La Nación
Repiten contra ex militares condena por falso positivo 1 23 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Repiten contra ex militares condena por falso positivo

Un escuadrón militar acechó a un campesino en su cafetal, lo mató a sangre fría, luego alteraron la escena y lo presentaron como un guerrillero muerto en combate. Ahora el Ministerio de Defensa los demandó para que paguen el monto de una millonaria condena.

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanacion.com.co

Ocho ex militares del batallón de infantería Cacique Pigoanza condenados por un falso positivo ocurrido en Gigante (Huila) tendrán que pagar de su bolsillo por lo menos 2.645 millones de pesos, recursos que el Estado canceló por el crimen del campesino

El Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional demandaron a los ex militares implicados en el falso positivo para que respondan económicamente por los dineros cancelados a las víctimas del atroz crimen.
La acción de repetición fue radicada ante el Tribunal Administrativo del Huila contra ocho de los implicados en un combate simulado, ocurrido el 17 de marzo de 2006.

El labriego José Néstor Rivera Gutiérrez fue ultimado a tiros por una patrulla militar en la  finca ´Piedrahita’, de su propiedad, ubicada en la vereda Peñalosa en Gigante (Huila).

Los militares, inexplicablemente con pasamontañas que les ocultaba el rostro, le montaron cacería desde las cinco de la mañana. Cuando la víctima salió a laborar, ya amaneciendo, lo mataron a sangre fría y  luego lo presentaron como un guerrillero muerto en combate.

La ‘operación Macaco’, como se denominó, se adelantó según una orden radicada con 0233-2006 y debía ejecutarse en desarrollo de las operaciones en la región de Tres Esquinas. Pero resultó un ‘falso positivo.

Repetición

Por este crimen, los ex militares involucrados tendrán que restituirle al Ministerio de Defensa  y al Ejército Nacional el valor de la condena proferida el 10 de octubre de 2018. El fallo declaró responsable a las instituciones por la muerte en un falso combarte del pequeño caficultor. La condena fue fijada en  2.645 millones de pesos.

En el listado suministrado por Mindefesa aparecen como demandados John Bedoya Jiménez, Víctor Roa Casanova, John Urueta Ballesteros, José Alirio Tirana Rosas, Ricardo Munevar Munevar, Domingo Peña Cepeda, Luis Carlos Lombana Solarte, y Orlando Pico Rivera. Ninguno aparece relacionado en los expedientes que se instruyeron por el crimen.

En espera

Por esas dudas,  la acción de repetición, quedó en suspenso. La magistrada Nelcy Vargas Tovar, quien estudia la demanda, advirtió que no cumple la totalidad de los requisitos formales para darle trámite. Tampoco se allegó la totalidad de los documentos y pruebas anticipadas que se pretenda hacer valer ni los dictámenes periciales.

“De la narración de los hechos contenida en la demanda1, se observa que ella da cuenta de las circunstancias que presuntamente dieron origen a la condena cuya repetición se pretende; sin embargo, no se menciona ni precisa la participación de los demandados en los hechos objeto de demanda”, expresó con razón la magistrada ponente.

Solo se menciona al teniente José Elmer Moreno Moreno, quien dirigía el pelotón, “que, dicho sea de paso, no es uno de los demandados–, de modo que no es factible siquiera inferir su relación con las pretensiones de repetición, lo que a su vez dificultaría la fijación de litigio en la etapa correspondiente”.

Curiosamente, varios militares condenados a 380 meses de prisión por ese caso, no aparecen entre los demandados.

De éstos Rodrigo Galindo Herrera y Mauricio Cubillos Luna, se sometieron a la Jurisdicción Especial para la Paz y se encuentran en libertad condicionada. La Corte Suprema de Justicia suspendió las órdenes de captura y dejó en suspenso la condena que contra ellos había sido proferida.

Los dos exmilitares argumentaron que el ‘falso positivo’ se produjo en el marco de conflicto armado que ha vivido el país pues ocurrieron dentro de las actividades desplegadas por el Ejército Nacional con el fin de combatir grupos ilegales.

Por este mismo hecho el oficial José Elmer Moreno Moreno, comandante de la compañía, fue condenado en el 2012 cuando ostentaba el grado de capitán. El Juzgado Primero Penal del Circuito de Garzón lo sentenció a la pena principal de 34 años de prisión por los delitos de homicidio en persona protegida en concurso con falsedad ideológica.

Los soldados Eduaime Gaitán Patiño, Rodrigo Galindo Herrera y Mauricio Cubillos Luna, absueltos en primera instancia, fueron condenados a 380 meses de prisión y al pago de una multa por 1.845 millones de pesos, en segunda instancia surtida ante el Tribunal Superior de Neiva.

 El falso operativo

De acuerdo con la narrativa del expediente, el  labriego salió temprano a laborar en compañía de un niño y fue ultimado a mansalva cuando regresaba a desayunar.

Como corrió a esconderse lo asediaron hasta encontrarlo y después lo remataron prácticamente con tiros de fusil”, relató Jaider Urriago, quien develó la estrategia para perpetrar el crimen y luego borrar las evidencias.

