Dussán que, en coordinación con el Ministerio de Educación, alleguen a los hogares de los campesinos de esas veredas las guías y los textos académicos que les permitan continuar con el proceso académico en razón a la falta de acceso a internet en las veredas donde residen.
El secretario de Educación, Luis Alfredo Ortiz, confirmó que una vez fue notificado el fallo de segunda instancia se dispuso el envío del material. “Actualmente -dijo- estamos recogiendo las firmas directas de los beneficiarios, no de los rectores, para certificar la entrega”.
“El otro gran componente del fallo, está en los centros digitales, actualmente en licitación que el Ministerio de las TIC espera instalar en esa región y en otros municipios del Huila”, precisó.