La Nación
Primeros responsables por falsos tanqueos en la Policía 2 28 marzo, 2024
INVESTIGACIÓN

Primeros responsables por falsos tanqueos en la Policía

Dos antiguos jefes de Movilidad de la Policía Huila fueron encontrados responsables fiscales por el suministro ficticio de combustibles. Por los mismos hechos, otras siete personas, entre ellos cuatro particulares responden en juicio. Primicia.

 

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

 

Los antiguos jefes de movilidad de la Policía Metropolitana de Neiva Yorgi Ome Melo y Alexánder Alturo Quintero, tendrán que responder con su propio pecunio por las irregularidades en el suministro de combustible a vehículos de la institución.

Los dos uniformados, al parecer, ordenaban tanqueos a vehículos ajenos, inmovilizados o fuera de servicio.

Al contratista, Edgar Perdomo también le imputaron responsabilidad fiscal a título de culpa grave y en forma solidaria, por no haber ejercido los debidos controles en la ejecución de los cuatro contratos anuales suscritos con la institución.

Según la Contraloría General de la República, el empresario facturaba y cobraba por el suministro de gasolina y diésel, sin respetar los controles, establecidos en los contratos.

La decisión está firmada por el gerente departamental, Camilo Ernesto Chacón y refrendado por los contralores provinciales de Neiva, Yaneth Rocío Urrea y Wilson Díaz Sterling.

En el proceso la Gerencia Departamental Colegiada del Huila ordenó el archivo del proceso de responsabilidad fiscal en favor de Hugo Nelson Gallego Aguirre y Giovanni Alexánder Chávez Gutiérrez, inicialmente vinculados.

El 20 de agosto de 2020, el organismo fiscalizador luego de revisión del expediente, ordenó la cesación de la acción fiscal en  su favor (Auto No. 264)

Adicionalmente desvinculó a José Orley Medina Vargas, ex jefe Grupo de Movilidad de la Policía Metropolitana, encargados de la supervisión de los contratos y al coordinador Ermes Ome Melo.

“Se debe aclarar que “los señores Ermes Ome Melo y José Arley Medina”, no hacen parte de la investigación y nunca fueron vinculados a la misma, por cuanto no fungieron como supervisores”, precisó la entidad.

En cambio, imputó responsabilidad fiscal a título de culpa grave y en forma solidaria, al contratista y a los dos supervisores.

Primeras denuncias

Las irregularidades fueron reportadas por una denuncia anónima, según la cual, se venía suministrando combustibles y lubricantes a vehículos fuera de servicio, en remate, dados de baja, accidentados o en mantenimiento. Entre ellos, una cama-baja que registraba exagerados consumos, autorizados por el jefe de movilidad de la Policía Metropolitana.

Por hechos similares la Fiscalía le imputó cargos a otras siete personas, entre ellas dos policías, ex uniformados y cuatro particulares. Actualmente el proceso se surte en el Juzgado Primero Penal del Circuito de Neiva.

El fiscal del caso los acusó de los delitos de peculado por apropiación y concierto para delinquir.

El valor por servicios no prestados pero reportados en el máster consumo de combustible ascendió inicialmente a 95,87 millones de pesos, determinado como daño patrimonial. Sin embargo, el detrimento finalmente fue inferior.

El Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de la Gerencia Departamental Colegiada del Huila abrió la investigación hace tres años.

Luego de un riguroso examen y de revisar todo el material técnico confirmó las falencias en la ejecución del contrato e imputó responsabilidad fiscal a los dos jefes de movilidad de la institución y al empresario Edgar Perdomo, propietario de la empresa A y S Asociados, por no haber ejercido los controles, contemplados en los cuatro contratos de suministro, objetos de la investigación.

El suministro diario de combustible está regulado en los procedimientos internos adoptados por la Policía Nacional. El control se realizaba a través de un dispositivo electrónico Ibutton, un chip diminuto que marca el volumen de combustible y la programación de visitas a las estaciones de servicio, según los criterios establecidos en el manual logístico, lo que no ocurrió en las vigencias investigadas.

 

Los controles

El contratista, según la Contraloría,  debía garantizar en la estación definida por el grupo de movilidad el suministro diario durante las 24 horas del día, la medida programada para cada vehículo y la entrega de un comprobante (recibo) por tanqueo y donde se especifique la sigla del vehículo, el número de galones y tipo de combustible suministrado. También el valor total de la venta.

La tabla de suministro de gasolina, según los estudios de conveniencia y oportunidad, establecía la cantidad de gasolina o diesel autorizada por día, la cual no podía exceder sin la autorización expresa del ordenador del gasto.

“En el expediente no existen pruebas idóneas, legibles que permitan cruce y verificación para establecer si los valores de combustible suministrados y pagados por la Policía, fueron realmente utilizados en funciones propias de la institución, menoscabando con ello los intereses patrimoniales de la institución”, precisó la Contraloría.

A esta situación, se sumó la inadecuada segregación de funciones en el manejo de los combustibles, las deficiencias en la supervisión y falta de controles de carácter administrativo.

