La Nación
Primera tutela contra los bloqueos 1 18 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Primera tutela contra los bloqueos

Un juez de Pitalito admitió el amparo para levantar taponamientos pero negó la inmediata intervención del Esmad para restablecer la libre movilidad.

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

 

El Juzgado Primero Penal del Circuito de Pitalito admitió la primera tutela contra los bloqueos, instaurada por el abogado Juan Sebastián Mazorra Norato, en medio de una orden del Gobierno Nacional para extender al Huila la llamada “asistencia militar”.

El demandante solicitó la protección de los derechos a la libre locomoción, trabajo, seguridad alimentaria y mínimo vital, presuntamente vulnerados por el taponamiento de las vías durante el paro nacional de protesta.

Mazorra Norato, quien estuvo vinculado en la Secretaría de Educación de Pitalito durante la pasada administración, reclamó que el despacho judicial ordene como medida cautelar la inmediata intervención del Esmad para levantar los bloqueos, así como la judicialización de los actores individuales que han obstruido las vías.

La funcionaria judicial al admitir la tutela decidió vincular inicialmente al Ministerio de Defensa, Ejercito Nacional, Fiscalía General, Departamento de Policía Huila y Dirección de Investigación Criminal (Dijin). Además, a nivel local a la Alcaldía de Pitalito, a la Personería, a la Gobernación del Huila, a las organizaciones sindicales entre ellas Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Fecode, Adih  y al Sindicato Nacional de Trabajadores de Rama, Servicios de la Industria del Transporte y Logística de Colombia (SNTT).

Adicionalmente, la juez de conocimiento vinculó a la Presidencia de la República, a la Policía Nacional, Batallón de Infantería 27 Magdalena, Estación de Policía de Pitalito y a la Dirección Seccional y Local de Fiscalía General de la Nación.

Argumentos

El accionante explicó que el paro, en su caso particular le impide llegar a su trabajo en Timaná. Pero demás, afecta a otros sectores productivos, sin que haya sido posible un consenso para garantizar en medio de la protesta la libre movilidad y el abastecimiento.

Según el demandante, desde el 28 de abril día en que comenzó el paro nacional se han presentado 24 bloqueos en la vía nacional (Ruta 45) y en algunas vías secundarias y terciarias.

“Los bloqueos han dejado consecuencias y afectaciones jurídicas, económicas, sociales y sanitarias. Durante estos días se han denunciado abusos, maltratos, autoritarismo y conductas que cercenan derechos fundamentales como consecuencia de los bloqueos en las vías”, explicó Mazorra Norato,

Estimó que “los manifestantes toman estas vías de hecho como mecanismos de protesta pacífica, totalmente ilegal, como los bloqueos de vías para la movilización de personas e insumos esenciales para la seguridad alimentaria y sanitaria”.

“Mientras en el occidente y en el norte del Huila tuvieron corredor humanitario los habitantes del sur tienen que soportar los malos tratos de los manifestantes de Aguadulce y así como la falta de combustibles”.

“Por el taponamiento de las vías la comida que se trasporta hacia Caquetá se está dañando, los avicultores del sur sufren millonarias pérdidas económicas por la situación de las carreteras cerradas”, afirmó en el documento, soportado con fotografías e informes de prensa.

Explicó que a pesar de los llamados de las autoridades para el desbloque de las vías, no ha sido posible construir consensos para que se permita la movilidad y el normal abastecimiento.

“Las autoridades públicas y las organizaciones de manifestantes no están ejerciendo los medios y mecanismos para la resolución de los conflictos”, afirmó.

 

Peticiones

Primera tutela contra los bloqueos 7 18 abril, 2024
Juan Sebastián Mazorra, accionante

 

Mazorra Norato solicitó al despacho judicial “tutelar los derechos a la movilidad interviniendo con el Esmad y demás personal y elementos, actuando con los protocolos internacionales y nacionales que salvaguarden el desbloqueo de las vías”.

Además, pidió que se adelanten las investigaciones preliminares y la judicialización contra los actores individuales que se encuentran cometiendo conductas punibles como la obstrucción de vías.

En tercer lugar solicitó que el juez ordene en un término de 48 horas el restablecimiento del orden público y el desbloqueo de las vías.

Asimismo solicitó que se ordene la garantía de las protestas y manifestaciones pacíficas sin bloqueo u otras conductas que lesiones los bienes jurídicos de quienes no participan en el paro nacional.

La tutela fue remitida la semana pasada al Tribunal Superior para que definiera la competencia.

