La Nación
Prisión perpetua, ponencia positiva 1 28 marzo, 2024
COLUMNISTAS OPINIÓN

Prisión perpetua, ponencia positiva

 Esperanza Andrade

El Senado tiene hoy en sus manos uno de sus más grandes retos recientes con el país. Aprobar en últimos dos debates, en Comisión y Plenaria, antes de 20 de junio, el proyecto que establece prisión perpetua revisable, una deuda histórica del Congreso, que ha hundido en 11 oportunidades normas similares. Con anticipación les anuncio mi ponencia positiva, por varias razones, que resumo a continuación:

Con esta ley se elimina la prohibición actual de la Constitución Política frente a estas agresiones. Y permite emplearla contra quienes cometen delitos de homicidio en modalidad dolosa o acceso carnal abusivo contra menor de edad y contra cualquier persona con discapacidad física o mental.

La medida es más que válida si se tiene en cuenta que, por ejemplo, en 2019 hubo 34.000 casos de ataques sexuales contra menores, lo que equivale a 3 violaciones cada hora. Y en los primeros 2 meses de 2020 se supo de 4.842 casos. Valga decir, cada hora 2 niños fueron víctimas de verdugos.

Puedo afirmar que en esta oportunidad la iniciativa está bien estructurada, soportada legal y jurídicamente, atiende el orden constitucional y posee los elementos necesarios para ofrecer garantías procesales en su ejecución. Y, a las críticas, que intentan ensombrecerla, les aclaro que se enfoca en proteger a toda costa y de manera más eficiente este tipo irracional de conductas.

Hoy, los delitos sexuales contra los infantes y adolescentes tienen, inexplicablemente, un menor peso frente a otros bienes jurídicos, pese a que sus derechos prevalecen sobre los de los demás. Además, las penas no son proporcionales a la gravedad del atentado, lo que obliga no sólo a un aumento, sino a la posibilidad de imponer excepcionalmente la prisión perpetua para así garantizar una retribución justa.

Está comprobado que estos delincuentes difícilmente pueden ser resocializados. Por eso, permitir su libertad a mediano o largo plazo implica un riesgo alto de reincidencia en violaciones, plagios o asesinatos. Del total de la población privada de la libertad por delitos sexuales contra pequeños, 25.775, cerca del 7% es reincidente, 1.695. Y más preocupante, las cifras muestran que aumentó la reclusión de reincidentes en los años de 2018 y 2019.

El Consejo de Política Criminal, máxima instancia de consulta en materia penal, le dio respaldo: “No viola el ordenamiento constitucional ni legal interno, ninguno de los tratados y convenciones internacionales suscritas por Colombia en materia de derechos humanos”. El Ministerio de Justicia es de igual postura, contando siempre con el requisito de la doble instancia para el culpable.

Esta ley es una respuesta sólida a un clamor general ciudadano, al país y a nuestros niños, que quieren gozar una infancia en paz, sin violencia sin impunidad. Con fe y esperanza, les cumpliremos.