La Nación
Revivirán impuesto turístico en La Tatacoa 3 28 marzo, 2024
INVESTIGACIÓN

Revivirán impuesto turístico en La Tatacoa

La Alcaldía de Villavieja podrá revivir el cobro de un impuesto por ingreso al Museo Paleontológico y al Observatorio Astronómico. En cambio, estarán vedados los gravámenes en los ‘Laberintos del Cuzco’, por estar en una zona de protección. 

 

RICARDO AREIZA

unidadinvestigativa@lanación.com.co

 

La Alcaldía de Villavieja podrá fijar unilateralmente las tarifas y cobros por ingreso y disfrute al Museo Paleontológico y al Observatorio Astronómico, en el emblemático desierto de La Tatacoa.

Aunque la regulación establecida en diciembre de 2018 no pasó el examen de constitucionalidad y fue derogada, la administración podrá revivir los cobros al comprobarse que ejerce la titularidad de los dos inmuebles de alto interés turístico.

En cambio, no ocurre lo mismo con la regulación en los Laberintos del Cuzco, por estar ubicados en una zona de protección ambiental.

La precisión fue hecha por el magistrado Enrique Dussán Cabrera al  resolver una solicitud de aclaración del fallo proferido el 21 de octubre de 2019.

El Acuerdo 007 fue aprobado por el Concejo el  29 noviembre de 2018 y entró en vigencia el 26 de diciembre de 2018, fecha en la que fue sancionado.

El acto administrativo fue tramitado para contrarrestar la alta informalidad y las anomalías que se registraban con el manejo de los dineros.

Según la administración “se encuentra acreditado que el derecho de dominio del Museo Paleontológico, el Observatorio Astronómico y Área de Los Colorados o Cuzco, recae en el Municipio de Villavieja y por lo tanto, se encuentra plenamente facultado para determinar el valor, tasa o tarifa de ingreso”.

En concreto demostró que el inmueble donde funciona desde 1984 el Museo Paleontológico de Villavieja (antigua casa cural de Santa Bárbara, fue adquirido por el Municipio  según la escritura pública N° 1775 del 23 de septiembre de 1997, otorgada por la Notaria Cuarta del Circuito de Neiva.

Igual ocurre con la titularidad de los predios donde funciona el Observatorio Astronómico y el área ‘Los Colorados’ o ‘Cuzco’.

Los terrenos fueron adjudicados mediante providencia del 16 de octubre de 1968 proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Villavieja, según la escritura pública N° 1118 del 6 de noviembre del mismo año, registrada en la Notaria Segunda del Círculo de Neiva e inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, bajo matrícula inmobiliaria N° 200-38971. No obstante, la petición, iba más allá de la simple aclaración.

 

Revocatoria

“Como el derecho de domino de dichos bienes recae en el Municipio de Villavieja, la administración se encuentra plenamente facultada para determinar el valor, tasa o tarifa legal de ingreso a cada uno de esos sitios, siendo improcedente declarar la invalidez del Acuerdo 007 de 2018 que fijó las tasas y definió su destinación”, argumentó para explorar por esta vía una eventual revocatoria.

“Lo pretendido por la apoderada es reabrir el debate con las nuevas pruebas aportadas, lo cual modificaría la parte sustancial de la sentencia, pues cambiaría sus fundamentaciones, razones o argumentaciones distintas de las ya expresadas en el fallo”, precisó Dussán Cabrera.

“En aplicación del principio de seguridad jurídica debe mantenerse incólume en su fundamentación fáctica y jurídica”, acotó.

Sin embargo, añadió, “debe señalarse que la postura que adoptó el fallo, objeto de aclaración, fue permisiva en la posibilidad de reglamentar tarifariamente el ingreso al Museo Paleontológico y al Observatorio Astronómico, en caso de que sean propiedad del Municipio de Villavieja o un tercero”.

En cambio, no ocurre lo mismo con los cobros por ingreso al sector de los Colorados o Cuzco. Por estar ubicado dentro del área de protección del Distrito Regional de Manejo Integrado,  le corresponde única y exclusivamente a los ministerios de Medio Ambiente, Comercio, Industria y Turismo, expedir las respectivas autorizaciones.

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Las  razones

El Departamento Administrativo Jurídico de la Gobernación, autor del control de legalidad, argumentó que el municipio no es el órgano competente para fijar y cobrar las tarifas para el ingreso a las áreas naturales protegidas como el Distrito Regional de Manejo Integrado cuyo manejo y conservación ambiental es de competencia del Ministerio de Ambiente en coordinación con la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM).

El Ministerio de Medio Ambiente,  según el reparo jurídico, es el encargado de la fijación y cobro de tarifas por el ingreso, y demás aspectos relacionados con las áreas naturales protegidas.

A pesar de la autonomía territorial y de las competencias atribuidas a las corporaciones autónomas, la entidad certificó que el Concejo de Villavieja no tiene competencia para cobrar impuestos e imponer tarifas por servicios turísticos en áreas protegidas.

Asimismo, la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM) homologó la denominación de Parque Natural Regional La Tatacoa con la categoría de área protegida (Distrito Regional de Manejo Integrado). La clasificación  quedó consignada en el Acuerdo No. 008 del 25 de septiembre de 2014 con una extensión de 35.140,10 hectáreas.