La magistrada Ingrid Karola Palacios Ortega la asignó al Juzgado Primero Penal del Circuito de Pitalito. Por reunir los requisitos la juez primera Penal del Circuito, admitió la tutela pero denegó las medidas cautelares solicitadas mientras se profiere el respectivo fallo.

 

Sin acuerdo

La tutela fue colocada el 22 de mayo pasado antes de la cumbre regional realizada en Pitalito para buscar una salida al bloque de las vías y facilitar la movilidad y el transporte de carga y pasajeros.

La mesa regional de diálogo fue promovida por los gobernadores de Caquetá, Putumayo, Meta, Cauca y Huila, así como por los alcaldes del sur, afectados por el cierre de las vías. Sin embargo no hubo acuerdos.

A la cumbre asistió el ministro de Agricultura, Rodolfo Zea Navarro y los viceministros de Educación, Ambiente, Interior, de Defensa, y Transporte.

El alcalde Edgar Muñoz Torres indicó que a pesar de los esfuerzos no hubo un acuerdo para suspender los bloqueos. Sin embargo, aseguró que persistirá junto con los demás alcaldes en lograr un corredor humanitario para evitar el desabastecimiento que en el sur es crítico, especialmente en combustibles, materias primas, alimentos y garantías para la misión médica.

 

Debate jurídico

La acción de tutela se tramita en momentos en que la Corte Suprema de Justicia examina un posible desacato en que habría incurrido el Gobierno Nacional frente al fallo de tutela que protegió el derecho a la protesta.

El incidente fue solicitado por organizaciones de derechos humanos al considerar que persiste “un incumplimiento sistemático, masivo y flagrante de lo ordenado por la Corte el 22 de septiembre de 2020.

“Las violaciones de derechos humanos cometidas durante las protestas iniciadas el pasado 28 de abril evidencian que sigue existiendo y se ha hecho más grave la intervención sistemática, arbitraria y violenta de los miembros de la fuerza pública en manifestaciones públicas”, argumentaron.

En el mismo incidente, solicitaron “que se ordene suspender la asistencia militar; la disolución por la fuerza de las manifestaciones; el uso de armas de fuego; y la actuación del Esmad”.

La Corte Suprema de Justicia solicitó la semana pasada a la Procuraduría, Defensoría, la Fiscalía y al Gobierno que entreguen los informes sobre los avances en las investigaciones disciplinarias y penales contra miembros de la Policía Nacional ordenados por la Corte.

El 22 de septiembre del año pasado la Corte Suprema de Justicia ordenó a las autoridades involucradas en el manejo de las movilizaciones sociales, adoptar acciones para garantizar el ejercicio del derecho a la protesta pacífica y no destructiva.

La Sala de Casación Civil tuteló también los derechos fundamentales a la expresión, reunión y libertad de prensa.

Entre las medidas figura la implementación de un protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores que se denominará “Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado, y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”.

Además, ordenó la suspensión de las escopetas calibre 12 usadas por los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional (Esmad), la neutralidad del Gobierno Nacional –incluida la no estigmatización de quienes protestan–, la conformación de una “mesa de trabajo” para reestructurar las directrices del uso de la fuerza y la presentación de disculpas del Ministro de Defensa por los excesos registrados desde la movilización del 21 de noviembre de 2019.

A esta controversia se suma ahora, la orden impartida por el Gobierno Nacional a los alcaldes y gobernadores, de Huila, Putumayo, Caquetá, Cauca, Nariño, Norte de Santander, Risaralda y Valle, para el desbloqueo de las vías

Adicionalmente, la presidenta de la CIDH, Antonia Urrejola afirmó que “los bloqueos no son una violación a los derechos humanos”. Además, reiteró que “el derecho a la protesta debe estar protegido en una sociedad democrática”.

La vocera de la organización adscrita a la Organización de Estados Americanos (OEA) reiteró a la WRadio, que “la dispersión debe ser casos excepcionales como riesgo a la vida”  y que “el uso de la fuerza se debe usar como último recurso”.

 

Primera tutela contra los bloqueos 8 18 abril, 2024
Alcaldes y gobernadores no lograron un consenso para impedir los bloqueos.

 

“Los bloqueos han dejado consecuencias y afectaciones jurídicas, económicas, sociales y sanitarias. Durante estos días se han denunciado abusos, maltratos, autoritarismo y conductas que cercenan derechos fundamentales como consecuencia de los bloqueos en las vías”,

 

“La acción de tutela se tramita en momentos en que la Corte Suprema de Justicia examina un posible desacato en que habría incurrido el Gobierno Nacional frente al fallo de tutela que protegió el derecho a la protesta.