 

Sin soportes

“Los planes de marcha que se encuentran en el expediente, carecen de soporte alguno que permita su verificación o cruce, es decir, que las tiras del suministro del combustible anexos a los mismos expedidos por la estación de servicio, están totalmente ilegibles, lo cual no permite determinar a través de datos como fecha y número vale si corresponden a los citados planes, a la cantidad y valor del suministro de combustible o kilometraje del vehículo”, concluyeron los investigadores.

“Los indicios son altos y la falta de pruebas idóneas que sustenten los altos consumos de combustibles permiten inferir que la falta de controles de la  Policía Huila y su inobservancia, ocasionaron y facilitaron el presunto faltante cuantificado en $30.947.633”, concluyó.

En este orden, y de conformidad con la conclusión de la valoración del material probatorio obrante en el expediente, se ha concluido que el daño patrimonial que sufrió la Policía Nacional -Departamento de Policía Huila, por la conducta gravemente culposa de los presuntos responsables fiscales, se encuentra establecido provisionalmente en esa suma”.

“La inobservancia de una regulación de tipo contractual, como lo constituye en este caso la ejecución de los contratos de suministro de combustible, condujeron a que la entidad contratante efectuara unos desembolsos de recursos públicos que fueron cancelados sin atender las condiciones técnicas y económicas pactadas para la ejecución de estos contratos, generado un daño al patrimonio del Estado”, anotaron.

 

Culpa grave

La empresa contratista, según el ente de control, se encontraba obligada a la ejecución de estos acuerdos contractuales, no sólo al suministro del combustible sino también a entregar las cantidades y la medida para cada vehículo de acuerdo a lo autorizado por el Departamento de Policía Huila, y a las disposiciones contenidas en el Manual Logístico de la institución.

Los supervisores de estos acuerdos contractuales debían de realizar unos controles permanentes para el suministro de combustible, tales como los registros del odómetro del equipo automotor, la actualización de la aplicación web Sigea que reportaba el kilometraje y la información de consumos, y el Sistema de Control e Información Sistematizada del suministro de combustible (Sistema Ibutton). Y no lo hicieron.

“Es decir, se configura en el caso particular, la realización de unas actividades propias de un Gestor Fiscal, por el manejo de unos recursos públicos en la ejecución de un contrato de suministro que tenía como finalidad permitir el cumplimiento de unos fines institucionales, como lo constituye en este caso el servicio de seguridad que presta la Policía Nacional”, anotaron los gerentes colegiados.

Primeros responsables por falsos tanqueos en la Policía 8 28 marzo, 2024
Los gerentes colegiados del Huila.

Imputaciones

La conducta desplegada por la empresa contratista, se imputó a título de culpa grave, ante el menoscabo de los bienes públicos e intereses patrimoniales del Departamento de Policía Huila.

Además, le imputó responsabilidad fiscal Alexander Alturo Quintero, jefe Área de Movilidad, en  su condición de Supervisor del Contrato de Suministro.

“Quintero no atendió el cumplimiento de sus funciones como supervisor, y vulneró de manera manifiesta los preceptos contractuales y normativos, al no efectuar el seguimiento debido en la ejecución del contrato de suministro.

También le imputó responsabilidad a Yorgi Ome Melo, quien reemplazó al patrullero Quintero.

“El uniformado, según la Contraloría, tampoco atendió debidamente el cumplimiento de sus funciones como supervisor, cuyo desconocimiento y omisión causó un desmedro de los recursos públicos, producto de una conducta ineficiente, ineficaz e inoportuna”.

Además, mantuvo vinculadas a las empresas aseguradoras en calidad de terceros civilmente responsables. Contra la decisión no procede ningún recurso.

 

 Tanqueo ficticio

Los comprobantes de recibo por suministro de combustible no coincidían con los datos del vehículo. Adicionalmente se constató que dichos vehículos, a pesar de no estar en servicio por encontrarse en proceso de baja y remate, continuaban asignados a un servidor de la Institución, quien tenía a cargo entre dos y tres vehículos de las mismas características, y de los cuales únicamente uno se encontraba prestando un servicio efectivo a la institución policial.

Los vehículos, curiosamente, no aparecían en la lista actualizada en el Sistema de Información para la Gestión (Sigea).

El contratista además de suministrar el combustible tenía la obligación de diligenciar el consumo en un formato. Ese master contiene el número de la sigla del vehículo (cada vehículo tiene una sigla con la cual se identifica y se procede a tanguear), el tipo de suministro normal o por chips adicional es un aparato manual el cual lo maneja una persona encargada (Jefe de Movilidad) y se utiliza para taquear vehículos que se necesitan de forma urgente y de otras unidades.

Además, contiene el número del vale manual o el número del boucher que genera, la fecha, el tipo de combustible acpm, gasolina y gas, la cantidad de combustible suministrado a cada vehículo, el valor del galón, los kilómetros de cada vehículo que tanguea y el valor.

Esos documentos fueron utilizados para la presentación de las cuentas de cobro y soportar los pagos.

Al confrontar la información se evidenció que aparecían consumos relacionados a los vehículos fuera de servicio, consignó un perito encargado de verificar la información.

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