Según el Plan de Manejo Ambiental, adoptado en el 2015, la zona de Cuzco, está ubicada en la zona de uso público y subzona de alta densidad en el área de protección.

En estas condiciones, la competencia para imponer tasas de ingreso a dicho espacio territorial recae única y exclusivamente en los Ministerios de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible y, Comercio, Industria y Turismo.

Aunque la Ley 99 de 1993 le otorga esa competencia a las corporaciones autónomas, otra norma posterior (Ley 1558 de 2012) le delega esa facultad  a los ministerios  de Ambiente y Comercio.

En aplicación del principio de la prevalencia de la ley posterior, determinó que son los dos ministerios, los encargados de coordinar el ejercicio de las actividades turísticas en las áreas naturales protegidas y en estas circunstancias, deberán determinar quién, cuanto y como debe efectuarse el cobro de ingreso a estas áreas de manejo integrado.

 

Salvavidas

Aunque el magistrado rechazó el recurso, le despejó el camino para que la administración regule el cobro de tarifas de ingreso al Museo Paleontológico y  al Observatorio Astronómico.

Los dos sitios turísticos no son elementos naturales renovables sujetos de protección especial sino bienes afectos a la prestación de una actividad turística de naturaleza comercial del Municipio de Villavieja.

Por lo tanto, estos dos lugares, son susceptibles a que el titular de dichos bienes, en este caso la administración municipal, establezca una contraprestación por el servicio brindado.

Confirmada la titularidad de los bienes, es el municipio el competente para fijar las tarifas o los cobros por ingreso. Sin embargo, tendrá que fijar una nueva regulación.

El Acuerdo 007 de 2018, que fijó las tarifas de ingreso fue anulado y salió del ordenamiento jurídico. Por lo tanto, es viable que la administración retome la iniciativa y reviva la iniciativa solamente para estos dos lugares, fijando la destinación para la conservación, mantenimiento, sostenimiento y mejoras de estos sitios turísticos.

La norma derogada fijó la entrada al museo en $4.973 y $9.947 al observatorio astronómico y estableció exenciones para los niños menores de cinco años, las personas en situación de discapacidad física o cognitiva, los guías y orientadores turísticos y todas las personas oriundas de Villavieja y fijó tarifas diferenciales para los estudiantes; los  adultos mayores y los miembros de la fuerza pública.

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La regulación

La reglamentación de los cobros se definió por un acuerdo municipal para contrarrestar la alta informalidad y las anomalías que se registraban con el manejo de los dineros.

La mayoría de los recursos que se recaudaban por este concepto no ingresaban al municipio, ni se destinaban para el sostenimiento y preservación de estos bienes fiscales.

Los recaudos terminaban en los bolsillos de los particulares, encargados de su operación, quienes no rendían cuentas.

Las anomalías fueron denunciadas por el personero de la época Christian Camilo Lugo Castañeda y por el veedor y guía turístico Orlando Sánchez Córdoba. Las denuncias originaron una investigación de la Contraloría Departamental del Huila.

Al concluir la investigación, el organismo de control remitió a la Fiscalía y a la Procuraduría para que investigue las presumibles anomalías en el recaudo de los dineros y en cobros indebidos.

Los dos sitios de interés turístico, declarados como bienes fiscales, eran operados directamente por la administración municipal.

“Por lo tanto no existían contratos de arrendamiento o de prestación de servicio para su operación y administración. Sin embargo, el recaudo, lo hacían contratistas particulares, sin ningún control, y sin garantías de su manejo transparente”, reportó la Contraloría.

Las anomalías siguieron ocurriendo con posterioridad a la expedición del Acuerdo 007 de 2018, que fijó las tarifas por ingreso a los sitios turísticos.

El cobro de la tarifa general es menor al establecido. Además incrementó la tarifa adicional, lo que representa, según el organismo fiscalizador, un cobro indebido.

Por estos hechos, la Contraloría determinó la posible configuración de un daño patrimonial por el valor dejado de cobrar entre el 11 de enero de 2018 y el 23 de enero de 2019.

 

Medidas sin soporte

Al quedar incólume el fallo proferido en octubre pasado,  quedaron sin soporte legal la destinación delos recursos que se venían captando. El 5% de esos dineros que se obtenían por visitante al área denominada El Cuzco, se destinaban al fondo educativo ‘Alvaro Charry Conde’ para financiar estudiantes de carreras afines al turismo y la astronomía.

Los beneficiarios recibirían durante su carrera un apoyo económico equivalente a tres salarios mínimos mensuales (cerca de 2,5 millones de pesos aproximadamente) durante cada semestre.

El acuerdo contemplaba también el cerramiento de la zona El Cuzco, supuestamente para garantizar la protección y conservación de este sector, especialmente los llamados Laberintos del Cuzco o zona roja del parque natural.

También quedaron en el aire, la instalación de tres puestos de información turística,  el establecimiento de tres zonas de parqueo y dos zonas para camping (una adyacente al observatorio astronómico y otra marcada por senderos) y las  rutas de senderos para la conservación del ecosistema, entre otras.