La Nación
¿Quiere divorciarse? Aquí, los pasos para hacerlo 1 25 abril, 2024
ECONOMÍA

¿Quiere divorciarse? Aquí, los pasos para hacerlo

Relaciones sexuales extramatrimoniales, incumplimiento de alguno de los cónyuges con los deberes legales y otros asuntos personales son algunas de las razones más comunes por las cuales hay separaciones.

Aunque dejar a la pareja con la cual se han convivido durante varios años, se han compartido infinidad de momentos y se guardan en la memoria muchos momentos, es difícil, a veces es inevitable impedir un divorcio.

Es por eso que realizar una separación legal ágil, efectiva y sin rodeos, puede ser una salida menos dolora para este inconveniente.

LA NACIÓN se contactó con Carlos Alberto Perdomo, reconocido abogado opita quien manifestó las razones comunes de divorcio en Colombia, cuánto cuesta hacer efectiva la separación y cómo proteger a los menores que quedan a la deriva después de dichas situaciones.

¿Cuáles son las causas más comunes de divorcio?

Según estadísticas de los despachos judiciales de competencia de familia las causales más comunes que escinden con las relaciones maritales del país en la actualidad están relacionadas con las descritas en el artículo que a continuación cito como referencia de las nueve que contempla la ley, las más incoadas por los cónyuges que deciden acudir ante la jurisdicción de familia para tramitar el proceso de cesación de efectos civiles son las siguientes:

Articulo 154 código civil

  1. Relaciones sexuales extramatrimoniales de cualquiera de los cónyuges:

La causal se puede invocar cuando uno de los cónyuges tiene relaciones íntimas con otra persona, aunque sean ocasionales, se quebranta con el deber de fidelidad que es la esencia fundamental de matrimonio.

  1. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres:

Se incurre en la presente causal cuando de manera injustificada uno de los cónyuges, no cumple con los deberes que la ley, la ética y la moral, imponen, a la relación marital como lo es la obligación de suministrarse entre sí, ayuda mutuo, gastos compartidos para la habitación, salud educación.

  1. El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por este mediante sentencia o ante un notario o ante notario el cual termina por escritura pública.

Esta causal la invocan de común acuerdo entre los conyugues que por razones personales entre los mismos deciden concluir con la institución del matrimonio.

¿Cuánto cuesta divorciarse en Colombia?

Depende, si es ante notario de común acuerdo, existen unas tarifas ya establecidas y supervisadas por la superintendencia de notariado y registro, en el momento en que se suscribe la escritura de divorcio jurídicamente se realizan dos actos, el de divorcio que concluye con los efectos del matrimonio y por otro lado la liquidación de la sociedad conyugal la cual finiquita los efectos económicos, cada acto notarial tiene un valor distinto, el segundo dependiendo del monto de los activos a liquidar.

Si se tramita ante un juez de Familia, no tiene ningún costo salvo que se requiera de peritaje con respecto a los activos de la sociedad conyugal.

¿Qué sucede si uno de los cónyuges no está de acuerdo con la separación?

Se hace necesario acudir ante un Juzgado de Familia para que una vez el juez analice las causales que dieron origen a la toma de decisiones de uno de los esposos para demandar en solicitud de la cesación de los efectos civiles de su matrimonio o de divorcio de su matrimonio civil.

¿Qué pasa cuando hay un menor de por medio?

En Colombia, la mayoría de los procesos de cesación de efectos civiles del matrimonio o de divorcio, que se llevan a cabo mediante juicio o tramite notarial, tienen como fundamento resolver sobre la custodia, el valor de la cuota alimentaria y la regulación de visitas de los menores cuyos padres se van a separar. La protección de los menores de edad en Colombia los cuales están amparados por el artículo 44 de la Constitución Política, el artículo 233 del Código Penal y la Ley 1098 del 2006, además de instituciones como el Instinto Colombiano de Bienestar Familiar fueron creados para garantizar la protección y bienestar de los menores de edad.