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Revive la polémica por parqueadero del Hospital de Neiva 1 25 abril, 2024
INVESTIGACIÓN

Revive la polémica por parqueadero del Hospital de Neiva

Revive la polémica por parqueadero del Hospital de Neiva 7 25 abril, 2024
Ahora, la Contraloría Departamental determinará si hay necesidad de abrir un proceso de responsabilidad fiscal.
El exprocurador Provincial de Neiva, Andrés Felipe Vanegas, puso el dedo en la llaga. El contrato de arrendamiento del parqueadero del Hospital Hernando Moncaleano de 2006 es polémico porque favoreció- según él- económicamente al contratista, mientras el centro asistencial perdió plata.

Ante esto, instauró una acción popular que terminó fallando el Juzgado Segundo Administrativo Oral de Neiva, donde el demandante argumentaba que en abril de 2006, el gerente del Hospital ‘Hernando Moncaleano’  Jorge Mauricio Escobar realizó la invitación pública N.14 cuyo objeto era invitar a los interesados en presentar propuestas para la entrega en concesión del parqueadero “argumentando que el Hospital no contaba con el servicio de parqueadero, ni con los recursos económicos, ni con el personal requerido para el funcionamiento del mismo”.

El 21 de abril de 2006 se adelantó la audiencia pública de adjudicación. Y ganó la Cooperativa de Trabajo Asociado 'Surgir' LTDA, según Vanegas, beneficiada dentro del proceso de selección.

Las directivas del ‘Hernando Moncaleano’ firmaron con la Cooperativa el contrato de concesión 280 de 2006 por el termino de seis años por la suma de 56 millones de pesos.

Lo alarmante para el ex procurador Vanegas (según se lee en su denuncia) es que el Hospital ‘Hernando Moncaleano’ no solo le cedió la operación del parqueadero a su contratista (que en seis meses sacó sus ganancias. Es decir, ganó desproporcionadamente, según el denunciante).

También asumió los costos de agua, gas y energía eléctrica a cambio de que el contratista, a quien se le adicionaron otros 38 millones de pesos, construyera dos locales comerciales y el pórtico de la entrada al parqueadero.

Qué se buscaba
 
Las pretensiones de Andrés Felipe Vanegas en la época era que se ordenara a la Cooperativa Surgir LTDA “la devolución del bien objeto del contrato, más las utilidades obtenidas desde el momento en que se celebró el contrato de concesión hasta el momento en que se concretara su reembolso o devolución”.

Además, pidió que se ordenara a la Cooperativa Surgir la devolución de las sumas de dinero por concepto de los servicios públicos de gas, agua y energía eléctrica que el Hospital le paga al contratistas (en lugar de ser al contrario) desde 2006. Conclusión: según el denunciante, el contratista, al rentar el parqueadero, obtuvo mayores ganancias- muy por encima- de lo que invirtió y el Hernando Moncaleano perdió dinero.

Aunque las directivas del Hospital Hernando Moncaleano negaron que se haya favorecido al contratista, que haya detrimento patrimonial, que el margen de ganancia establecido por el denunciante “es subjetivo” y que el contrato sí contó con los estudios técnicos y financieros, el Juzgado Segundo Administrativo Oral, determinó que el proceso contractual mediante el cual se entregó el contrato de concesión “carecía de estudios y diseños previos requeridos en materia contractual”.

En efecto- dijo el Juzgado- “revisados los documentos…se encuentra que ninguno de ellos constituye un estudio previo…”. Y como dentro del contrato, no solo se especificaba la operación del parqueadero, sino la construcción por parte del contratista de dos obras más, “el Hospital debió elaborar los respectivos diseños, planos, análisis técnicos de la obra a construir”, dijo el Juzgado.

Y añadió en otro párrafo: “se denota que la gestión del patrimonio público adelantada por la ESE Hospital ‘Hernando Moncaleano’ no se hizo obedeciendo a los principios de eficiencia y transparencia.

De hecho, la celebración y ejecución del contrato, de acuerdo a lo demostrado en el proceso, permitió que presentaran varias irregularidades, entre ellas, falta de estudios y diseños previos, vaguedad e impresión respecto por la forma como se fijó el valor del negocio jurídico, una posible lesión del erario del departamento, pues el monto recaudado por el contratista durante el término de ejecución superó desproporcionadamente al valor de las obras que se recibieron como forma de pago de la concesión”.

Y pidió compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación, Procuraduría y Contraloría General “para que investiguen el comportamiento de los empleados públicos que participaron de la celebración y ejecución del contrato que causó un detrimento en el erario del departamento y se tomen las medidas que el ordenamiento jurídico contempla para determinar si se incurrió en responsabilidad fiscal y disciplinaria”.

Por tanto, entre otras cosas, el juez Edgar Mauricio Medina Ramírez pidió- como medida para proteger los derechos colectivos- ordenar al organismo de control fiscal (Contraloría) revisar si la liquidación del contrato 280 de 2006 se hizo en debida forma y si lo reconocido obedece al pago de prestaciones ejecutadas y debidamente comprobadas.
 
El Tribunal

El fallo fue apelado. Y el Tribunal Administrativo del Huila, a través de la Sala Cuarta de Oralidad, encontró un documento denominado 'estudio de mercadeo, concesión parqueadero'. Y después de un análisis con nuevas pruebas, entre ellas declaraciones, concluyó que sí se elaboró un estudio técnico que recomendó concesionar el parqueadero. Y de acuerdo con los resultados del análisis económico, se calcularon y se establecieron las bases de una posible contratación”.

Por tanto, consideró “que el actor popular (denunciante) no probó que la administración actuara de manera improvisada o que lo hiciera con la intención de favorecer los intereses del contratista”. Al contrario, “se acreditó que previamente se analizó la conveniencia de la contratación, se terminó técnicamente su valor, se diseñaron los términos de referencia y cualquier persona que estuviera interesada tuvo la oportunidad de participar en ella”.

Sin embargo, el Tribunal Administrativo del Huila no falló de fondo. Los magistrados Ramiro Aponte, Enrique Dussán y Jorge Alirio Cortés le lanzaron la pelota a la Contraloría Departamental del Huila , a quien le ordenaron que establezca la diferencia existente entre el valor de las inversiones que la firma contratista realizó en el Hospital durante el 1 de mayo de 2006 a 30 de septiembre de 2012. Además, la utilidad que en este lapso le reportó la operación del parqueadero.

Y le pide a la Contraloría Departamental que de acuerdo al resulto obtenido, inicie el correspondiente proceso de responsabilidad  fiscal, “en procura de obtener el resarcimiento patrimonial”.

Lo preocupante- según conoció LA NACIÓN- es que el hecho fue en 2006, que el contratista hoy no es el mismo, que el contrato no ha sido liquidado. Y lo peor: que han pasado ocho años, es decir, fácilmente se puede aplicar la prescripción y el hecho- si realmente hubo corrupción- quedará en cero, en el olvido.