“El labriego corrió, entonces el subteniente le ordenó a los reclutas que lo fulminaran para que no se evadiera. Lo buscaron y lo hallaron escondido en un barranco, lo tenían tendido con la cara hacia el suelo, encañonado, le dispararon y le dieron en la cabeza, en la espalda y en la pierna”, relató el guía enviado desde Garzón.

“Luego el oficial sacó una granada, un revólver y un radio y  ordenó que le colocaran esos elementos para reportarlo como baja en combate. Un uniformado con un guante cogió la mano del occiso y disparó el revólver puesto, por mandato de Moreno Moreno”, añadió el testigo.

“Luego los soldados que acompañaban al subteniente Moreno encuentran a la víctima oculta y disparan nuevamente.

En Tres Esquinas, el oficial le ordenó que se pusiera el camuflado y un pasamontañas. Otros soldados también portaban esa prenda para ocultar el rostro.

Luego de la ejecución, se alteró la escena. El teniente ordenó que tomaran fotografías y procedió a reportarlo como una baja en combate.  El informe quedó consignado en un comunicado de prensa el 17 de marzo de 2006: “Dado de baja un terrorista de las Farc” encabezaba el boletín oficial sin firma.

La maniobra

“Al día siguiente llegó un señor de civil, nos formaron y nos indicaron lo iban a decir en el informe. Nos pidieron que omitiéramos mencionar al guía que acompañó a la tropa”, afirmó el soldado Gaitán Patiño. El personaje cuyo nombre nadie recuerda fue quien los orientó sobre la forma como debían declarar.

Según sus recomendaciones los uniformados debían afirmar que quienes dispararon fueron los soldados de la primera escuadra y que gastaron entre ocho y diez cartuchos. “No podía reportarse que el guía había disparado”, confirmó el soldado Cardona.

El guía que los acompañaba-según los testimonios de los soldados-vestía uniforme y chaleco, llevaba un fusil y siempre hablaba con el subteniente Moreno. Los protocolos militares en esos casos indican que los orientadores geográficos, deben ir detrás de la tropa, van de civil y no llevan armas. Las operaciones en la zona, según lo reveló el subteniente Moreno, las ordenó un coronel.

El orientador geográfico fue enviado desde el batallón con las raciones. “Llevaba uniforme y armamento, y según el coronel, conocía el área y era de su confianza”.

El cuerpo fue movido a otro sitio. Los uniformados responsabilizaron al guía Jaider Urriago Rodríguez, enviado desde Garzón, supuestamente para orientar la tropa.

Urriago finalmente terminó aclarando el macabro crimen, que estuvo a punto de quedar en la impunidad.

Repiten contra ex militares condena por falso positivo 7 23 abril, 2024
Los militares fueron juzgados.

La investigación

La investigación fue iniciada por la Fiscalía 21 Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito de Garzón. El caso lo asumió por competencia la Fiscalía 45 Especializada de Derechos Humanos.

El 28 de enero de 2010 el ente investigar les resolvió la situación jurídica. Los soldados profesionales fueron cobijados con medida de aseguramiento, con detención preventiva. La medida fue confirmada en segunda instancia por el Tribunal Superior de Neiva.

Los soldados fueron absueltos en primera instancia. A pesar de los testimonios el Juzgado Primero Penal del Circuito de Garzón profirió el 24 de mayo de 2014, sentencia absolutoria.

El juez de primera instancia aseguró que las pruebas allegadas no arrojaban la certeza de responsabilidad penal de los acusados y resaltó que la presencia de las tropas en el sitio del ‘falso positivo’ obedeció al cumplimiento de una orden castrense legítima.

El juez consideró que no existía evidencia que comprobara que los militares dispararon contra el campesino por orden del comandante de la patrulla, teniente, José Elmer Moreno, sin tener en la mira al abatido. “Las tareas del grupo fueron estrictamente operativas”, concluyó el juez, exonerándolos de la responsabilidad penal.

Según la Fiscalía, los militares acusados “callaron la verdad para tejer la coartada ideada por el subteniente José Elmer Moreno Moreno, esto es, que se presentó un enfrentamiento y que en esa reacción fue dado de baja el agresor, pero en la tramoya se les olvidó que un niño resultó herido por el rozamiento del proyectil”.

La condena

Con las nuevas versiones, el Tribunal Superior de Neiva tuvo todas las certezas para aclarar el crimen.

“En este orden de ideas, con el acervo probatorio allegado a la actuación, son suficientes para obtener el grado de certeza en torno a la responsabilidad penal a título de coautores en cabeza de Eduaime Gaitán Patiño, Rodrigo Galindo Herrera y Mauricio Cubillos Luna. Tal circunstancia impone revocar la providencia para en su lugar proferir fallo de condena”, concluyó la Sala Penal de Neiva.

La corporación los condeno a 31 años y medio de prisión, les impuso una inhabilidad de 190 meses, les negó los beneficios de  suspensión condicional y detención domiciliaria.